BOLETÍN JUDICIAL N° 161 DEL 23 DE AGOSTO DEL 2021
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL
CONCURSO CN-06-2021
La
Corte Suprema de Justicia, la Comisión de Nombramientos de Puestos de Elección
de Corte y la Dirección de Gestión Humana, invitan a las personas interesadas a
participar en el proceso selectivo para nombramiento en propiedad, en la
siguiente clase de puesto:
Fiscal o Fiscala
General de la República
Ministerio Público
Forma de participar,
requisitos y otros detalles se pueden acceder en la siguiente dirección
electrónica:
https://ghreclutamientoyseleccion.poder-judicial.go.cr/index.php/concurso-yconvocatorias-vigentes
Periodo de inscripción
Inicia: 23 de agosto de 2021
Finaliza: 03 de setiembre de 2021
(La inscripción es en línea
por lo que se puede acceder
durante las 24 horas)
Horario de atención al
público
De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo: reclutamiento@poder-judicial.go.cr
Teléfono: 6241-9764.
Rodolfo
Alexander Castañeda Vargas
1 vez.—Exonerado.—(
IN2021575381 ).
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
PRIMERA PUBLICACIÓN
De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número
21-014678-0007-CO que promueve K Sino Net Ltda., se ha dictado la resolución
que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
San José, a las quince horas once minutos del doce de agosto de dos mil
veintiuno. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Roy
Martin Solano Aguilar, cédula de identidad N° 1-0713-0439, en su condición
personal y como gerente con representación judicial y extrajudicial de la
sociedad K Sino Net Limitada, cédula de persona jurídica N° 3-102-742053, para
que se declare inconstitucional el artículo 7 del “Reglamento para el
otorgamiento de concesiones para la comercialización de loterías y juegos de
azar por medio de la web”, publicado el 15 de marzo de 2021 en el Alcance 54 de
La Gaceta 51, por estimarlo contrario a los artículos 11, 28, 33, 39,
46, 182 y 188 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince
días al procurador General de la República y al presidente de la Junta
Directiva de la Junta de Protección Social (JPS). La norma se impugna en cuanto
dispone lo siguiente: “Artículo 7.-Exclusiones para Constituirse en concesionario.
No podrán solicitar concesión para comercializar Firmado digital de: las
categorías de: loterías electrónicas, apuestas y eventos y los Juegos Lotéricos
de la Junta de Protección Social por medio de la Web: - Establecimientos
comerciales y personas jurídicas que tengan en curso investigaciones por
infracción a la Ley de Loterías Nº 7395 y a cualquier regulación atinente
emitida por la Junta. - Personas jurídicas, representantes legales, socios o
personas con capital accionario de éstas, que tengan en curso investigaciones
por la venta o comercialización de juegos ilegales. - Establecimientos
comerciales y personas jurídicas que tengan impedimento legal para acceder a
una concesión administrativa”. En criterio de la parte accionante, la exclusión
de oferentes con base en la norma precitada violenta los principios de
inocencia, debido proceso y defensa. El artículo 7 del reglamento impugnado es
contrario al Derecho de la Constitución por cuanto la JPS carece de norma legal
que pueda ser desarrollada en un “reglamento” que la habilite a restringir a
priori, de su ámbito de contratación, a personas físicas o jurídicas que no
hayan sido destinatarios de la posibilidad de defender sus derechos e intereses
en relación con la administración, en sede judicial o administrativa, lo cual
es violatorio del artículo 11 de la Constitución Política. Agrega que la JPS no
goza de la autonomía plena de otras administraciones cuya creación deriva de la
misma Constitución Política, más bien su creación se origina en la Ley, y la
norma que se impugna fue dictada en abierta contradicción con lo dispuesto en
el artículo 188 de la Constitución Política, que establece que su gobernanza
está sometida al estricto apego a la Ley. Alega que la JPS, por medio de la
norma que se impugna, se comporta como juez (de última instancia) y restringe o
limita de forma inconstitucional el derecho a ofertar y de ser elegido (art. 46
de la Constitución Política). El artículo 7 del Reglamento imputado también es
contrario al Derecho de la Constitución por cuanto la JPS realiza una
discriminación directa hacia las personas físicas o jurídicas con las cuales
sostiene un derecho-interés contrario y/o animadversión, las discrimina a
priori en las posibilidades de prestar un servicio a la administración. Apunta
que mantener en el ordenamiento jurídico la norma impugnada y/o similar a
futuro, significaría colocar al administrado en una situación de indefensión
y/o grosera vulnerabilidad, toda vez que la simple noticia que permita la
apertura de una “investigación en curso” implicaría la exclusión anticipada de
un oferente de buena fe, lo cual conllevaría a una clara arbitrariedad
contraria a los principios democráticos de nuestro Estado Social de Derecho.
Con fundamento en los motivos expuestos, solicita que en sentencia se declare
la inconstitucionalidad del artículo 7 del “Reglamento para el otorgamiento de
concesiones para la comercialización de loterías y juegos de azar por medio de
la web”. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley
de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del
accionante proviene del artículo 75, párrafo primero, de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, toda vez que indica como asunto previo el
expediente N° 19-005105-1027-CA, que es un proceso ordinario de conocimiento de
K Sino Net Ltda. contra la Junta de Protección Social, el cual se encuentra en
trámite ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
Asimismo, aporta copia certificada del libelo de invocación. Publíquese por
tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la
interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción:
Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente
considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá
audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que
figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que
manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota
al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución
final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que
se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces
consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía
administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los
procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto,
disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras
la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada
por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona
que figure como parte contraria en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los
procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la
resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a
normas que deban aplicarse durante la tramitación.”. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de
conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma
en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
La contestación a la audiencia conferida en esta resolución deberá ser
presentada una única vez, utilizando solo uno de los siguientes medios:
documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el
sistema de fax; documentación electrónica por medio del Sistema de Gestión en
Línea; o bien, a la dirección de correo electrónico
Informes-SC@poderjudicial.go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción
de informes. En cualquiera de los casos, la contestación y demás documentos
deberán indicar de manera expresa el número de expediente al cual van
dirigidos. La contestación que se rindan por medios electrónicos,
deberá consignar la firma de la persona responsable que lo suscribe, ya sea
digitalizando el documento físico que contenga su firma, o por medio de la
firma digital, según las disposiciones establecidas en la Ley de Certificados,
Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454, a efectos de acreditar la
autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados
electrónicamente o digitalizados que se presenten por el Sistema de Gestión en
Línea o por el correo electrónico señalado, no deberán superar los 3 Megabytes.
Notifíquese./Fernando Castillo Víquez, Presidente/.-»
San
José, 13 de agosto del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021574929 ).
HACE SABER
A
la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y
al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000915-0627-NO, de Dirección
Nacional de Notariado contra Catalina Chaves Salomón, cédula de identidad N° 1-1340-508, este Juzgado
mediante resolución de las trece horas diecisiete minutos del once de agosto
del dos mil veintiuno, dispuso literalmente lo siguiente: “Al mérito de lo
dispuesto en la sentencia de primera instancia número 399-2020 de las seis horas
cincuenta minutos del veintinueve de junio del dos mil veinte (folio 72),
confirmada por el Tribunal Notarial según Voto N° 49-2021 de las trece horas
treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno (folio 96), y
vista la publicación del edicto realizada en el Boletín Judicial número 117 del viernes 18 de junio del 2021 (folio incorporado al expediente electrónico
el 01/07/2021), se aprecia de la lectura de ese edicto la existencia de un
error puramente material en lo que concierne a la sanción impuesta a la notaria
Catalina Chaves Salomón, siendo lo correcto tres meses de suspensión y no tres
años, como de forma errada se consignó, por lo que se realiza tal corrección al
amparo del artículo 58.3 del Código Procesal Civil, aplicado de forma supletoria
por mandato del canon 163 del Código Notarial y se ordena la publicación de un
edicto en el Boletín Judicial en el que se comunique la corrección
apuntada. Se le hace saber tanto a las partes como a las instituciones públicas
respectivas que la publicación del presente edicto no modifica en ningún
sentido la vigencia de la suspensión impuesta a la notaria Catalina Chaves
Salomón, de manera tal que, con el fin de determinar la fecha a partir de la
cual entra en vigencia la sanción establecida, se deberá
tomar como base el edicto que se publicó en el Boletín Judicial número 117 del viernes 18 de junio del 2021.
Notifíquese. M.Sc. Francis Porras León,
Juez.” Notifíquese.
San
José, 11 de agosto del 2021.
M.Sc.
Francis Porras León
Juez
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2021574807 ).
A:
Adriana Zamora López, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 0111570431, de demás calidades ignoradas, que en proceso
disciplinario notarial número 20-000776-0627-NO
establecido en su contra por Melania Alejandra Rueda Méndez, se han dictado las
resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las dieciséis horas
cincuenta y nueve minutos del trece de enero de dos mil veintiuno. Siendo que
la parte denunciante hizo cumplimiento de lo prevenido mediante resolución de
las dieciséis horas dieciséis minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte
(folio 11), se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial
con pretensión resarcitoria de Melania Alejandra Rueda Méndez contra Adriana
Zamora López, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de
ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba
de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del
Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado,
entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente
denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las
partes que, dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir
notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el
entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere
efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones
posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias.
De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse
dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá
indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso
de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare
correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el
Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de
señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional.
Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los
medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender
notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se
producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación
automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las
listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina
Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer
piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los
días martes y jueves de cada semana. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente
posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”,
siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De
conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de
Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante
cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o
domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la
notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral,
la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona
que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero
si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser
entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en la dirección
aportada por la parte denunciante (folio 8), sea: Puntarenas Centro, de la
parada de buses, setenta y cinco metros al sur, contiguo a Importadora Monge,
se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas. La
notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en
Puntarenas, Central, Puntarenas, frente al Banco Davivienda, se comisiona a la
Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas. La notificación en la
oficina notarial de la parte denunciada ubicada en Puntarenas, Puntarenas,
Puntarenas, de la parada de taxis 75 sur, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Puntarenas. Asimismo, se ordena notificar a la
Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de
Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes
de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el
caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o
zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario
notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se
impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula
correspondiente a la persona encargada de regular la entrada (artículos 4, 11,
34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N°8687,
publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por
medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en La
Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153,
párrafo IV del Código Notarial, realícese consulta por medio de la página web
del Registro Nacional, con el fin de verificar si la parte denunciada tiene
apoderado inscrito ante ese Registro. Notifíquese. Dra. Melania Suñol Ocampo,
Jueza. y “Juzgado Notarial. A las siete horas diecisiete minutos del nueve de
agosto de dos mil veintiuno. En razón de que han sido fallidos los intentos por
notificarle a la Licenciada Adriana Zamora López, cédula de identidad
0111570431, la resolución dictada a las dieciséis horas cincuenta y nueve
minutos del trece de enero de dos mil veintiuno (que da curso al proceso), en
las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 10),
como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio
9); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de
Personas Jurídicas, esto según consultas realizadas al Registro Nacional
incorporadas al expediente electrónico el tres de agosto del dos mil veintiuno,
de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código
Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la
presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que
aquí se ordena notificar, que los hechos denunciados por Melania Alejandra
Rueda Méndez son los siguientes: “Primero: Contraté a la notaría pública, Adriana Zamora López, para efectos de traspasar, transferir la finca
inscrita en el Partido de Puntarenas, matrícula de folio real: 06-161078-000 a
mi nombre. Segundo: Mediante el instrumento público número: trescientos
dieciséis, suscrito al ser las once horas del quince de junio del año dos mil
diecinueve, visible a folio: ciento noventa y nueve frente y ciento noventa y
nueve vuelto del tomo: dos autorizado por la notaria público, Adriana Zamora
López, se materializó el contrato de compraventa de la finca antes descrita,
advirtiendo que la compraventa de dicha finca se realizaría con el gravamen
inscrito bajo las siguientes citas: 800-361369-01-0001-001, relacionado con un
practicado. Tercero: Que, al momento de incoar este proceso, aún no se ha
inscrito dicho instrumento público, es decir el contrato de compraventa de
ducha finca no se encuentra inscrita a mi nombre en el Registro Público,
sección de bienes inmuebles. Cuatro: Que los defectos consignados en dicho
instrumento público se refieren a: 1) el acto requiere diligencias de utilidad
y necesidad en habitación familiar existe un menor de edad. 2) indicar estado
civil de la vendedora. 3) indicar medida de la finca. 4) Aclare por cuanto
existen dos situaciones, defectos que no han sido subsanados por la notaria
antes indicada a pesar de las diferentes llamadas y apercibimientos realizados
por la suscrita. En relación al defecto indicado en el
apartado uno: el acto requiere diligencias de utilidad y necesidad en
habitación familiar existe un menor de edad, nunca fue advertido por la notaría pública otorgante.” Asimismo, la señora Rueda Méndez
interpuso acción civil resarcitoria contra la Notaria Adriana Zamora López
(folio 14), la cual se detalla de la siguiente manera: “Es mi deseo ejercer
acción civil resarcitoria contra la notaria pública denunciada, Adriana Zamora López, en relación a los daños ocasionados se estima o
desglosa de la siguiente forma: Daños: Se estiman en la suma de tres millones
de colones, moneda del curso legal de Costa Rica, que corresponde a la
totalidad del dinero cancelado por la compraventa de la finca inscrita en el
Partido de Puntarenas, matrícula de folio real número: 06-161078-000.
Perjuicios: No se estiman. En relación a la estimación
de la demanda, esta se estima en la suma de tres millones de colones, moneda
del curso legal de Costa Rica corresponde a la totalidad del dinero cancelado
por la compraventa de la finca inscrita en el Partido de Puntarenas, matrícula
de folio real número: 06-161078-000.” Conforme lo dispone el citado numeral,
comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de
que atienda la defensa técnica de la parte denunciada Adriana Zamora López.
Notifíquese. M.Sc. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.” Se publicará por
una vez en el Boletín Judicial.
M.Sc.
Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez,
Juez
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574812 ).
A
Registro Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de
Notariado y Registro Civil: que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000401-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Luis Ricardo Garino
Granados, (cédula de identidad N° 1-829-542), el Juzgado Disciplinario Notarial
mediante sentencia N° 541-2020 de las diecinueve horas veinte minutos del
veintiocho de agosto del dos mil veinte, dispuso imponerle al citado notario la
corrección disciplinaria de siete meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San
José, 21 de mayo del 2021.
Msc.
Francis Porras León,
Juez
Decisor
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2021574918 ).
A
la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y
al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso
disciplinario notarial N° 16-000679-0627-NO, de Ramón Sánchez Henríquez contra Edwin Rodrigo Masis Quirós, (cédula de identidad N° 1-0744-0939), este juzgado
mediante resolución N° 2021-375 de las nueve horas cuarenta y cuatro minutos
del veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno, se encuentra firme, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión
en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente, pasado ese
plazo, hasta la inscripción del testimonio de la escritura objeto de este
asunto. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San
José, 21 de julio del 2021.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021574919 ).
A
la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y
al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso
disciplinario notarial N° 18-000088-0627-NO, de Registro Civil contra Clay
Harlow Neil Bodden, cédula de identidad N° 7-0051-0019, este Juzgado
mediante resolución 123-2021 de las diez horas del veintidós de febrero del dos
mil veintiuno (folio 47 al 48), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial
mediante Voto N° 057-2021 de las nueve horas
cincuenta minutos del siete de mayo del dos mil veintiuno, que se encuentra
firme, dispone comunicar al notario Clay Harlow Neil Bodden, la corrección
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San
José, 21 de julio del 2021.
Dra.
Melania Suñol Ocampo
Jueza
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2021574921 ).
A
la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y
al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso
disciplinario notarial N° 18-000796-0627-NO, de María Luisa Alfaro Rojas y otro
contra Francisco Heriberto Gómez Céspedes (cédula de identidad 202710692), este
Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 2021000505 de las siete
horas veintiséis minutos del quince de julio del dos mil veintiuno, en vista que se encuentra
firme se dispone comunicar al citado Notario, la corrección disciplinaria de un
mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial que se mantendrá
vigente, pasado ese plazo, hasta la inscripción del testimonio de la escritura
92 - 28, de las nueve horas veinte minutos del veinticuatro de agosto del dos
mil quince, y devuelva la suma de doscientos noventa mil colones que recibió
para realizar una labor notarial que no efectuó por la supuesta escritura
número 89 - 38, de las ocho horas treinta minutos del trece de enero del dos
mil diecisiete. Rige ocho días naturales después de su publicación en el
Boletín Judicial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial.
San
José, veintisiete de julio de dos mil veintiuno.
Dra.
Melania Suñol Ocampo
Jueza
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2021574922 ).
A
Daniel Carvajal Mora, mayor, notario público, cédula de identidad número
1-838-048, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial
número 19-001225-0627-NO establecido en su contra por Alice Desanti Madriz, se
han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las
diez horas y cincuenta y tres minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte. De
conformidad con el artículo 152 del Código Notarial y siendo la parte
denunciante no cumplió con la prevención realizada por este despacho mediante
resolución de las dieciséis horas y diecisiete minutos del seis de enero del dos
mil veinte (folio 6), se declara la inadmisibilidad de la pretensión civil
resarcitoria, y se ordena continuar únicamente con la acción disciplinaria. Así
las cosas, se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial
de Alice Desanti Madriz contra Daniel Carvajal Mora, a quien se confiere
traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto
de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su
interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como
parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo
señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba
que considere pertinente. Se le previene a las partes que
dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones,
ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de
que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por
el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se
dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera
simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios
distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma
expresa, cual de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será
esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico,
la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de
Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste
deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le
previene a cada parte, que si no escogiere alguno de
los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender
notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se
producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación
automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las
listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina
Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer
piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los
días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59
de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del
2009). Se exhorta
a las partes que
suministren un medio de localización lo más
ágil y eficiente
posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo
electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medio establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa
de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José
quienes podrán notificarle en la dirección reportada en el Registro Civil en
San José, Guadalupe, Goicoechea, 10 metros este, 100 metros norte de As de
Oros. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la
Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el
Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de
los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales
en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones.
Asimismo, se ordena mediante comisión notificar a la Dirección Nacional de
Notariado a través de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San
José, en: San Pedro, costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma 5° piso.
Debe tenerse en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del
denunciado la podrá recibir cualquier persona que aparente ser mayor de quince
años o el mismo denunciado, y que si la notificación
es en el lugar de trabajo, debe ser entregada únicamente al notario y nunca a
otra persona, de conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de
la Ley de Notificaciones. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones
reportadas por la parte denunciada en la Dirección
Nacional de Notariado y Registro Civil. De conformidad con el artículo 21 de la
Ley N° 8687, procédase a realizar consulta en la página digital del Registro
Civil sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Conforme al numeral
153, párrafo IV del Código Notarial, realícese consulta en la página digital
del Registro Nacional, con la finalidad de verificar si la parte denunciada
tiene apoderado inscrito en ese Registro; en caso de tenerlo, agréguese esa
información para que así conste. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero,
Jueza.” y “Juzgado Notarial. San José a las once horas y cincuenta y dos
minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. En vista de que han
sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Daniel Carvajal
Mora, la resolución dictada a las diez horas cincuenta y tres minutos del
cuatro de marzo del dos mil veinte en las direcciones reportadas en la
Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el
Registro Civil (ver folio 5, 8 y 29, así como las actas de notificación de
folios 15, 21 y 37), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro
de Personas Jurídicas (folio 39), de conformidad con lo dispuesto por el
párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado
profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen
son aquellos que fueron descritos por la parte accionante mediante escrito
iniciado a folio 4, cuyo expediente está disponible para consulta en el Juzgado
Notarial. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a
la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor
público al denunciado(a) Daniel Carvajal Mora, cédula de identidad N°
1-838-048. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza” Se publicará por
una vez en el Boletín Judicial.
San
José, 24 de febrero del 2021.
Dra
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2021574923 ).
A
Sonia Corella Céspedes, cédula de identidad 2-0390- 0397, que el
proceso Disciplinario Notarial 19-001339-0627-NO establecido en su contra por
Registro de Bienes Muebles del Registro Nacional, se han dictado las
resoluciones que literalmente dicen:” Juzgado Notarial, a las once horas y
treinta y cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil diecinueve. Se tiene
por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Nacional
contra Gary Lloyd Hidalgo De La O, Sonia María Corella Céspedes, a quien se confiere traslado por el plazo de
ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados
mediante oficio número DBM-379-2019 de fecha 11 de noviembre del año 2019 y
ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del
artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional
de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de
la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le
previene a las partes que dentro del plazo citado,
deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo
electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no
lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s)
señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le
tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa,
cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta
Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología
de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de
estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene a cada
parte, que si no escogiere alguno de los medios
anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones,
deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En
caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los
procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de
Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del
Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio,
se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las
partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente
posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”,
siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Así mismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de
cédula, h) Lugar de residencia. De
conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de
Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante
cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o
domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que
si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por
cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona
denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u
oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La
notificación en el domicilio registral de la parte denunciada Sonia María Corella Céspedes ubicada en
Alajuela, cantón Central, Urbanización La Giralda, casa número 10-D,
color amarilla, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Gary Lloyd Hidalgo De
La O en Alajuela, cantón central, Monserrat Sur; oeste, 100 metros oeste, de Fábrica de Tortillas Ilusión,
casa a mano derecha, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y
Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela. La notificación en
la oficina notarial de la parte denunciada Sonia María Corella Céspedes ubicada en
Alajuela, cantón central, 25 metros norte del banco popular, mano
izquierda, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Gary Lloyd Hidalgo De
La O en: Alajuela, Alajuela, Monserrat, de la fábrica
de tortillas Ilusión, 100 metros al oeste, casa a mano derecha de portón color
negro, de una planta, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y
Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela. Así mismo, se
ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión
dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San
José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio
SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación
con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular
la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de
Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta
N°
20 del jueves 29 de enero
del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la
parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al
numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, se ordena consultar la página Web de la Dirección de Servicios Registrales del
Registro Nacional, para certificar si la parte denunciada tiene apoderado
inscrito en ese Registro. Notifíquese. Licda. Melania Suñol Ocampo, Jueza.
ECALDERONA “ y la resolución “Juzgado Notarial. San
José a las diez horas veinticuatro minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno. Siendo fallidos los intentos por notificarle
a la Licenciado Sonia Corella Céspedes, la resolución
dictada a las once horas y treinta y cinco minutos del nueve de diciembre de
dos mil diecinueve, en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de
Notariado y en su domicilio reportado en el Registro Civil (ver folio 5, 7 y
36), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas
Jurídicas, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153
del Código Notarial, se dispone notificarle a la citada profesional esa
resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se
le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son: “Que al
calificar el documento presentado el día 9 de octubre del 2019, en el Registro
De Bienes Muebles, bajo el tomo 2019, asiento 620752, testimonio de escritura
pública número 273 visible a folio 173 vuelto del tomo 19 del protocolo de la
notaria Sonia Corella Céspedes, actuando en conotariado con el Lic. Gary Lloyd
Hidalgo De La O, otorgada el día 4 de octubre del 2019, en la que Roque José Villalobos Sandí, cédula de identidad
1-289-792 y Adilio Meza Bonilla, cédula de identidad 9-030-295 venden el
vehículo placas 80827 a Joshuam Fonseca Vásquez, cédula de
identidad 2-556-050. La irregularidad evidenciada consiste en que una vez
consultado el padrón nacional se determinó que el compareciente Adilio Meza
Bonilla, aparece con una anotación de defunción desde el 28 de diciembre del
2014, lo que contradice con su comparecencia ante los referidos notarios, para
el otorgamiento de la relacionada escritura pública.” Conforme lo dispone el
citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor
público a la denunciado Sonia Corella Céspedes, cédula de
identidad 2-0390-0397. Notifíquese Dra. Melania Suñol Ocampo, Jueza.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021574924 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes del trabajador fallecido: Álvaro Romilio Jiménez Monge,
quien portó
la cédula N° 105570486, y falleció el día 20 de enero del 2021, promovido por José
Andrés Jiménez Vega, portador de la cédula de identidad N° 116570048; se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
21-001083-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001083-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de
julio del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574040 ).
A
los causahabientes de quién en vida se llamó Enmanuel Fabian Campos Campos,
quien fue mayor, soltero , domicilio Turrialba, La Cecilia Arriba, contiguo al
Abastecedor Daniela, cédula de identidad número 305260412, se les hace saber
que: Marlene Campos Rivera, cédula de identidad o documento de identidad número
900840913, domicilio Turrialba, Santa Rosa, costado de la Iglesia Católica de
la localidad, se apersonó en este Despacho en calidad de madre de la persona
fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Enmanuel Fabian Campos Campos. Expediente número 21-000192-1001-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba
(Materia Laboral), 05 de julio del año 2021.—Lic. Randall Gómez Chacón,
Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574230 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Enrique Del
Carmen Lobo Rodríguez 0900290692, fallecido el 11 de agosto del año 2016, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 21-000210-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-000210-1001-LA. Por Luzmilda Chaves Fernández, cédula N° 104270598 a favor de Mario
Enrique Del Carmen Lobo Rodríguez.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 20 de
julio del 2021.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021574231 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de: Gonzalo Antonio Campos
Herrera, cédula de identidad N° 0203410419, y quien falleció el 27 de junio del
2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 20-001460-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001460-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 13 de julio del 2021.—Msc. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574260 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Isidoro Calderón
Valerín cédula de identidad 0501280982, mayor, casado, fallecido el 19 de
agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público Bajo el número 21-000207-1557-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000207-1557-LA. Por Instituto Costarricense de Electricidad a favor de
Ricardo Isidoro Calderón Valerín.—Juzgado Civil y
Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 21 de julio del año 2021.—Licda. Xinia
maría Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021574261 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Lenin Rogelio
Ramírez Ortiz, N° 0107200713, mayor, casado, vecino de Grecia, fallecido el
veintiuno de junio del dos mil veintiuno, se consideren con derecho para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 21-000290-1113-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000290-1113-LA. Por Marianela Araya Porras a favor de Lenin Rogelio
Ramírez Ortiz.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia
(Materia Laboral), 15 de julio del 2021.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021574262 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Carlos Manuel Fernández
Núñez, cédula de identidad N° 0303800469, fallecido el 26 de julio del 2020, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número
21-001201-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001201-0505-LA. Por
María Luisa Moya Henriquez a favor de Carlos Manuel Fernández Núñez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 06 de julio del
año 2021.—Lic. Juan Pablo Carpio Alvarez, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021574264 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Randall Vinicio Lobo
Cordero, cédula de identidad N° 0109360176, fallecido 05 de junio del 2021, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
21-001232-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001232-0505-LA. Por Jenny
Campos Arrieta a favor de Randall Vinicio Lobo Cordero.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 08 de julio del 2021.—Lic. Juan Pablo Carpio
Álvarez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574266 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Isabel Cristina del
Socorro Montero Méndez, cédula de identidad N° 0105950972, fallecido
el 1-8-2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones
Sector Privado bajo el N° 21-001252-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-001252-0505-LA. Por José Mauricio Torres Montero, a favor de Isabel
Cristina del Socorro Montero Méndez.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 08 de julio del 2021.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez,
Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574268 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: David Alejandro
Fonseca Pérez, 155803263401, fallecido el 07 de enero del 2012,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 21-001420-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001420-0505-LA. Por Yamileth del
Socorro Castro Castro a favor de David Alejandro Fonseca Pérez.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 30 de julio del 2021.—Lic. Rúsbel Alberto Herrera Medina, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574269 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrey Mejías Romero 0114640861, fallecido el 14 de agosto del
año 2020, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el Número 20-000391-1288-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 20-000391-1288-LA. Por Lilliam Romero Jirón a favor de Andrey Mejías
Romero.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de octubre del 2020.—Licda.
Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021574291 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sidney Francisco
Gutiérrez Morales 0701240906, fallecido el veintinueve de mayo del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector Privado bajo el número 21-000435-0679-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000435-0679-LA. Promovidas por Griselda Gutiérrez Morales cédula de
identidad 2-225-760 a favor de Sidney Francisco Gutiérrez Morales.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de julio
del año 2021.—Lic. Max Alberto Alpízar Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574295 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Velásquez
Quesada 0205310813, fallecido el 13 de noviembre del año 2005, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 21-000030-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000030-0868-LA. Por Anyi
Fiorella Velásquez Rosales cédula 0504330378 hija de Ronald Velásquez Quesada.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 11 de agosto del año
2021.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021574597 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jovan Rosher Stewart
Howart, fallecido el 03 de mayo del año 2017, se consideren con derecho, para
que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000550-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000550-1550-LA. Interpuesto por Julie Ann Howard Dixon.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 03 de agosto del año 2021.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021574598 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Kattia Vanessa Del
Rosario Zamora Barquero 0107700393, fallecida el 17 de junio del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número 21-000595-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-000595-1550-LA. Interpuesto por Marcos Antonio Chinchilla
Salas,
cédula N° 1-713-862.—Juzgado de Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 03
de agosto del 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574600 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Raúl Marichal Vega 0601400117,
fallecido el 28 de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000601-1550-
LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000601-1550-LA.
Interpuesto por María Esther Núñez Pizarro, cédula N° 7-0063-0975.—Juzgado de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José
(Desamparados), 03 de agosto del 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021574601 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Luis Felipe Rojas Chavarría, fallecido el 22 de junio del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-000605-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000605-1550-LA., interpuesto
por Ana Lorena Chavarría Prado.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados) 09 de agosto del
año 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574602 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Guillermo Solano
Santana, mayor, casado, pensionado, fallecido(a) el 03 de julio del 2020, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
21-000609-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000609-1550-LA, interpuesto por Nydia Barboza Campos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José (Desamparados), 05 de agosto del 2021.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574603 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Guillermo Ulises Carvajal Ramírez, fallecido el 21 de mayo del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número
21-000429-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000429-1550-LA. Por a favor de.—Juzgado de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José
(Desamparados), 14 de junio del 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574657 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lother Adhir Ramírez
Hernández 0115890139, fallecido(a) el 04 de junio del año 2018, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el
Número 21-000463- 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en El Boletín Judicial. Expediente N° 21-000463-1550-LA. Por a favor de
Lother Adhir Ramírez Hernández.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 22 de junio del
año 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574671 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue:
Jeanette Ramírez Umaña, quien en vida fuera mayor, costarricense,
ama de casa, cédula número tres cero uno nueve tres cero cuatro uno seis, viuda
una vez, vecina de Capellades, cuyo último domicilio fue de Capellades de
Cartago, veinticinco metros norte de la Soda Miriam, mayores, costarricenses,
para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos a la oficina del suscrito
notario, avenida ocho calle treinta y cinco, San Pedro, Los Yoses, segunda
entrada Los Yoses, cien metros al sur, y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2021. Notaría de la licda. Olga
Bejarano Ramírez.—Licda.
Olga María Bejarano Ramírez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021574673 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pedro Rolando González Fernández N° 0602130771,
fallecido(a) el 16 de marzo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000477-1550-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000477-1550-LA. Por a favor de Pedro Rolando González Fernandez.—Juzgado de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 25 de
junio del año 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Juez(a)
Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574674
).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alfredo Vásquez Reyes
0601940692, fallecido el 12 de abril del año 2021, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número
21-000482-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000482-1550-LA. Por a favor de José Alfredo Vásquez Reyes.—Juzgado de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 25 de junio del 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574677 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Randy Geovanny Romero
Guzmán 0114170216, fallecido el 20 de noviembre del año
2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número
21-000492-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000492-1550-LA. Por a favor de Randy Geovanny Romero Guzmán.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José
(Desamparados), 02 de julio del 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574678 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Vargas
Quesada N° 0102800979, fallecido(a) el 09 de mayo del año 2014, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
número 21-000495-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000495-1550-LA. Por a favor de
Carlos Luis Vargas Quesada.—Juzgado de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 02 de julio del año
2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574679 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Juan Pablo Fuentes Rivera, 0111140806, fallecido el 31 de enero del año
2011, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el
número 21-000519-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000519-1550-LA.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 05 de
julio del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574680 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Mario Batista Alvarado, N° 0111690632, fallecido el 14 de abril del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
número 21-000523-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000523-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 07 de julio del año 2021.—Licda. Carolina Fallas
Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021574683 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilfredo De Los
Ángeles Granados Sánchez 0601390248, fallecido el 03 de febrero del año 2017,
se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest.
Sector público bajo el Número 21-000546-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en El Boletín Judicial. Expediente N° 21-000546-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 12 de julio del año 2021.—Licda. Carolina Fallas
Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574684 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Kendall Fabricio
Sanabria Segura, N° 0116930220, fallecido el 22 de junio del año 2021, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo
el N°
21-000552-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000552-1550-LA.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 15 de
julio del 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574686 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eduardo Riotte
Corrales N° 0104180059, fallecido el 12 de noviembre del año 2018, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-000556-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000556-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 15 de julio del año 2021.—Licda. Carolina Fallas
Sánchez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021574687 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Delsa Ramírez González N° 0500960568, quien fue mayor, casada, fue vecina
de Bernabela de Santa Cruz, Guanacaste, laboró como trabajadora independiente,
y falleció el veintiséis de abril del dos mil dieciocho, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el
número 21-000232-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000232-0775-LA. Por Miguel Ángel Peraza Méndez, cédula de identidad N° 0501010681.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 27 de julio del
año 2021.—Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574724 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Julio Falconery
Castro Castro, 0502260399, fallecido el 16 de marzo del 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
21-000399-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000399-1550-LA. Interpuesto por
Fanny María López Becerra, con cédula de
identidad número 08-0051-0225.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados), 28 de julio del 2021.—Licda. Cinthia
Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574725 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Luis Diego Godínez Badilla, cédula de identidad N° 0113680467,
fallecido el 04 de junio del 2021, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el N° 21-000481-1550-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 21-000481-1550- LA, promovente HA Logística de
Carga S. A., causante: Luis Diego Godínez Badilla.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, (Desamparados), 25 de junio del 2021.—Msc. Randall Jesús Briceño Solano, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574726 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de José Vinicio García Mora, cédula de identidad N° 0114010424, fallecido el 11
de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado, bajo el número 21-000491-1550-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000491-1550-LA. Promueve Lorena Mora Bonilla Causante José Vinicio García Mora.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 29 de junio del año 2021.—M.Sc. Randall Jesús
Briceño Solano, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574727 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Guillermo Javier
Hernández Fonseca, cédula de identidad N° 155803597435, fallecido el 21 de
marzo del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector
Privado bajo el número 21-000494-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000494-1550-LA. Promoventes: Aura del Socorro Hernández y Marvin Fonseca
Hernández. Causante: Guillermo Javier Hernández Fonseca.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 29 de
junio del 2021.—Msc. Randall Jesús Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021574729 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Vilma Quirós Gamboa, cédula de identidad 0102620305, fallecida el 27
de marzo del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el N°
21-000501-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000501-1550-LA. Promueve: Eri Díaz Badilla, causante: Vilma Quirós Gamboa.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 02 de
julio del 2021.—Licda. Natalia Meza Ángulo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574730 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Jorge Francisco de La Trinidad Moya Mora, cédula de identidad N° 0106100679, fallecido(a) el 19 de octubre del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
21-000508-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000508-1550-LA. Promueve Ana
Rosa Robles Quesada causante Jorge Francisco de La Trinidad Moya Mora.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 02 de julio del año 2021.—Licda. Natalia Meza
Angulo, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021574732 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermo Ulises
Carvajal Ramírez 0111180153, fallecido el 21 de mayo del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest.
Sector privado bajo el Número 21-000517-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000517-1550-LA. Por a favor de Guillermo Ulises Carvajal Ramírez.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 07 de
julio del año 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574733 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Rafael Ángel Alvarado Sánchez, 01-0374-0280, fallecido el 13 de mayo del
2016, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
21-000522-1550-LA,
a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000522-1550-LA, por a favor de
Rafael Ángel Alvarado Sánchez.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 9 de julio del
2021.— Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021574734 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Luis Jiménez
Araya N° 0104610919, fallecido(a) el 17 de junio del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
número 21-000545-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000545-1550-LA. Por a favor de
Juan Luis Jiménez Araya.—Juzgado de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 12 de julio del año
2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574735 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Ronald Antonio Román
Campos, N° 0107650174, fallecido(a) el 25 de mayo del año 2021, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el N° 21-000575-1550-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000575-1550-LA. Interpuesto por Rocío Villalobos Astorga. Juzgado de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 28 de
julio del 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Juez(a).—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574736 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Francisco David Diaz Barboza, 0113260363, fallecido el 18 de abril del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el
número 21-000330- 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000330-1550-LA. Por a favor
de Francisco David Diaz Barboza.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 04 de mayo del año
2021.—Lic. Roger Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574760 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Hermes Fallas Segura, 0302250960, fallecido el 12 de mayo del 2017, se
consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
21-000384-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000384-1550- LA. Por a favor de Hermes Fallas Segura.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 24 de
mayo del 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574763 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Diego Martínez
Corrales 0110470286, fallecido el 31 de julio del año 2007, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 21-000390- 1550-la, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000390-1550-LA. Por a favor de
Juan Diego Martínez Corrales.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 24 de mayo del año
2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021574765 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Arnoldo de Jesús
Jiménez Corrales N° 0105200594, fallecido(a) el 01 de enero del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000418-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N°
21-000418-1550-LA. Por a favor de Luis Arnoldo de Jesús Jiménez Corrales.—Juzgado de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 04 de
junio del año 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574766 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Luis Alberto Espinoza Calderón, cédula de identidad N| 0203170073, fallecido
el 6 de marzo del 2012, se consideren con derecho para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N° 21-000437-1550-LA, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 21-000437-1550-LA, promovido por Analive Calderón
Castro. Causante: Luis Alberto Espinoza Calderón.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 11 de
junio del 2021.—Msc. Randall Jesús Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021574767 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Omar Miguel Pérez León, cédula de identidad N° 0302280928, fallecido el 26
de enero del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado, bajo el número 21-000451-1550-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000451-1550-LA.
Promovente Ana Gabriela Pérez Gutiérrez, Sasana Pérez Gutiérrez y Yerlin Pérez
Gutiérrez causante Omar Miguel Pérez León.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 15 de
junio del año 2021.—M.Sc. Randall Jesús Briceño Solano, Juez Tramitador.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574769 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sergio Antonio
Gerardo Badilla Valverde N° 0105940281, fallecido el 09 de mayo del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número 21-000458-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000458-1550-LA. Promovente Rita Corrales Vargas. Causante Sergio Antonio
Gerardo Badilla Valverde.—Juzgado de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 18 de junio del año
2021.—Msc. Rándall Jesús Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-AJ.—(
IN2021574771 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Ligia María Quirós Madrigal, cédula de identidad N° 0203500261, fallecida el 26 de
mayo del 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el N° 21-000468-1550-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 21-000468-1550-LA. Promovente: Marvin Loría Cervantes, causante: Ligia María Quirós Madrigal.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 22 de
junio del 2021.—Msc. Randall Jesús Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-AJ.—( IN2021574772 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Luis Guillermo
Cascante Acuña, N° 0106000423, fallecido el 02 de mayo del año 2021, se
consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo
el N°
21-000507-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000507-1550-LA.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 02 de
julio del 2021.—Lic. Róger Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574773 ).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Adolfo Gerardo De Los Ángeles Martínez Guillén, quien fue mayor,
casado, ingeniero agrónomo, domicilio La Cecilia de Turrialba, cédula de
identidad N° 0302930493, quien falleció el 1° de mayo de 2021, se les hace
saber que María Francisca Carvajal Solano , cédula de identidad N°
0107090351, domicilio La Cecilia de Turrialba, se apersonó en este Despacho en
calidad de esposa de la persona fallecida, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000212-1001-LA, por
a favor de Adolfo Gerardo De Los Ángeles Martínez
Guillén.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, (Materia Laboral), 11 de agosto del
2021.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021574813 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fran Eriberto Espinoza
Sevilla N° 0601860021, fallecido el 28 de marzo del año 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
21-000254-0217-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000254-0217-CI. Por a favor de
Fran Eriberto Espinoza Sevilla.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 24 de mayo del año
2021.—Licda. Cinthia Perez Pereira, JuezaTramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021574815 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Noel Angel Selva
Rojas, 08-0074-0343, fallecido el 12 de octubre del año 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles,
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número
21-000305-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000305-1550-LA. Por a favor de
Noel Angel Selva Rojas.—Juzgado de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 22 de abril del año
2021.—Lic. Luis Gabriel Quirós Soto, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574816 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rolando Bohórquez
Soto, N° 0102680709, fallecido(a) el 27 de mayo del año 2016, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el N° 21-000318-1550-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000318-1550-LA. Por a favor de Rolando Bohórquez Soto.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 28 de abril del 2021.—Lic. Roger Javier Camacho
Duarte, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574817 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Rafael Ángel Barrantes Valverde, 0203290800, fallecido el 11 de noviembre
del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector público,
bajo el número 21-000517-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000517-0643-LA. Por
María Aurelia Valverde Castro a favor de Rafael Ángel Barrantes Valverde.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 27 de
julio del año 2021.—M.Sc. Luis Diego Charpantier Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021574820 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Olivier Ulate Zamora, quien fue mayor, casado y falleció el 02 de marzo del
año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el
Número 21-000031- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000031-0639-LA. Por fallecido
Olivier Ulate Zamora, a favor de gestionante Odilia Ulate Zamora.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de enero del año 2021.—Licda.
Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021574925 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Abel Herrera Arroyo
quien fue mayor, cédula de identidad N° 5-127-813, vecino de Santa Bárbara de
Heredia y falleció el 20 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
21-001085-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001085-0639-LA. Por Rosa
Herrera González y otros a favor de Abel Herrera Arroyo.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de agosto del año 2021.—Lic.
Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021574928 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mauricio Jesús Leiva
Sequeira cédula de identidad 5-02890110, quien fue mayor, divorciado, vecino de
Guanacaste, Santa Cruz, Lagunilla, de Lagunilla carretera hacia Cartagena, casa
azul, y falleció el 01/08/2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 210001860775LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 210001860775LA. Por Emma Luisa Sobalbarro Peña cédula de identidad
0503020933 a favor de los menores de edad Eduard Leiva Sobalbarro, cédula de
identidad 5-0488-0379 y Moisés Leiva Sobalbarro, cédula de identidad
5-0507-0534.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 23/06/2021.—Katherine
Ramírez Angulo, Jueza decisora.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574931 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Oscar Fernando Cambronero Rosales, quien fue mayor, casado, cédula de
identidad 1-1351-0003, vecino de Alajuela, laboró para Philips de Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada y falleció el 11 de junio del 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho
en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número
21-000870-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en El Boletín Judicial. Expediente N° 21-000870-0639-LA. Por Oscar
Fernando Cambronero Rosales a favor de Yerlin Vanessa Bejarano Rodríguez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 04 de agosto del año 2021.—Licda. Digna María Rojas Rojas,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574932 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Concepción Del Carmen
López Gómez, quien fue mayor, nicaragüense, cédula de residencia 155813713033,
soltera, vecina del Barrio San José de Alajuela, Urbanización Los Jardines,
laboró para Soluciones de Limpieza (scosa) , y falleció el 04 de junio del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 21-000916-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000916-0639-LA. Por Concepción
del Carmen López Gómez a favor de Lester Centeno López.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de julio del año
2021.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574933 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de José María Cordero Alfaro, cédula de identidad 2-207-782, quien fue mayor,
casado, vecino de San Rafael de Alajuela y falleció el 23 de julio del año 2014,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
21-000946-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000946-0639-LA. Por fallecido
José María Cordero Alfaro a favor de gestionante Victoria Herrera Alfaro.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 13 de julio del año 2021.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574934 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una
base de sesenta y tres millones quinientos cincuenta mil ochocientos doce
colones con un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando pero
soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 575- 08267-01-0002-001,
servidumbre de acueducto citas: 575-08267-01-0003- 001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2009-179610-01-0613-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 77981-F-000, la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número ochenta y tres apta para construir que se destinara a
uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en
el Distrito San Josecito, Cantón San Rafael, de la Provincia de Heredia.
colinda: al norte finca filial ochenta y dos, área común de calle; al sur finca
filial ochenta y cuatro, área común de calle; al este, finca filial ochenta y
dos, finca filial ochenta y cuatro y al oeste área común de calle. Mide: ciento
ochenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas
quince minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del
siete de octubre de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y siete millones
seiscientos sesenta y tres mil ciento nueve colones con un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las quince horas quince minutos del quince de octubre de dos mil veintiuno con
la base de quince millones ochocientos ochenta y siete mil setecientos tres
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Condominio Residencial Valle El Dorado contra Kattia Patricia Jiménez Salas.
Expediente Nº:18-005993-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 25 de febrero del año 2021.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez
Tramitador.—( IN2021575639 ).
En
este Despacho con una base de siete millones novecientos setenta y nueve mil
ciento cincuenta y seis colones con treinta y nueve céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BQS065, marca Mitsubishi,
estilo Mirage, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie, chasis y
vin número M M B X N A cero tres A J H cero cero cero nueve seis ocho, año
2018. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintisiete de
octubre del dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del cuatro de
noviembre del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones novecientos
ochenta y cuatro mil trescientos sesenta y siete colones con veintinueve
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del doce de noviembre del
dos mil veintiuno, con la base de un millón novecientos noventa y cuatro mil
setecientos ochenta y nueve colones con nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Meilyn Zúñiga Molina.
Expediente Nº 20-001298-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 13 de agosto del 2021.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2021575662 ).
En
este Despacho, con una base de seis millones veinte mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
2011-135111-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2011-178795-01-0005-001,
servidumbre de paso citas: 2012-135731-01-0005-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula N° 493546-007, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 6-Río Cuarto, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Cuarto; al sur, Yorleny Cruz Alvarado y en parte con
servidumbre de paso con un ancho de 6 metros; al este, Yorleny Cruz Alvarado, y
al oeste: Flor De María, Damaris, Carlos Manuel,
Oscar Mario y Alexander Jiménez Bolaños. Mide: dos mil
ochocientos ochenta y cuatro metros cuadrados. Plano: A-1550887-2012. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de noviembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
nueve horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones quinientos quince mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil
veintiuno, con la base de un millón quinientos cinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Randall Gerardo Esquivel Vargas contra Carlos
Mario Solís Hernández. Expediente Nº 21-002272-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: quince horas con veinticuatro minutos del treinta de junio del dos mil
veintiuno.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez/a Decisor/a.—( IN2021575710 ).
En
este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate Primera
Mini Excavadoras, Marca: Doosan, Modelo: DX30Z, Motor: Yanmar de tres
cilindros y mil trescientos treinta y un c.c., Potencia de 18.1 kW (24.3hp) a
2300 rpm, Alternador de 2v/40a, Velocidad máxima de desplazamiento rápida/
lenta 4.6/2.6 km/h, Transmisión Hidrostática, Fuerza de tracción de 2400 kgf,
Zapatas de goma de 300mm, Brazo de 1.3 mts y pluma de 2.28 mts, Tren de rodaje
de 4 rodillos inferiores y uno posterior, Altura total de cabinade 2.44 mts,
Ancho total del equipo 1.74 ms, Profundidad de excavación de 2.69 metros. Con
una base de veinte millones de colones exactos, Segunda
Mini Excavadoras, Marca: Doosan, Modelo: DX30Z, Motor: Yanmar de tres
cilindros y mil trescientos treinta y un c.c., Potencia de 18.1 kW (24.3hp) a
2300 rpm, Alternador de 2v/40a, Velocidad máxima de desplazamiento rápida/
lenta 4.6/2.6 km/h, Transmisión Hidrostática, Fuerza de tracción de 2400 kgf,
Zapatas de goma de 300mm, Brazo de 1.3 mts y pluma de 2.28 mts, Tren de rodaje
de 4 rodillos inferiores y uno posterior, Altura total de cabinade 2.44 mts,
ancho total del equipo 1.74 ms, Profundidad de excavación de 2.69 metros. Con
una base de veinte millones de colones exactos, Tercera
Mini Excavadoras, Marca: Doosan, Modelo: DX30Z, Motor: Yanmar de tres
cilindros y mil trescientos treinta y un c.c., Potencia de 18.1 kW (24.3hp) a
2300 rpm, Alternador de 2v/40a, Velocidad máxima de desplazamiento rápida/
lenta 4.6/2.6 km/h, Transmisión Hidrostática, Fuerza de tracción de 2400 kgf,
Zapatas de goma de 300mm, Brazo de 1.3 mts y pluma de 2.28 mts, Tren de rodaje
de 4 rodillos inferiores y uno posterior, Altura total de cabinade 2.44 mts,
Ancho total del equipo 1.74 ms, Profundidad de excavación de 2.69 metros. Con
una base de veinte millones de colones exactos, Cuarta
Mini Excavadoras, Marca: Doosan, Modelo: DX30Z, Motor: Yanmar de tres
cilindros y mil trescientos treinta y un c.c., Potencia de 18.1 kW (24.3hp) a
2300 rpm, Alternador de 2v/40a, Velocidad máxima de desplazamiento rápida/
lenta 4.6/2.6 km/h, Transmisión Hidrostática, Fuerza de tracción de 2400 kgf,
Zapatas de goma de 300mm, Brazo de 1.3 mts y pluma de 2.28 mts, Tren de rodaje
de 4 rodillos inferiores y uno posterior, Altura total de cabinade 2.44 mts,
Ancho total del equipo 1.74 ms, Profundidad de excavación de 2.69 metros. Para
lo cual se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre del
año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas y treinta minutos del doce de octubre del año dos mil veintiuno
con la base de quince millones de colones exactos primera mini excavadora,
quince millones de colones exactos segunda mini excavadora, quince millones de
colones exactos tercera mini excavadora, quince millones de colones exactos
cuarta mini excavadora(75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte
de octubre del año dos mil veintiuno con la base de cinco millones de colones
exactos primera mini excavadora, cinco millones de colones exactos segunda mini
excavadora, cinco millones de colones exactos tercera mini excavadora, cinco
millones de colones exactos cuarta mini excavadora, (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías
mobiliarias de Banco de Costa Rica contra Transportes Doyle T D S. A.
Expediente N° 21-001312-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 22 de julio del año 2021.—Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—(
IN2021575712 ).
En
este Despacho, con una base de cinco millones doscientos doce mil cuatrocientos
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 321-07069-01-0009-001; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y
tres mil sesenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir.
Situada: en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a
ella de 11 metros con 19 centímetros; al sur, Alejandro Pablo Altamirano Ureña;
al este, Miguel Altamirano Mora, y al oeste, Alejandro Pablo Altamirano Ureña.
Mide: doscientos sesenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del seis de setiembre
del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del quince de
setiembre del dos mil veintiuno, con la base de tres
millones novecientos nueve mil trescientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
siete horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de un millón trescientos tres mil cien colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Alejandro Pablo Altamirano Ureña contra Maqjinaria y
Equipo E & M Sociedad Anónima. Expediente N° 18-001694-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora,
Juez/a Tramitador/a.—( IN2021575728 ).
En
este despacho, con una base de quince millones novecientos mil colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 308615-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito: 01-Quesada cantón: 10-San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote ochenta y nueve; sur, lote noventa y uno;
este, calle cuatro; oeste, lote ochenta y uno. Mide: ciento veinte metros
cuadrados. Plano: A-0337084-1996. Para tal efecto, se señalan las ocho horas
treinta minutos del catorce de julio de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del
veintidós de julio de dos mil veintidós, con la base de once millones
novecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas
treinta minutos del uno de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres
millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cristian Andrés
Zumbado Salas. Expediente N° 21-003077-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: cinco horas con cincuenta y nueve minutos del diecinueve de julio del
dos mil veintiuno.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—(
IN2021575729 ).
En
este Despacho, con una base de tres millones novecientos veinte mil doscientos
cuarenta colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BDP941, Hyundai, Starex GRX, Color: Gris,
Año: 2006, Chasis: KMJWWH7HP6U753198. Para tal efecto se señalan las nueve
horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del
once de noviembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones novecientos
cuarenta mil ciento ochenta colones con treinta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de novecientos ochenta mil sesenta colones con diez céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A.
contra Andrea Rodríguez Medina, Roshan Christobal Solan Martin. Expediente N°
19-005534-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), veintiuno horas con cuarenta
y seis minutos del treinta y uno de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021575733 ).
En
este Despacho, con una base de dos millones doscientos sesenta y nueve mil
novecientos setenta y siete colones con ochenta y nueve céntimos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando denuncia del O.I.J, sumaria
15-009350-0042-PE, tomo 0800, asiento 00204242, secuencia 001; sáquese a remate
el vehículo placa BGF380, marca: Hyundai estilo: Accent categoría: Automóvil
capacidad: 5 personas, serie: KMHCG41FPYU182016, carrocería: Sedan 4 Puertas,
tracción: 4X2, Año fabricación: 2000, color: negro, N.Motor:
G4EAY942782, cilindrada: 1500 c.c, combustible: Gasolina. Para tal efecto se
señalan las trece horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del diez de noviembre de dos mil veintiuno con la base de
un millón setecientos dos mil cuatrocientos ochenta y tres colones con cuarenta
y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de noviembre
de dos mil veintiuno con la base de quinientos sesenta y siete mil
cuatrocientos noventa y cuatro colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la
base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Multiservicios Orca Limitada contra Luis Gerardo Córdoba Pérez. Expediente
Nº:15-033660-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del año
2021.—Wendy Pagani Rojas, Jueza.—( IN2021575735 ).
En
este Despacho, con una base de ocho millones cuatrocientos mil colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número cuatrocientos setenta y dos mil doscientos dieciocho,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 local
comercial. Situada en el distrito: 04-León XIII, cantón: 13-Tibás, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 6.18
metros; al sur, Reserva del INVU; al este, servidumbre con un frente de 17.78
metros; y al oeste, lote 189. Mide: ciento dieciséis metros con ochenta y
cuatro centímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas
treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta
minutos del trece de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de seis millones trescientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno, con
la base de dos millones cien mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Maikel
Antonio Barrantes Rojas. Expediente N° 13-011071-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 15 de julio del
2021.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2021575753 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, 1) Con una base de trece millones
novecientos sesenta y seis mil novecientos cincuenta y dos colones con noventa
y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada anotada bajo las citas 258-3479-01-0901-001; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 413082, derecho 000, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Santiago, cantón
Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Olga Marta Trejos Mesén; al sur, Victor Trejos Coto; al este, calle pública con 10.00 metros de frente; y al oeste, Victor
Trejos Coto. Mide: ciento cincuenta y dos metros con dieciséis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del cinco de octubre del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas del trece de octubre del dos mil
veintiuno con la base de diez millones cuatrocientos setenta y cinco mil
doscientos catorce colones con setenta y un céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno con la base de tres millones
cuatrocientos noventa y un mil setecientos treinta y ocho colones con
veintitrés céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de doscientos
tres mil seiscientos cincuenta y dos colones con trece céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo
las citas 337-9298-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 308109, derecho 000, la cual es terreno con una casa.
Situada en el distrito Mercedes Sur, cantón Puriscal, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Francisco Araya Artavia en medio acequia; al sur,
calle pública; al este, José Zúñiga Chaves; y al oeste,
Francisco Araya Artavia en medio acequia. Mide: mil cuatrocientos siete metros
con catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del
cinco de octubre del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del trece de octubre
del dos mil veintiuno con la base de ciento cincuenta
y dos mil setecientos treinta y nueve colones con nueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno con la base de
cincuenta mil novecientos trece colones con tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Mario Zúñiga
Zúñiga, Robert Trejos Mesén.
Expediente N° 15-004902-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Primera, 03 de agosto del 2021.—Licda. Lissette Córdoba Quirós,
Jueza Tramitadora.—( IN2021575754 ).
En
este despacho, con una base de siete millones seiscientos noventa y dos mil
novecientos siete colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando cancelación de concesión de taxi (MOPT) ley 7969
22-12-1999 tomo 2019, asiento 00080710, Sec 004, colisiones boleta numero
2017320200150 sumaria 17-002433-0489-TR y boleta 2018-321200144 sumaria
18-000861-0492-TR; sáquese a remate el vehículo placa TSJ 004856 con número de
chasis: LFP83ACC8G1K01087, marca: FAW, estilo: OLEY, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie: LFP83ACC8G1K01087, carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, año fabricación: 2016, clase tributaria: 2488227, color: rojo,
VIN: LFP83ACC8G1K01087, N° motor: CA4GA5ME103202, marca: FAW, combustible: GLP
y gasolina; sáquese a remate el vehículo. Para tal efecto se señalan las nueve
horas cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno con la base de cinco millones
setecientos sesenta y nueve mil seiscientos ochenta colones con noventa y nueve
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas cero minutos del siete de octubre de dos mil
veintiuno con la base de un millón novecientos veintitrés mil doscientos veintisiete
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra José Joaquín Ovares Carballo. Expediente N°
18-008782-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de agosto
del año 2021.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza Tramitadora.—( IN2021575755 ).
En
este Despacho, con una base de cinco millones doscientos setenta y cuatro mil
doscientos setenta y seis colones con sesenta y seis céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo de placas TSJ 005149,
Marca: Greatwall, estilo: C 30 cc 7150 CE 0014, categoría: Automóvil,
capacidad: 5 personas, serie, chasis y VIN: LGWEE2K57HE604002, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, uso: Taxi, color: Rojo,
N.Motor: 1601058686, marca: Greatwall, N. Serie: No indicado, Modelo: C 30 CC
7150 CE 0014, cilindrada: 1500 c.c, cilindros: 4, potencia: 105 kw,
combustible: Gasolina. Lo rematado corresponde únicamente al vehículo, no
comprende las placas de taxi. Para tal efecto se señalan las once horas cero
minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintiocho de
setiembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones novecientos
cincuenta y cinco mil setecientos siete colones con cincuenta céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las once horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno
con la base de un millón trescientos dieciocho mil quinientos sesenta y nueve
colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Lawrence Filiberto
Cordero contra. Expediente Nº:19-003378-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda,
29 de julio del año 2021.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—(
IN2021575756 ).
En
este Despacho, con una base de cincuenta y un millones novecientos noventa y
ocho mil quinientos ochenta y ocho colones con setenta y dos céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número ciento noventa mil trescientos veintinueve, derecho cero cero
uno, cero cero dos, cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú,
de la provincia de San José. Colinda: al noreste, zona de protección Río Agres; al noroeste,
Krisoy S. A. casa a 10,00 metros; al sureste, Abelardo Gómez Calvo, casa a 10,00 metros Municipalidad de Escazu
terreno vacío; y al suroeste, calle pública con 30,00 metros de frente. Mide: dos mil
veintidos metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós con la base
de treinta y ocho millones novecientos noventa y ocho mil novecientos cuarenta
y un colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos
del veinticinco de marzo del dos mil veintidós con la base de doce millones
novecientos noventa y nueve mil seiscientos cuarenta y siete colones con
dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. De conformidad con el artículo 168 del Código Procesal Civil, se pone
en conocimiento de las partes interesadas que la aprobación de la almoneda
quedará sujeta a lo resuelto con respecto a la oposición y excepciones
procesales presentadas por la parte demandada. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Diana María Arce Miranda, Paula Cristina Arce Miranda, Rodrigo
Arce González, Vera Cristina Miranda Lanzas. Expediente N°
19-005496-1765-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 22 de julio del 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez
Tramitador.—( IN2021575757 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, con una base de diecinueve millones
cuatrocientos veintiséis mil trescientos setenta y dos colones con cuarenta y
cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, citas: 375-17261-01-0980-001, servidumbre trasladada, citas:
378-04734-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número quinientos seis mil setecientos veintiuno, derecho cero cero
tres y cero cero cuatro, la cual es terreno lote Ñ 383 con una casa de habitación.
Situada: en el distrito diez: Damas, cantón cero tres: Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este,
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al oeste, alameda 4. Mide:
ochenta y ocho metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del doce
de octubre del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del
veinte de octubre del dos mil veintiuno, con la base de catorce millones
quinientos sesenta y nueve mil setecientos setenta y nueve colones con treinta
y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las diez horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y seis mil quinientos noventa
y tres colones con once céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. “Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo
tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para
participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en
efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado
de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado
que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones.
Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido
deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará
insubsistente la subasta”. El destacado no es del original, para lo cual
deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la
diligencia señalada”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sergio Antonio Zúñiga Alfaro, Sianny Priscilla
Zúñiga Gómez, Víctor José Zúñiga Gómez. Expediente N° 19-006667-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 15 de julio del 2021.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—(
IN2021575758 ).
En
este despacho, con una base de cuatro millones setecientos diecinueve mil
ochocientos sesenta y un colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando restricciones Reg. Art 18, ley 2825 citas:
559-19216-01- 0073-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 203375-000, derecho, la cual es terreno. Que se describe así:
naturaleza: terreno para construir situada en el distrito 1- Santa Cruz cantón
3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, servidumbre de
paso, sur, Armando Ramos Matarrita; este, Gener Vásquez Abarca, Waldir Ramos
Rosales y Armando Ramos Matarrita; oeste, Armando Ramos Matarrita. Mide:
doscientos ocho metros cuadrados plano: G-1710550-2013. Para tal efecto, se
señalan las diez horas del diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintisiete
de setiembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones quinientos
treinta y nueve mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa y siete
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas del cinco de octubre de dos mil veintiuno con
la base de un millón ciento setenta y nueve mil novecientos sesenta y cinco
colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L contra Natalia Vásquez Ramos, Ronald Ledi Barrantes Ríos.
Expediente N° 20-005399-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de
emisión: doce horas con trece minutos del veintitrés de junio del dos mil
veintiuno.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021575759 ).
En
este Despacho, con una base de ocho millones trescientos noventa mil
cuatrocientos setenta y siete colones con cinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 125429-000 la cual es terreno para construir hoy con una casa lote
bloque F Lote 15-F. Situada en el Distrito 01 Liberia, Cantón 01 Liberia, de la
Provincia de Guanacaste. Colinda: al norte lote 14-F; al sur lote 16-F; al
este, calle 8 con 8 metros lineales y al oeste lote 7-F. Mide: ciento noventa y
seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las once horas cero minutos (11:00 am) del veintiuno de octubre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas cero minutos (11:00 am) del uno de noviembre de dos mil veintiuno con la
base de seis millones doscientos noventa y dos mil ochocientos cincuenta y
siete colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero
minutos (11:00 am) del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de
dos millones noventa y siete mil seiscientos diecinueve colones con veintiséis
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito Ande N.1 contra Francisco Osvaldo Chavarría Espinoza, José Arnoldo Espinoza Rodríguez, Rulty Yudit Rodríguez
Espinoza. Expediente Nº:16-009340-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 20 de julio del año 2021.—Licda. Sabina
Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021575761 ).
En
este despacho, al ser las catorce horas treinta minutos del veintiuno de
setiembre de dos mil veintiuno, con una base de quince millones doscientos
treinta y dos mil doscientos ocho colones con treinta y dos céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 226195-000, la cual es terreno de tacotales. Situada en el
distrito 04 San Gabriel, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Orlando Corrales Navarro; al sur, María Ligia Fallas Monge;
al este, Mireya Solano Vega y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos
quince metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del
veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno con la base de once millones
cuatrocientos veinticuatro mil ciento cincuenta y seis colones con veinticuatro
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de octubre de dos
mil veintiuno con la base de tres millones ochocientos ocho mil cincuenta y dos
colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Edison Salgado Yepez. Expediente N°
13-013545-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de julio del
año 2021.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2021575768 ).
En
este Despacho, con una base de veintidós millones doscientos siete mil
ochocientos veinticinco colones con setenta y siete céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
290-04335-01-0915-001, servidumbre trasladada citas: 371-12771-01-0908-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 335359-000,
la cual es terreno de potrero. Situada en el Distrito Upala, Cantón Upala, de
la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte Manuel Antonio Marín Ruiz; al sur Oscar Rodríguez Portuguez; al este Río Zapote y al oeste calle pública. Mide: cuatro mil
setecientos sesenta metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno con la
base de dieciséis millones seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos
sesenta y nueve colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
treinta minutos del siete de octubre de dos mil veintiuno con la base de cinco
millones quinientos cincuenta y un mil novecientos cincuenta y seis colones con
cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Inversiones Explorador Ydosk Sociedad
Anónima, Luis Ángel Gerardo Esquivel Quirós. Expediente Nº 20-001233-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 16 de diciembre del año 2020.—Viviana Salas Hernández, Jueza
Decisora.—( IN2021575769 ).
En
este Despacho, con una base de noventa y cuatro mil ochocientos setenta dólares
con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
plazo de convalidación (Ley de Localización de derec citas: 576-71539-01-0003-001; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 166354, derecho
000, la cual es terreno de montaña, sembrado de árboles de teca. Situada en el distrito 3-Veintisiete
Abril, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste y además: situada en el distrito
9-Tamarindo, cantón 3-Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al
norte, calle pública con un frente a ella de uno noventa y nueve con
treinta y nueve centímetros y Hermes José Quijada; al sur, Hermes José Quijada y María Cristina González, Oscar Jorge Diez, Viviana Albina Quijada Vieyra,
Jerry Zimmerman y Juan Pablo María Piscione; al este,
Hermes José Quijada, Salvaje Mono S. A.; y al oeste, Hermes José Quijada, María Cristina González, Oscar Jorge Diez, Viviana Albina Quijada Vieyra,
Jerry Lyn Zimmerman y Juan Pablo María Piscione. Mide:
doscientos setenta y nueve mil setecientos noventa metros con ochenta
decimetros cuadrados. Plano: G-1115913-2006. Identificador predial:
503030166354. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del
tres de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del
once de noviembre del dos mil veintiuno con la base de setenta y un mil ciento
cincuenta y dos dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base
de veintitrés mil setecientos diecisiete dólares con sesenta centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Hermes José Quijada Vieyra. Expediente
N° 20-001037-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa
Cruz), hora y fecha de emisión: doce horas con cuarenta y uno minutos del
cuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza.—( IN2021575770 ).
En
este Despacho, con una base de diecinueve millones quinientos cuarenta y cinco
mil novecientos cuarenta y tres colones con diecinueve céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando aviso catastral expediente 2014-755
RIM. Resolución de las 11:00 horas del 29 de abril de 2014, demanda ordinaria
citas: 2017-138367-01-0003-001 Medida Cautelar. Tribunal Contencioso
Administrativo Segundo Circuito Judicial de San José, Sección II. Expediente Nº
14-009514-1027-CA; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula N° 23313-000, la cual es
naturaleza: terreno para agricultura. Situada en el distrito: 07-Belén de Nosarita, cantón: 02-Nicoya de la
provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos:
norte, lote 334 y otro, sur, camino, este, lote 319 y otro, oeste, camino.
Mide: cincuenta y dos mil ocho metros con veintiún decímetros cuadrados plano:
G-0003557-1970. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del
uno de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del
nueve de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de catorce millones
seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con
treinta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos
del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de cuatro
millones ochocientos ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco colones
con setenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo contra Sucesión de Enrique Alonso Ruiz Rodríguez. Expediente Nº
19-002911-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión:
diecinueve horas con treinta y nueve minutos del treinta y uno de julio del dos
mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez
Tramitador.—( IN2021575771 ).
En
este despacho, con una base de sesenta y siete millones novecientos ochenta y
un mil trescientos treinta y seis colones con noventa y dos céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
345-06781- 01-0902-001, prohibiciones REF: 00027324 000 citas:
345-06781-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 153537 derecho 000, la cual es lote tres. Terreno para
construir situada en el distrito: 05-Sámara cantón: 02-Nicoya de la provincia
de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, lote dos
de Inversiones Italopopelina S. A. sur, Félix Ledezma Aguilar; este, Asociación
de Desarrollo Integral del Torito de Samara; oeste, calle pública con frente de
quince metros mide: mil setecientos tres metros con veintiún decímetros
cuadrados plano: G-1072622-2006 identificador predial: 502050153537. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno, con la
base de cincuenta millones novecientos ochenta y seis mil dos colones con
sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del
veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dieciséis millones
novecientos noventa y cinco mil trescientos treinta y cuatro colones con
veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Escrúpulos Pamperos S. A., Nancy Alvarado Ajún.
Expediente N° 20-004622-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de
emisión: veintidós horas con veintisiete minutos del veinte de julio del dos
mil veintiuno.—Licda. Hannia Núñez Rodríguez, Jueza.—( IN2021575772 ).
En
este Despacho, con una base de diecisiete millones setecientos diecinueve mil
cuatrocientos veintiún colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de
gravámenes , pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos
citas: 569-05554-01-0004-001, Servidumbre de Aguas Pluviales citas:
2018-155682-01-0011-001, Servidumbre de Aguas Pluviales citas:
2018-155682-01-0011-001, Servidumbre de Lineas Eléctricas y de Paso citas:
2018-155682-010028-001, Servidumbre de Lineas Eléctricas y de Paso citas:
2018155682-01-0028-001, Servidumbre de Acueducto citas: 2018-155682-010061-001,
Servidumbre de Acueducto citas:2018-155682-01-0061-00; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos sesenta y un mil
quinientos quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada
en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Lote 2; al sur, 20305052295100, 20305052295200,
20305052295300, en medio servidumbre de paso; al este, calle pública con un
frente a ella de 12 mts; y al oeste, Lote 5. Mide: trescientos treinta y siete
metros cuadrados. Plano: A2025635-2018. Identificador Predial: 203050561515.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de
octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintiuno
con la base de trece millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos sesenta
y seis colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro
millones cuatrocientos veintinueve mil ochocientos cincuenta y cinco colones
con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Nelson Gerardo Martínez Vargas. Expediente N°
21-001393-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia,
Hora y fecha de emisión: once horas con diecinueve minutos del treinta de julio
del dos mil veintiuno.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—(
IN2021575773 ).
En
este Despacho, con una base de sesenta y un millones setecientos seis mil
setecientos noventa y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
313-11776-01-0901-001, serv y condic ref: 2151 535 001 citas:
314-07679-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 314-07679-01-0903-001,
servidumbre trasladada citas: 327-04225-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
395-16981-01-0914-001, servidumbre trasladada citas: 395-16981-01-0915-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001, servidumbre de
aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001, servidumbre de líneas eléctricas
y de paso citas: 2011-46434-01-0023-001, servidumbre de líneas eléctricas y de
paso citas: 2011-46434-01-0023-001, servidumbre de paso citas:
2016-513311-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001,
servidumbre citas: 2016-513311-01-0055-001, servidumbre citas:
2016-513311-01-0055-001, servidumbre de acueducto citas:
2017-334020-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2017-359170-01-0014-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 554179 derecho 000, la cual es terreno lote dos terreno de
solar. Situada en el distrito 8-Bolívar, cantón 3-Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote uno segregado; al sur, Ana Yobelsie Campos
Meza; al este, 20308054330200 y 20308054330200 y en medio servidumbre agrícola de paso con un frente de 48 metros con 19 centímetros y Ana Yobelsie Campos Meza; y al oeste
2030800022610M. Mide: tres mil metros cuadrados. Plano: A-1974225-2017.
Identificador predial: 203080554179. Para tal efecto, se señalan las ocho horas
cero minutos del once de octubre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero
minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintiuno con la base de cuarenta
y seis millones doscientos ochenta mil noventa y cinco colones con ochenta y
nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintisiete de octubre
del dos mil veintiuno con la base de quince millones cuatrocientos veintiséis
mil seiscientos noventa y ocho colones con sesenta y tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra María Carolina Méndez Hidalgo. Expediente N° 20-002994-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia,
hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y siete minutos del
veintidós de julio del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia
Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021575774 ).
En
este Despacho, con una base de dieciocho millones seiscientos siete mil
trescientos dieciocho colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servs. y conds. bajo las citas:
376-09570-01-0922-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 371443, derecho 000, la cual es terreno para construir con una
casa de habitación número 620-3. Situada en el
distrito: 10- Hatillo, cantón: 01-San José, de la provincia: San José. Colinda:
al norte, acera 13; al sur, lote número 551; al este,
lote número 619 y al oeste, lote número 621. Mide: treinta y cuatro metros con sesenta
decímetros cuadrados. Plano: SJ-0824138-1989. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas cero minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
trece de octubre de dos mil veintiuno, con la base de trece millones
novecientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con
ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de
octubre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones seiscientos
cincuenta y un mil ochocientos veintinueve colones con sesenta y un céntimos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Alexánder de Jesús Mora Salas,
Irma Yolanda Ramos González, expediente N° 16-031459-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 19 de julio del año 2021.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza
Tramitadora.—( IN2021575776 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones
trescientos ochenta y un mil ochocientos cincuenta y ocho colones con ochenta y
nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula número 253412-000, la cual es terreno
naturaleza: lote aa-13 terreno para construir. Situada en el distrito
5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, lote AA-2; al sur, alameda 8; al este, lote AA-14 y al
oeste, lote AA-12. Mide: setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de setiembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno con la
base de dieciséis millones setecientos ochenta y seis mil trescientos noventa y
cuatro colones con diecisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos
del cinco de octubre de dos mil veintiuno con la base de cinco millones
quinientos noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con setenta
y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Jose Alberto Camacho Zumbado. Expediente N° 20-009999-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de
julio del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021575777
).
En
la puerta exterior de este Despacho, con una base de seis millones quinientos
cuarenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y siete colones con treinta y un
céntimos, soportando hipoteca de primer grado anotada bajo las citas
2011-76952-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula N° 482144-003, la cual es terreno
para construir con una casa lote L-3. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón
1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda con un
frente de 13,80 metros; al sur, lote l-4; al este, lote L-2, y al oeste,
alameda con un frente de 7,90 metros. Mide: ciento nueve metros con setenta y
un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero
minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del veintinueve de octubre del dos mil veintiuno, con la base de cuatro
millones novecientos doce mil ciento quince colones con cuarenta y ocho
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del ocho de noviembre del
dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos treinta y siete mil
trescientos setenta y un colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de San José contra Sergio Alejandro
Álvarez Elizondo. Expediente Nº 20-002127-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 04 de agosto del 2021.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza
Tramitadora.—( IN2021575784 ).
En
este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos treinta mil
doscientos setenta y cinco colones con setenta y ocho céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BPG867, Marca:
Toyota, Estilo: Yaris, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie:
JTDBT923084013220, carrocería: Sedan 4 puertas, año: 2008, color: celeste,
tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del
dieciséis de setiembre del dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta
minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de tres
millones trescientos veintidós mil setecientos seis colones con ochenta y tres
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de octubre del dos
mil veintiuno, con la base de un millón ciento siete mil quinientos sesenta y
ocho colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Xinia Jenny Chavarría Álvarez contra Christopher Jesús Portuguéz Rojas. Expediente
N° 19-012908-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 30 de julio del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2021575797 ).
En
este Despacho, con una base de ciento ochenta y cinco mil novecientos seis
dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número 181284-000. Que se describe así:
naturaleza: terreno de tacotal. Situada en el distrito 2-Palmira, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos:
al norte, Rancho San Rafael S. A.; al sur, Lidiette Vargas Moya; al este, calle
pública con un frente a ella de 39.05 metros cuadrados,
Juan Miguel Paniagua Vargas, Carlos Luis Paniagua Vargas, Marisol Paniagua
todos en parte; y al oeste, Lidiette Vargas Moya. Mide: treinta y dos mil
seiscientos noventa y ocho metros cuadrados. Plano: G-1419322-2010. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas cero minutos del nueve de noviembre del dos mil
veintiuno con la base de ciento treinta y nueve mil cuatrocientos veintinueve
dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cuarenta y seis
mil cuatrocientos setenta y seis dólares con cincuenta centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Armando Carrasco Álvarez contra Ganadería
Zapotillal Sociedad Anónima. Expediente N°
21-000635-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y
fecha de emisión: veinte horas con cuarenta y siete minutos del treinta y uno
de julio del dos mil veintiuno.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021575806 ).
En
este Despacho, con una base de noventa y cuatro mil novecientos dos dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 627773,
derecho 003-004, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
01-Aserrí, cantón: 06-Aserrí,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Jesús López Mora y Ricardo Peralta Mora; al sur, María Jesús López Mora y Ricardo Peralta Mora; al este, calle pública con 6.41 m de frente; y al oeste, María Jesús López Mora y Ricardo Peralta Mora. Mide: ciento
veintisiete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero
minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero
minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno con
la base de setenta y un mil ciento setenta y seis dólares con cincuenta
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas cero minutos del nueve de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de veintitrés mil setecientos veinticinco dólares
con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
BAC San José Sociedad Anónima contra Karla
Gabriela Villalobos Fernández, Randall Esteban
Benavides Chaverri. Expediente N° 18-008714-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 22 de julio
del 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza
Tramitadora.—( IN2021575809 ).
En este Despacho, con una base de doce mil
novecientos veintiún dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNF557, marca Nissan, estilo Kicks,
año 2017, color blanco. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince
minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del uno de
diciembre de dos mil veintiuno con la base de nueve mil seiscientos noventa y
un dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos
del nueve de diciembre de dos mil veintiuno con la base de tres mil doscientos
treinta dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra Marvin Efrén Monge
Navarro. Expediente N° 21-003076-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: siete horas con treinta y
cuatro minutos del cinco de Agosto del dos mil veintiuno.—Douglas Quesada
Zamora, Jueza Decisora.—( IN2021575810 ).
En
este Despacho, con una base de treinta y tres mil ochocientos noventa y tres
dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo Placas: BQP349, marca: Peugeot, estilo: 3008, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF3M45GYVKS005952, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2018, N° motor:
10FJCG2453286, cilindrada: 1598 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintidós con la base
de veinticinco mil cuatrocientos veinte dólares con veintiséis centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil
veintidós con la base de ocho mil cuatrocientos setenta y tres dólares con
cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A.,
contra Juan Carlos Madrigal Ureña. Expediente N° 19-014496-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de julio del año 2021.—Licda. Tatiana
Meléndez Herrera, Jueza Decisora.—( IN2021575814 ).
En
este Despacho, con una base de diez millones ciento setenta mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula número treinta y ocho mil ciento ochenta y
cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa.
Situada en el distrito: 01-Las Juntas, cantón: 07-Abangares, de la Provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte carretera con 7 metros de frente; al sur
Elizabeth Bonilla; al este Edwin Carvajal Chaves y al oeste Edwin Carvajal
Chaves. Mide: ciento cincuenta y tres metros con trece decímetros cuadrados.
plano: G-0285559-1977. Identificador predial:507010038185. Para tal efecto, se
señalan las quince horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintiuno, con la base
de siete millones seiscientos veintisiete mil quinientos colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas cero minutos del treinta de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de dos millones quinientos cuarenta y dos mil quinientos
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Guillermo Edgar de Los Ángeles Trejos Medina, Iván Elías Gerardo Fuentes
Alpízar. Expediente Nº:20-005309-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de
emisión: dieciocho horas con diecinueve minutos del veintiocho de junio del dos
mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez
Decisor.—( IN2021575816 ).
En
este Despacho, con una base de dieciocho millones ciento treinta y dos mil
treinta y cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas
297-06968-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 657200 derecho 000, la cual es terreno con una casa y patio.
Situada en el distrito: 03-Vuelta de Jorco, cantón: 06-Aserrí, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Virginia Barboza Díaz; al sur, calle pública
con frente 15.64 centímetros lineales; al este, María Arias Abarca; y al oeste, Marvin Rojas Mora y Nena
Murcia Cruz. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de marzo del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós con la
base de trece millones quinientos noventa y nueve mil veinticinco colones con
noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de
marzo del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones quinientos treinta
y tres mil ochenta y ocho colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Michael Ulises Ulate Araya. Expediente N° 18-003071-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 05 de agosto del
2021.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza
Tramitadora.—( IN2021575827 ).
En
este Despacho, con una base de nueve mil ciento diez dólares con noventa y
cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placa: BDY197, marca: JAC, estilo: Refine, categoría: microbús,
capacidad: 12 personas, carrocería: microbús, tracción: 4x2, año fabricación:
2014 uso: color: blanco, vin: LJ16AA3CXE7000309. Para tal efecto se señalan las
nueve horas cincuenta minutos del veintisiete de octubre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las nueve horas cincuenta minutos del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno con la base de seis mil ochocientos treinta y
tres dólares con veinte centavos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cincuenta minutos
del doce de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de dos mil doscientos
setenta y siete dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Arrienda Express Sociedad Anónima contra Dayanna Vanessa Guevara Seas, Yurgens
Esteban Morales Orozco. Expediente Nº 21-007796-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18
de julio del 2021.—Jenny María Corrales Torres, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021575837 ).
En
este Despacho, con una base de nueve millones ciento seis mil novecientos
setenta y dos colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: BNR 808, marca: Citroen, serie, chasis, vin:
VF7DD9HJCJJ503200, año: 2017, carrocería: Sedan 4 puertas, color: gris, N°
motor: 10JBEC0083520. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas cero minutos del seis de setiembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las nueve horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil
veintiuno, con la base de seis millones ochocientos treinta mil doscientos
veintinueve colones con quince céntimos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero
minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de dos
millones doscientos setenta y seis mil setecientos cuarenta y tres colones con
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jordan Jesús Loría Rosales. Expediente N°
21-001070-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de junio del
2021.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez
Tramitador.—( IN2021575868 ).
En
este Despacho, se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de noviembre
de dos mil veintiuno. Con una base de doscientos cincuenta mil dólares exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones
citas: 294-06588-01-0901-001; reservas y restricciones citas:
294-21004-01-0901-001; reservas y restricciones citas: 302-05429-01-0901-001;
reservas y restricciones citas: 310-05079-01-0901-002; reservas y restricciones
citas: 312-15874-01-0901-001; reservas y restricciones citas:
313-13139-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento treinta y dos mil novecientos setenta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de bosque, tacotal y teca. Situada en el
distrito: 03-Sierpe, cantón: 05-Osa, de la provincia
de Puntarenas. Linderos: al norte, Río Sierpe,
Municipalidad de Osa, Daniel Mora Mena, zona pública
inalienable de 50.00 metros, quebrada, Gonzalo Lacayo Gutiérrez, Quebrada Cedral; al sur, Víctor Hugo Castillo Piedra, Marcos Quirós Acuña, camino público abandonado de 10.00 metros, Reserva Forestal
Golfo Dulce; al este, Gilberto Villalobos Valverde, quebrada; y al oeste,
quebrada, Municipalidad de Osa, Quebrada Potable. Mide: nueve millones sesenta
y ocho mil ciento setenta y nueve metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: P-0084879-1992. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
ocho de diciembre del dos mil veintiuno, con la base
de ciento ochenta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno, con
la base de sesenta y dos mil quinientos dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Indrustriae Fecundae S. A.
contra Escrow & Trust Advisors SRL, Thomas Albrecht Graf. Expediente N°
19-016401-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
de Golfito. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y
nueve minutos del seis de agosto del dos mil veintiuno.—Lic.
Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2021575877 ).
De
conformidad Demanda ordinaria bajo las citas de inscripción tomo: 2014,
asiento: 153418, consecutivo: 01, secuencia: 0001, subsecuencia:001; sáquese a
subasta pública la finca inscrita en la provincia de Limón Folio real número: cincuenta y cinco mil quinientos
treinta y siete, naturaleza: terreno para construir con una casa situada en el
distrito 01-Guápiles cantón: 02-Pococí
de la provincia de Limón. Linderos: norte, calle
pública, sur, Ricardo Quesada Pleites, este, Ricardo Quesada Pleites, oeste,
calle pública. Mide: ciento setenta y nueve metros con noventa y siete
decímetros cuadrados plano: L-0057605-1992, la cual es propiedad el señor
Gregorio Alfredo Solano Solano, se indica que la finca soporta los siguientes
gravámenes: Demanda ejecutiva hipotecaria, citas: 800-305614-01-0001-001 e
hipoteca citas: 2014-112751-01-0001-001. La finca se procede a sacar a remate
con la base de treinta cinco millones novecientos sesenta y seis mil
cuatrocientos veinte colones con treinta siete céntimos (35.966.420-37), en
cada uno de los remates que se indicarán. Para tal efecto se señala primer
remate, a las ocho horas (08:00 a.m.) del veintitrés de setiembre del dos mil veintiuno (23/09/2021). De no haber postores para llevar
a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas (08:00 a.m.) del siete de
octubre del dos mil veintiuno (07/10/2021). De no
lograrse el remate a fin de realizar el tercer remate, se señalan las ocho
horas (08:00 a.m.) del veintiuno de octubre del dos mil
veintiuno (21/10/2021). Publíquese el edicto de ley (Artículo 21 y 25 de la Ley de Cobro Judicial). Comuníquese
a la Dirección Ejecutiva. Se saca a remate sin realizar las rebajas de ley,
según lo dispuesto por el Tribunal de Familia mediante el voto número736-2014
de las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del dos de setiembre del año
dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de
María Teresa Rojas Rodríguez contra Gregorio Alfredo
Solano Solano. Expediente Nº 14-400475-0637-FA. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de
antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya) (Materia Familia), diez de agosto del dos mil veintiuno.—Msc. Karol
Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021575883 ).
En
este Despacho, con una base de siete mil treinta y un dólares con veintiséis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo:
Placas número MOT-525919. Marca: Honda, Estilo: TRX420FE 1, Categoría:
motocicleta, Capacidad: 2 personas, Año 2016, color: rojo, Vin:
1HFTE40U2G4250163, cilindrada: 420 c.c., combustible: gasolina, Motor: NºTE40E8321180. Para tal efecto se señalan las diez
horas diez minutos del diecisiete de enero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas diez minutos del veinticinco de enero de dos mil
veintidós
con la base de cinco mil doscientos setenta y tres dólares con cuarenta y cuatro
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas diez minutos del dos de febrero de dos mil
veintidós, con la base de mil setecientos cincuenta y siete dólares con ochenta
y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad
Anónima de Vehículos Automotores contra Acuatic Tours Sociedad Anónima.
Expediente Nº:18-001080-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
julio del año 2021.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—(
IN2021575887 ).
Primer remate:
A las trece horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintiuno, en la puerta exterior del Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), libre de gravámenes
hipotecarios, y con la base de ochenta y cuatro millones de colones, por la
mejor postura se rematará la finca inscrita en el Registro Público
Inmobiliario, número dieciocho mil doscientos veintiséis-cero cero cero. Es
terreno de solar con una casa de dos niveles con un pórtico frontal y una
terraza trasera. Ubicado en Cañas [distrito primero], de Cañas [cantón sexto]
de la provincia de Guanacaste. Sus linderos son: norte, calle pública, Eida
Madrigal Ulate y Carlos Luis Ruiz Alfaro; sur, Ángel Ramón Morales Morales, Guillermo Acosta Madriz, Helbert Cerdas Ordoñez, María Elena
Calvo Jarquín y Carlos Luis Ruiz Alfaro; este, Eida Madrigal Ulate, Marianel López Mora, Fernando Alfaro Barquero, Eida Chaverri Hidalgo y María Arguedas
Álvarez, y oeste, calle pública, María Elena Calvo Jarquín y Carlos Luis Ruiz
Alfaro. Mide: dos mil setecientos sesenta y siete metros con noventa y seis
decímetros cuadrados. Plano G-un millón doscientos sesenta y seis mil
setecientos once-dos mil ocho. Pertenece a Carlos Luis Alfaro Rodríguez. Otros
gravámenes o afectaciones: servidumbre trasladada citas: 315-05989-01-0903-001.
Segundo remate: De no existir postura, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dos de noviembre
del dos mil veintiuno, con la base de sesenta y tres
millones de colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no existir postura en el
segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las trece horas y treinta
minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de veintiún millones de colones (un 25% de la base original). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Carlos Luis Alfaro Rodríguez. Expediente N° 21-000651-1205-CJ.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia), 17 de agosto del 2021.—Ruth Alpízar Rodríguez,
Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021575931 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas del diez de noviembre de dos mil
veintiuno, y con la base de sesenta y cinco millones seiscientos cuarenta y dos
mil setecientos treinta y nueve colones con setenta y tres céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número treinta y nueve mil setenta y dos-cero cero cero (39072-000),
la cual es terreno de potrero con acequias en medio. Situada en el distrito 3°
Capellades, cantón 6° Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al Norte:
José Rafael y Enrique Aguilar Mora, al sur, Calle pública; al este, Alejo
Obando Guillén; al oeste, sucesión de Hortensia Abarca Abarca. Mide: veintidós
mil doscientos metros con noventa y tres decímetros cuadrados y se describe en
el plano número C- 0618591-1986. Para el segundo remate se señalan las diez
horas del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y
nueve millones doscientos treinta y dos mil cincuenta y cuatro colones con
setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas del primero de diciembre de dos mil
veintiuno con la base de dieciséis millones cuatrocientos diez mil seiscientos
ochenta y cuatro colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Yineth de los Ángeles López Gutiérrez contra Miguel Eduardo del
Carmen Rodríguez Gamboa. Expediente N° 19-000024-0699- AG.—Juzgado Agrario
de Cartago, 16 de agosto del año 2021.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—( IN2021575935 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate el bien dado en garantía,
sea la Finca del partido de Alajuela matrícula 528408-000,
libre de gravámenes hipotecarios y de embargos practicados, pero soportando
servidumbre de paso citas: 450-18679-01-0005-001, servidumbre de paso citas:
465-07278-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2010-70219-01-0001-001,
servidumbre de acueducto citas: 2010-70219-01-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2010-70219-01-0003-001, con la base de cuarenta y cuatro millones de colones,
naturaleza: terreno de cultivos. Situada en el distrito 6-San José, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Linderos: al
norte, servidumbre agrícola; al sur, servidumbre;
al este, Reserva Ecológica Ateniense; y al oeste,
servidumbre agrícola. Mide: cinco mil doscientos veintitrés metros cuadrados. Plano: A-1785034-2014 se señalan
las ocho horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintiuno.
En caso de fracasar el primer remate, y con la base rebajada en un veinticinco
por ciento, sea la suma de treinta y tres millones de colones se señalan las
ocho horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintiuno. En
caso de fracasar el segundo remate, y con la suma de la base original rebajada
a un setenta y cinco por ciento, sea la suma de once millones de colones se
señalan las ocho horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil
veintiuno. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Marcos Antonio De Jesús Montero Porras. Expediente
N° 20-011712-1157-CJ.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del 2021.—Lic.
Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021575953 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una
base de ciento diecisiete millones setecientos seis mil seiscientos ochenta
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número 20261, derecho 000, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos:
al norte, Trino Toruño y Gerardo Zúñiga Guido; al sur, Dora Sandoval C y Aaron Elizondo;
al este, calle pública; y al oeste, Raúl
Fernández. Mide: novecientos treinta y cuatro metros con
dieciocho decímetros cuadrados. Plano: G-0003895-1965. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de octubre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos
mil veintiuno con la base de ochenta y ocho millones doscientos ochenta mil
diez colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del
veintinueve de octubre del dos mil veintiuno con la base de veintinueve
millones cuatrocientos veintiséis mil seiscientos setenta colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alejandro de La
Trinidad Marín Pacheco, Alexander Lara Arrieta, Ronald Freddy De
Jesús Zúñiga Rojas
contra Corporación
Cacique Diria Cocadisa Sociedad Anónima. Expediente N°
20-003155-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa
Cruz), hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y tres minutos del
veintitrés de julio del dos mil veintiuno.—Msc. Hannia Núñez
Rodríguez, Jueza.—( IN2021575961
).
En
este Despacho, con una base de ciento diez mil dólares exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
315-11490-01-0901-001 y CITAS: 325-01545-01-0900-001; sáquese a remate la finca
del partido de Limón, matrícula número ciento veintinueve mil ciento noventa y
nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
Distrito 01 Guápiles, Cantón 02 Pococí, de la Provincia de Limón. Colinda: al
norte Leda Maritza Vallecillo Baltodano; al sur Jhonny Francisco Vallecillo
Alfaro y Juliana María Vallecillo Alfaro; al este, calle publica con 25 metros
de frente y al oeste Evelio Barrantes Méndez. Mide: dos mil ochocientos
cuarenta y un metros cuadrados plano: L-1345328-2009. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas cero minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero
minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno con la base de ochenta y dos
mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del
veintiuno de octubre de dos mil veintiuno con la base de veintisiete mil
quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo contra María De Los Ángeles Matamoros Baltodano,
Sigifredo Carballo Matamoros. Expediente Nº:20-000510-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 04 de agosto del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez
Decisor.—( IN2021575962 ).
En
este despacho, con una base de trece millones cien mil colones, libre de
gravámenes y anotaciones hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada
citas: 306-09129-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 568140-000, la cual es terreno para construir, situada
en el distrito 3-Barbacoas cantón 4-Puriscal de la provincia de San José.
Linderos: norte, Santillán Vargas S.R.L., sur, Luis Alberto Vargas Vásquez;
este, Jorge Mora Castro; oeste, calle pública con 34,59 m, mide: novecientos
cincuenta y tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de octubre del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre del
dos mil veintiuno con la base de nueve millones ocho
cientos veinticinco mil colones (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del
doce de noviembre del dos mil veintiuno con la base de tres millones doscientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Jorge
Eduardo Ortega Vindas. Expediente N° 20-001967-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 16 de abril del año 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez
Tramitador.—( IN2021576007 ).
En
este Despacho, con una base de veintiún millones ochocientos dieciocho mil
seiscientos treinta y nueve colones con setenta y nueve céntimos, libre de
gravámenes, pero soportando Denuncia de Tránsito citas: 800-00655350-001;
sáquese a remate el vehículo: BSX251. Marca: Chery, Estilo: Tiggo 7, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5 personas, Carrocería: Todo terreno 4 puertas, Tracción:
4x2, Motor: SQRE4T15BAVKJ00165, Marca: Chery, Cilindrada: 1500 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta
minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del doce de
octubre de dos mil veintiuno, con la base de dieciséis millones trescientos
sesenta y tres mil novecientos setenta y nueve colones con ochenta y cuatro
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de octubre de dos
mil veintiuno, con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y cuatro
mil seiscientos cincuenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ruth Mery
Quintana Herrera, Expediente N° 21-000284-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, nueve horas con cuarenta y siete minutos del veintiuno
de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza
Decisora.—( IN2021576008 ).
En
este Despacho, con una base de dieciséis millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 2586 565 001 citas:
317-03832-01-0901-008; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 406586-002-003, la cual es terreno patio con una casa de habitación.
Situada: en el distrito 1-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Luis Aguilar González; sur, Rafael Durán Rodríguez, Virgita Núñez Rojas; este, frente 09,29 metros a calle pública;
oeste, Freddy Núñez Rodríguez. Mide:
trescientos cuarenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Plano:
A-0629451-2000. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos
del veintidós de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del treinta de junio
del dos mil veintidós, con la base de doce millones de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las catorce horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil veintidós, con
la base de cuatro millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Andrés Martín Chaves Vargas contra Daniela María Jiménez Berrocal, Flor de Nay Gerarda Berrocal
Ramírez, Jairo Alberto Jiménez Berrocal. Expediente N° 21-003587-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y uno minutos
del doce de julio del dos mil veintiuno.—Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez
Decisor.—( IN2021576009 ).
En
este Despacho, 1) Con una base de treinta y dos millones doscientos diecinueve
mil setecientos sesenta y ocho colones con dos céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
37117, derecho 000, la cual es terreno de solar con un local destinado a
comercio. Situada: en el distrito 6-Guadalupe (Arenilla), cantón 1-Cartago, de
la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al
norte, calle a Guadalupe; al sur, Bienvenida González;
al este, carretera Tejar, y al oeste, Marín Tencio. Mide:
doscientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las quince
horas cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de veinticuatro millones ciento sesenta y cuatro mil ochocientos
veintiséis colones con un céntimos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del cinco de octubre del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones
cincuenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos colones exactos (25% de la
base original). 2) Con una base de cincuenta y un millones ciento veintiún mil
quinientos ochenta y ocho colones con seis céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
45648, derecho 000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el
distrito 1-Oriental, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se
encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Odilie Blanco Mora; al sur,
German, Sonia y Óscar Brenes Chacón; al este, calle pública con 5.80 metros de frente, y al oeste, Juan
Molina. Mide: ciento sesenta y seis metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
quince horas cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos
mil veintiuno, con la base de treinta y ocho millones trescientos cuarenta y un
mil ciento noventa y un colones con cuatro céntimos (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince
horas cero minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno, con la base de
doce millones setecientos ochenta mil trescientos noventa y siete colones con
un céntimos (25% de la base original). 3) Con una base de sesenta y tres
millones noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con trece
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula número 91325, derecho 000, la cual es terreno con
una casa. Situada: en el distrito 3-Carmen, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, calle de
la urbanización frente 7m; al sur, lote 5 bloque B; al este, lote 33
bloque B, y al oeste, lote 35 bloque B. Mide: ciento treinta y tres metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del
diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintisiete de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y
siete millones trescientos veintiún mil seiscientos un colones con ochenta y
cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del cinco de octubre
del dos mil veintiuno, con la base de quince millones setecientos setenta y
tres mil ochocientos sesenta y siete colones con veintiocho céntimos (25% de la
base original). 4) Con una base de once millones cuatrocientos sesenta y siete
mil ochocientos treinta y cinco colones con diecinueve céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 45648, derecho 000, la cual es terreno de solar con una casa.
Situada: en el distrito 1-Oriental, cantón 1-Cartago, de la provincia de
Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Odilie
Blanco Mora; al sur, German, Sonia y Óscar Brenes Chacón; al este, calle pública con 5.80 metros
de frente, y al oeste, Juan Molina. Mide: ciento sesenta y seis metros con diez
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
quince horas cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos
mil veintiuno, con la base de ocho millones seiscientos mil ochocientos setenta
y seis colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas
cero minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno, con la base de dos
millones ochocientos sesenta y seis mil novecientos cincuenta y ocho colones
con setenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago,
Banco de Costa Rica contra Héctor Hugo Antonio Piedra Sánchez. Expediente N° 18-008359-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 19 de julio del 2021.—Lic. Luis Salas
Muñoz, Jueza Tramitador.—( IN2021576016 ).
En
este Despacho, con una base de ciento veintiocho millones seiscientos sesenta y
nueve mil ciento treinta colones con tres céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
403-01461-01-0800-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número quinientos dos mil seiscientos diecisiete, derecho cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el
distrito: 02-El Mastate, cantón: 09-Orotina, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Gaudy Arias Rodríguez y Hortensia Rojas Robles y Javier
Olivares Castillo y quebrada en medio; al sur, calle pública; al este, Javier Olivares Castillo y al oeste,
Gaudy Arias Rodríguez y servidumbre de paso en medio con 6 metros de ancho.
Mide: seiscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
ocho horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos
del veintiséis de abril de dos mil veintidós, con la base de noventa y seis
millones quinientos uno mil ochocientos cuarenta y siete colones con cincuenta
y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del once de mayo de dos
mil veintidós, con la base de treinta y dos millones ciento sesenta y siete mil
doscientos ochenta y dos colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Procter and Gamble
International Operations Sociedad Anónima contra Katherine Alejandra Vargas Salas,
Randall Arias Rodríguez. Expediente Nº 21-002978-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
diecisiete horas con treinta minutos del veintidós de junio del dos mil
veintiuno.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021576031 ).
En
este Despacho, con una base de cinco millones cincuenta y tres mil quinientos
noventa y dos colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo citas:
320-03385-01-0905-003; sáquese a remate la finca del Partido de Limón, matrícula número setenta y cinco mil trescientos
sesenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir lote tres B.
proyecto habitacional María Agüero. Situada en el distrito Batán, cantón Matina de la provincia de Limón. Colinda: al norte: lote seis B de Inversiones y
Propiedades Samarcanda S.A. y lote cuarenta y ocho B de Lorett Marisol Alvarado
Agüero; al sur: calle pública
con 10,01 metros de frente; al este: lote dos B de Wilber Ríos Álvarez y Martha Lorena
Munguía García;
y al oeste: lote cuatro B de Julio Corea Toruño.
Mide: doscientos sesenta y un metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho
horas cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del
veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de tres millones
setecientos noventa mil ciento noventa y cuatro colones con cincuenta y cuatro
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas cero minutos del siete de octubre de dos mil
veintiuno, con la base de un millón doscientos sesenta y tres mil trescientos
noventa y ocho colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de
Empleados del Ministerio de Ambiente y Energía contra Daniel Bonilla
Rodríguez, Diana Marithza Bonilla Flores. Expediente N° 21-002891-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 23 de junio del 2021.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez
Decisor.—( IN2021576032 ).
En
este Despacho, con una base de diecisiete millones ciento treinta y tres mil
seiscientos ochenta y cinco colones con veinticuatro céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas: 435-00921-01-0116-001; sáquese a remate la finca del
partido de Limón, matrícula número setenta y tres mil cuatrocientos setenta y
ocho, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para vivienda
asentamiento Siquirres Norte. Situada en el distrito 1-Siquirres, cantón 3-Siquirres,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Flora Hernández; al sur, Iris
Umaña; al este, calle pública; y al oeste, Moisés Calderón. Mide: ciento
setenta y siete metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano:
L-0061525-1992. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos
del quince de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintitrés de
setiembre de dos mil veintiuno con la base de doce millones ochocientos
cincuenta mil doscientos sesenta y tres colones con noventa y tres céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil
veintiuno con la base de cuatro millones doscientos ochenta y tres mil
cuatrocientos veintiún colones con treinta y un céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexander Sequeira
Díaz, Olga Iris del Socorro Ureña Vargas. Expediente N° 18-005898-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 09 de agosto del año
2021.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza Decisora.—( IN2021576036 ).
En
este Despacho, con una base de veintiocho millones quinientos dieciocho mil
seiscientos seis colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre citas: 2016-303574-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 82649, derecho
cero cero cero, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito
1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Dagoberto Ramírez Guadamuz; al sur, servidumbre paso con 20,00 metros;
al este, Carlos Chaves Barrantes y al oeste, Mariana Chaves Barrantes. Mide:
cuatrocientos cuarenta y cinco metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del quince de setiembre de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con
la base de veintiún millones trescientos ochenta y ocho mil novecientos
cincuenta y cuatro colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
cero minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno con la base de siete
millones ciento veintinueve mil seiscientos cincuenta y un colones con
cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra José Alonso Soto León, Xinia María
Chaves Barrantes. Expediente Nº 20-004764-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y
fecha de emisión: veintidós horas con diez minutos del uno de junio del dos mil
veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021576037 ).
En
este Despacho, con una base de treinta y siete millones trescientos dos mil
ochocientos ochenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos diecisiete, derecho cero cero tres
y cero cero cuatro, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
8-Bolivar, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
servidumbre de paso con un frente de dieciocho metros setenta y dos centímetros
y Juan José Sega Hidalgo; al sur, calle pública con diez metros noventa
centímetros y Luis Rodolfo Bogantes Alfaro; al este, Juan José Vega Hidalgo y
Luis Rodolfo Bogantes Alfaro y al oeste, servidumbre de paso y calle pública.
Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con ochenta y seis decímetros
cuadrados. plano: A-0971775-2005 identificador predial: 203080438317. Para tal
efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinte de setiembre del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiocho de
setiembre del dos mil veintiuno, con la base de veintisiete millones
novecientos setenta y siete mil ciento sesenta colones con setenta y cinco
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del seis de octubre del
dos mil veintiuno, con la base de nueve millones trescientos veinticinco mil
setecientos veinte colones con veinticinco céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Bryan José Monge Cordero,
Marianela Maroto Arias. Expediente Nº 21-000851-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y
ocho minutos del nueve de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2021576038 ).
En
este Despacho, con una base de noventa y siete millones cuatrocientos setenta y
siete mil setecientos setenta y seis colones con sesenta y nueve céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 00033377 F OO1, 002, la cual es terreno finca filial doce de
dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en
el distrito 04 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
Humberto Sánchez; al este, Finca Filial Trece; y al oeste, Finca Filial Once.
Mide: doscientos veinticuatro metros con setenta y un decímetros metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diez de
marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil
veintidós con la base de setenta y tres millones ciento ocho mil trescientos
treinta y dos colones con cincuenta y un céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós con la base de
veinticuatro millones trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y
cuatro colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Allam Francisco Astorga Gatgens. Expediente N°
21-000979-1765-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 23 de julio del 2021.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—(IN2021576044).
En
este Despacho, con una base de diez mil seiscientos noventa y siete dólares con
setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas: FMG152, marca: Nissan, estilo: Versa, capacidad: 5 personas,
año: 2015, color: azul, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, chasis: 3N1CN7AD9FL864388, número de motor: HR16840677J, cilindrada: 1600 C.C,
combustible: gasolina, cilindros: 04. Para tal efecto, se señalan las ocho
horas cincuenta minutos del siete de octubre del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
ocho horas cincuenta minutos del quince de octubre del dos mil
veintiuno, con la base de ocho mil veintitrés dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
ocho horas cincuenta minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de dos mil seiscientos setenta y cuatro dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Lady Marcela Gutiérrez Mora contra
Evelyn Lucrecia Gatgens Badilla. Expediente N° 18-010308-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de julio del 2021.—Maricela Monestel
Brenes, Juez/a Decisor/a.—( IN2021576049 ).
En
este Despacho, con una base de diecinueve mil cuatrocientos veintitrés dólares
con cuarenta y dos centavos, soportando denuncia penal: 2019 00682527 001,
sáquese a remate el vehículo: 891568, marca: Hyundai, estilo: Sonata GLS,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación:
2012, color: blanco, cilindrada: 2400 cc., cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de octubre
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las diez horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintiuno, con la
base de catorce mil quinientos sesenta y siete dólares con cincuenta y siete
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de octubre de dos
mil veintiuno, con la base de cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco dólares
con ochenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J S. A., contra Gerardo Montero Solorzano.
Expediente N° 19-001907-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia. Hora y fecha de emisión: trece horas con nueve minutos del
veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—(
IN2021576050 ).
En
este Despacho, con una base de dieciocho mil setecientos cincuenta y nueve dólares
exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo el expediente N° 18-001726-0804-TR del Juzgado
Tránsito Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Denuncia OIJ bajo el
expediente N° 19-000188-573-PE de la Sección Robo de Vehículo sáquese a remate el vehículo BHB883, marca
Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad
cinco personas, carrocería todo terreno 4 puertas, año 2015, tracción 4x2,
color blanco, vin KMHJT81EAFU972947, N° motor G4NAEU425738, cilindrada
200 c.c., combustible Gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas del
veintisiete de octubre del dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas del cuatro de
noviembre del dos mil veintiuno, con la base de catorce
mil sesenta y nueve dólares con veinticinco centavos (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas
del quince de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil
seiscientos ochenta y nueve dólares con setenta y cinco centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima. contra
Rafael Antonio Zúñiga Solís. Expediente Nº 19-007405-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23
de julio del 2021.—Mayra Vanessa Guillen Rodríguez,
Juez/a Decisor/a.—( IN2021576051 ).
En
este despacho, con una base de veintinueve millones cuatrocientos ochenta y
siete mil veintisiete colones con siete céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
0305-00005679-01-0901-001, servidumbre dominante citas 0351-00004588-01-0030-001,
servidumbre dominante citas 0351-00004588-01-0031-001, servidumbre dominante
citas 0351-00004588-01-0032-001, servidumbre dominante citas
0351-00004588-01-0033-001, servidumbre dominante citas
0351-00004588-01-0034-001, servidumbre dominante citas 0351-00004588-01-0035-001,
servidumbre sirviente citas 0351-00004588-01-0036-001, servidumbre cable-Via
sref: 00113843-00000113844-000 citas 354-15226-01-0005-001, servidumbre drenaje
Ref: 00113843-00000113844-000 citas 354-15226-01-0006-001, servidumbre
ferrocarril Ref: 00113843-00000113844-000 citas: 354-15226-01-0007-001,
servidumbre cable Viasref: 00113845-000 citas 354-15226-01-0918-001,
servidumbre drenaje Ref: 00113845-000 citas 354-15226-01-0919-001, servidumbre
ferrocarril Ref: 00113845-000 citas 354-15226-01-0920-001, servidumbre dominante
citas 354-15227-01-0050-001, servidumbre dominante citas 354-15227-01-0051-001,
servidumbre trasladada citas 354-15227-01-0052-001, servidumbre dominante
citas: 354-15227-01-0053-001, servidumbre dominante citas:
354-15227-01-0054-001, servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0055-001,
servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0056-001, servidumbre dominante
citas: 354-15227-01-0057-001, servidumbre dominante citas:
357-19815-01-0011-001, servidumbre dominante citas: 357-19817-01-0007-001,
servidumbre dominante citas: 358-12248-01-0904-001, servidumbre dominante
citas: 359-10136-01-0950-001, servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0040-001, servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0041-001,
servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0042-001, servidumbre dominante
citas: 369-13592-01-0043-001, servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0044-001, servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0045-001,
servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0046-001, servidumbre dominante
citas: 369-13592-01-0047-001, servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0048-001, servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0049-001,
servidumbre dominante citas: 372-19308-01-0900-001, servidumbre dominante
citas: 376-08424-01-0034-001, servidumbre dominante citas:
394-12020-01-0825-001, servidumbre dominante citas: 394-12020-01-0826-001,
servidumbre dominante citas: 394-12020-01-0827-001, servidumbre cables Viref:
0013684-000 citas: 395-16618-01-0031-001, servidumbre cables viref:00136842 000
citas: 395-16618-01-0032-001, servidumbre cables viref:00136843 000 citas:
395-16618-01-0033-001, servidumbre cables viref:00136844 000 citas:
395-16618-01-0034-001, servidumbre cables viref:00136845 000 citas:
395-16618-01-0035-001, servidumbre cables viref:00136846 000 citas:
395-16618-01-0036-001, servidumbre cables viref:00136847 000 citas:
395-16618-01-0037-001, servidumbre cables Viref: 00136848 000 citas:
395-16618-01-0038-001, servidumbre cables Viref:00136849 000 citas:
395-16618-01-0039-001, servidumbre cables Viref: 00136850 000 citas:
395-16618-01-0040-001, servidumbre cables viref:00136851 000 citas:
395-16618-01-0041-001, servidumbre dominante citas: 399-17238-01-0016-001,
servidumbre dominante citas: 399-17238-01-0017-001, servidumbre dominante
citas: 406-07075-01-0007-001, servidumbre dominante citas:
406-07075-01-0008-001, servidumbre trasladada citas: 408-18466-01-0002-001,
servidumbre bananera citas: 413-17438-01-0017-001, servidumbre de paso citas:
423-11021-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 423-11021-01-0007-001,
servidumbre de paso citas: 474-13373-01-0031-001, servidumbre de paso citas:
474-13373-01-0037-001, servidumbre de paso citas: 483-10857-01-0002-001,
servidumbre de paso citas: 2012-300614-03-0012-001, servidumbre de paso citas:
2013-08803-01-008-001, servidumbre de paso citas: 2013-47079-01-0006-001,
servidumbre de paso citas: 2013-81616-01-0135-001, servidumbre de paso citas:
2013-81616-01-0135-00,1; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número doscientos treinta y seis mil quinientos cincuenta y cinco,
derecho 000, la cual es terreno pastos bloque e parcela 5.-Situada en el
distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiqui, de la provincia de Heredia.
Colinda norte, Eduardo Martin Acosta Salazar; sur, Eduardo Martin Acosta
Salazar; este, lote 98, oeste, servidumbre agrícola. Mide: veintitrés mil
trescientos veintisiete metros cuadrados metros cuadrados. Plano:
H-1584226-2012. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
seis de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce horas cero minutos del catorce de octubre de dos mil
veintiuno con la base de veintidós millones ciento quince mil doscientos
setenta colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos
del veintidós de octubre de dos mil veintiuno con la base de siete millones
trescientos setenta y un mil setecientos cincuenta y seis colones con setenta y
seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de
Educadores R.L contra Jaime Enrique José Devís Morales. Expediente N°
16-023938-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,12 de agosto del año
2021.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2021576052 ).
En
este Despacho, con una base de dieciséis millones ochocientos treinta y cuatro
mil novecientos setenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
375-17261-01-0980-001 y 378-04734-01-0900-001; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 1-506679-000, la cual es terreno
naturaleza: lote Ñ
294, terreno para construir. Situada en el distrito
10-Damas, cantón 3- Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur, alameda 9; al este,
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y al oeste, Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo. Mide: noventa metros con veintiún decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0652845-1986. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta
minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de
setiembre de dos mil veintiuno con la base de doce millones seiscientos veintiséis
mil doscientos treinta y un colones con veinticinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas treinta minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones doscientos ocho mil setecientos cuarenta y tres colones
con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociacion
Solidarista de Empleados de Instacredit S. A. contra Felipe Gerardo Jimenez
Ramírez, Patricia Ramírez Hernández. Expediente Nº 21-004821-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 09 de agosto del año 2021.—Licda. Mayra
Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021576059 ).
En
este Despacho, con una base de treinta y cinco millones ochenta y seis mil
cuatrocientos setenta y dos colones con setenta céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número ciento noventa y nueve mil quinientos cincuenta y seis, derecho 001 y
002, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el Distrito
11-San Sebastián, Cantón 1-San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte resto reservado con 17m 14cm; al sur resto con
17mts 12cm; al este resto con 08mts 43cm y al oeste acera publica con 08mts
43cm. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con veintiséis decímetros cuadrados
metros cuadrados. plano: SJ-0108574-1962. Para tal efecto, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintiuno De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta
minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno con la base de veintiséis
millones trescientos catorce mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con
cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del trece de octubre del dos mil veintiuno con la base de ocho millones
setecientos setenta y un mil seiscientos dieciocho colones con dieciocho
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social
contra Eduardo Andrey Morales Sánchez, y María Pamela Jiménez Tenorio.
Expediente Nº:21-005614-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de
julio del año 2021.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—(
IN2021576071 ).
En
este despacho, con una base de veinticuatro millones de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
214-05274-01-0901-00, servidumbre trasladada citas: 347-17864-01-0901-00;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número
24649-001-002-003, la cual es terreno de solar con 1 casa. Situada en el
distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Hermanos León Villalobos; al sur, servidumbre en medio otro plazoleta; al este, Sergio León Villalobos y al oeste,
Elvira León Villalobos y otro. Mide: seiscientos cuarenta y cinco metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del
tres de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de marzo de dos mil
veintidós con la base de dieciocho millones de colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
14:30 214/03/2022 con la base de seis millones de colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y
Préstamo contra Beatriz María Villalobos León, Carmen Mirania León Villalobos.
Expediente N° 20-009987-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veintiséis
minutos del cinco de julio del dos mil veintiuno.—German Valverde Vindas, Juez
Tramitador.—( IN2021576078 ).
En
este Despacho, con una base de veinticuatro millones de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
214-05274-01-0901-00, servidumbre trasladada citas: 347-17864-01-0901-00;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula N°
24649-001-002-003, la cual es terreno de solar con 1 casa. Situada en el
distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Hermanos León Villalobos; al sur,
servidumbre en medio otro plazoleta; al este, Sergio
León Villalobos, y al oeste, Elvira León Villalobos y otro. Mide: seiscientos
cuarenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce
horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos
del once de marzo del dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones de
colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las 14:30 214/03/2022 con la base de seis millones
de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago
Ahorro y Préstamo contra Beatriz María Villalobos León, Carmen Mirania León
Villalobos. Expediente Nº 20-009987-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con
veintiséis minutos del cinco de julio del dos mil veintiuno.—German Valverde
Vindas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021576086 ).
En
este despacho, con una base de treinta y tres mil novecientos trece dólares con
setenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarios;
sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 180482-000,
la cual es terreno de construir, con casa de habitación, lote 7 bloque y.
Situada en el distrito El Tejar, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago.
Colinda: al noreste, lote 22, al noroeste lote 6, al sureste lote 0, al
suroeste calle publica con 7.00 metros de frente. Mide: ciento treinta y tres
metros con un decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno con la base
de veinticinco mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con treinta y cuatro
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de ocho mil cuatrocientos setenta y ocho dólares
con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto
Rodríguez Guzmán y Zoila Mayela De La Trinidad Guzmán Montoya. Expediente N°
16-032118-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 02 de marzo del
año 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2021576099 ).
En
este despacho, con una base de ciento veintinueve mil dólares exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas:
501-18309-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste,
matrícula número 126147-001 y 002, la cual es terreno naturaleza: terreno apto
para construir situada en el distrito 8-Cabo Velas cantón 3-Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste; finca se encuentra en zona catastrada. Linderos:
norte, Evelyn Rodríguez Vargas y Marcela Porras Zamora en parte sur, Rodrigo
Amador Bolivar; este, Marcela Porras Zamora y calle pública con un frente a
ella de 13.96 metros lineales oeste, Gabriel Jaen Vallejos. Mide: ochocientos un metros cuadrados plano: G-1787771-2014.- para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veintiuno con la
base de noventa y seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno con
la base de treinta y dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Andrea Esquivel
Guillen, Johan Merlin Valverde García. Expediente N° 19-004938-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: catorce horas con veinte
minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Víctor Hugo Martínez
Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021576104 ).
En
este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
2013-24108-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 510959 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 5-Concepción, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Carlos Luis Álvarez Ramos y servidumbre de paso; al sur,
Ricardo Castro Ramos; al este, Carlos Luis Álvarez Ramos y al oeste, Carlos
Luis Álvarez Ramos y servidumbre de paso. Mide: seiscientos treinta y seis
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas quince minutos del
veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas quince minutos del dos de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas quince minutos del diez de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Martin
Asdrúbal Vargas Cerdas contra Horacio Joaquín Álvarez Moreno Expediente Nº
17-010659-1044-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 05 de marzo del año 2021.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021576106 ).
En
este Despacho, con una base de siete mil setecientos veinticuatro dólares con
dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placa: FVC200, marca: KIA, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2015, color: azul, vin: KNADN412BF6419004, cilindrada: 1396
c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del ocho de
setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas quince minutos del veinte de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de cinco millones setecientos noventa y tres mil quince
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del veintiocho de
setiembre de dos mil veintiuno, con la base de mil novecientos treinta y un
dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores
que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del
tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra
Marco Antonio Jara Meoño. Expediente N° 19-011435-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2
de julio del 2021.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2021576109 ).
En
este despacho, con una base de dos millones cien mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número bcv447.
Marca fiat. Estilo 500 POP. Categoría automóvil. Capacidad 04 personas. Año
2012. Color gris. VIN ZFA312000C0806880. Cilindrada 1242 cc. Combustible
gasolina. Motor Nº 169A40006802103. Para tal efecto se señalan las diez horas
cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dos
de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón quinientos setenta y
cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
diez de noviembre de dos mil veintiuno con la base de quinientos veinticinco
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Wilberth
Alfaro Quesada contra Luis Fernández. Expediente N° 21-001147-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión:
quince horas con veinticinco minutos del cinco de agosto del dos mil
veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021576199 ).
En
este Despacho, con una base de ciento cinco mil dólares exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas
354-09842-01-0909-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 170380, derecho 003-004-, la cual es terreno naturaleza: Lote
18-A terreno para construir con una casa destinada a vivienda. Situada en el
Distrito (02) San Diego, Cantón (03) La Unión, de la Provincia de Cartago.
Colinda: al norte calle pública con once punto setenta y un metros; al sur Lote 17 A; al este
Lote uno A y al oeste calle publica con once punto 29 metros. Mide: ciento
treinta y ocho metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno con la
base de setenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno con la
base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Andrés Marin
Rodríguez, Marianela Jara Ramírez. Expediente Nº: 17-008466-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de
julio del año 2021.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2021576222 ).
Karla Yahaira Contreras
Barboza, mayor, soltera, enfermera, vecina de San Ramón de Alajuela, cédula
dos- quinientos sesenta y seis-setecientos sesenta y cuatro, promueve
Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público
Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe
así: Terreno de agricultura, situado en Santo Domingo, Belén [distrito cuarto],
Carrillo [cantón quinto], provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Demetrio
Adalberto y Marcial, ambos Contreras Angulo, sur, Carlos Alberto Contreras
Angulo, este, calle pública y oeste, Carlos Alberto Contreras Angulo. Según
plano catastrado G-dos millones doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos
siete- dos mil veintiuno, mide mil doscientos cincuenta metros cuadrados.
Declaró no está inscrito, carece de título inscribible y no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene personas condueñas, ni pesan
cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de
Carlos Alberto Contreras Angulo, el primero de enero del dos mil
veintiuno, pero se protocolizó hasta el treinta de julio del dos mil
veintiuno. Estima el inmueble y el proceso en seiscientos veinticinco mil
colones. Por el plazo de un mes contados a partir de la publicación del edicto,
se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de
sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Karla Yahaira
Contreras Barboza. Expediente Nº 21-000111-0387-AG-1.—Juzgado Agrario de
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 10 de agosto del año
2021.—Licda. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574067 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000304-0642-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Hacienda Ganadera Las Trifulcas S. A., domiciliada en San José, Montes
de Oca, Lourdes, cien metros al este, setenta y cinco metros al sur de la Fábrica Fanal, cédula jurídica número tres-uno cero
uno-tres cuatro nueve cuatro dos dos (3-101-349422), representada por Adriana
Chavarría Vargas en su condición de presidenta, quien es mayor, estado civil:
casada una vez, vecina de Cartago, Dulce Nombre, trescientos metros al oeste de
la Iglesia Católica, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número uno-siete siete ocho-nueve siete siete (1-778-977), profesión:
odontóloga, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno de pastos. Situada: en San Antonio, distrito sétimo Guacimal, cantón
primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con río
Veracruz; al sur, con calle pública con un frente a ella de ochocientos ochenta
y uno metros con setenta y siete centímetros lineales; al este, con Pablo
Morales Madrigal, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de
novecientos tres metros con ochenta y nueve centímetros lineales. Mide: una
hectárea mil seiscientos noventa metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número seis-dos uno uno ocho nueve ocho uno-dos cero uno nueve
(P-2118981-2019). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de veinticinco
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hizo el padre
de los representantes de la sociedad promovente Enoc Chavarría Mora, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de treinta años contando la de su
transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en conservación, cultivo y mantenimiento de la propiedad. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a
hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Hacienda Ganadera Las Trifulcas S. A.
Expediente N° 20-000304-0642-CI. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Agrario de
Puntarenas.—Licda. Dayana Mercedes Rodríguez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574290 ).
Se
hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000186-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Viviana Eugenia Barrantes Fallas quien es mayor, estado civil casada,
vecina de Puerto Jiménez , portadora de la cédula de identidad vigente que
exhibe número uno-mil cuarenta-ochocientos ochenta y tres, profesión oficios
del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno
para conservación. Situada en el distrito Segundo de Puerto Jimenez, cantón
Séptimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Segura
Paniagua; al sur, con calle pública; al este, Marvín Sánchez Barrios; y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos veintisiete mil doscientos
cuarenta y tres cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
6-2095180-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de
colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria,
promovida por Viviana Eugenia Barrantes Fallas. Expediente N°
20-000186-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Sur (Corredores), Corredores, 25 de febrero del 2021.—Licda.
Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574350 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-
000226-0295-CI donde se promueve información posesoria por parte de Alexander
Martin Álvarez Villalobos quien es mayor, soltero, vecino de El Poró de Grecia,
portador de la cédula número 0203920219, profesión Comerciante, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de
patio, jardín y una casa. Situada en el Distrito Siete Puente de Piedra, Cantón
Tercero Grecia. Colinda: al noreste con Identificador Predial número dos cero
tres cero siete cero tres dos uno ocho nueve cero cero cero, perteneciente a
Carlos Gerardo García Salas. Noroeste: Calle pública con un frente a ella de
ocho metros con trece centímetros. Sureste: Calle pública con un frente a ella
de nueve metros con veintiocho centímetros. Suroeste: Identificador predial
número dos cero tres cero siete cero tres uno cinco tres nueve nueve cero cero,
perteneciente al mismo actor Alexander Martín Álvarez Villalobos. Mide: ciento
ochenta y ocho metros cuadrados, según Plano Catastrado número A-dos dos ocho
cinco cinco siete nueve-dos mil veintiuno, de fecha 15 de junio de 2021. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de Seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Alexander Martin Álvarez
Villalobos. Expediente Nº:19-000226-0295-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil). Hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con catorce minutos del nueve de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza
Decisora.—1 vez.—( IN2021574500 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000178-0297-CI donde se promueve información posesoria por parte de Julio
Cesar Avellán Rodríguez quien es mayor, estado civil soltero,
vecino de Los Chiles, de los Tribunales de Justicia 10 metros al oeste y
doscientos metros al norte, portador de la cédula número 0111300113, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, terreno para
construir. Situada en el distrito de Los Chiles, cantón de Los Chiles. Colinda:
al norte, con calle pública con una medida lineal
frente a calle pública de 14.61 metros lineales; al sur, con Angela
Rodríguez Rodríguez y Julio Cesar Agusto Avellán
Rodríguez; al este, servicios contables y al oeste, con Carlos Barrilla Solano.
Mide: 253 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble fue mediante donación verbal que le hiciere su padre
Cesar Augusto Avellán Armas, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en cuido y mantenimiento de terrenos. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Julio Cesar Avellán Rodríguez. Expediente Nº 21-000178-0297-CI-6. Nota:
Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con siete minutos del
treinta de abril del dos mil veintiuno.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2021574708 ).
Se
hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000259-0930-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Jessica
María Gómez Zúñiga, quien es mayor, estado civil
divorciada, vecina de Pococí, Roxana, San Antonio, setenta y cinco metros oeste
y doscientos setenta y tres metros al sur del CINDEA, portadora de la cédula
número 0701800001, profesión oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar sin
construcciones. Situada en el distrito cuarto Roxana, cantón segundo Pococí.
Colinda: al norte, con Francisco Ruíz Martínez; al sur, con Álvaro Gómez Berrocal; al este, con Álvaro Gómez Berrocal y servidumbre de paso de cuatro
metros y al oeste, con Francisco Ruíz Martínez. Mide: quinientos sesenta y dos
metros cuadrados, según plano catastral L-2181217-12020. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón
de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria por más de
veinte años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento cercas, zonas
verdes y chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Jessica María Gómez Zúñiga, expediente N° 21-000259-0930-CI-0.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 07 de
julio del año 2021.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2021574738 ).
Se
hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000307-0386-CI
donde se promueve información posesoria por parte de Jesús Bonifacio Romero Díaz
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de quesadaestrella@yahoo.com,
portador de la cédula número 0502140953, profesión Jardinero, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito: Cañas Dulces, cantón Liberia.
Colinda: al norte, con Erick Padilla Córdoba; al sur, con
calle pública; al este, con Juana Sánchez Quirós y al oeste, con
Juan Gerardo Romero Díaz. Mide: seiscientos
cuarenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cero colones con veintiún
céntimos colones. Que adquirió dicho inmueble Mercedes Rodríguez Ortiz, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en sembrar árboles
frutales, mantener en buen estado las cercas, cortar el zacate y en general dar
mantenimiento a la propiedad, asimismo, a la fecha ya he construido 3
edificaciones pequeñas destinadas para la habitación de mi familia. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Jesús Bonifacio Romero Díaz, expediente N° 20-000307- 0386-CI-3.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
civil), 24 de mayo del año 2021.—Licda. Brenda Celina Calvo de La O, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021574830 ).
Se
hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000309-0386-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de María
Marina Viales Viales, quien es mayor, estado civil viuda de primeras nupcias,
vecina de Liberia, Barrio Condega, del Salón Comunal doscientos metros oeste y
75 metros al sur, portadora de la cédula número 0900520635, profesión oficios
domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Liberia,
cantón Liberia. Colinda: al norte con: Flor Cristina Betancourth Díaz; al sur
con: Marco Peña Guido; al este con: Adina Rojas Alvarado; y al oeste con: calle
pública con frente de siete metros cincuenta y dos centímetros. Mide: ciento
veintiuno metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diecinueve millones novecientos
sesenta y nueve colones con sesenta y un céntimos colones. Que adquirió dicho
inmueble por adjudicación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio
y asistir el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por María Marina Viales Viales. Expediente N° 20-000309-0386-CI-2.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Civil), 25 de mayo del año 2021.—Licda. Karina Alexandra Pizarro García,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021574879 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Guillermo Serrano Sánchez, mayor, casado una
vez, agricultor, vecino de Bajo de Abarca, Capellades, Alvarado de Cartago,
cédula tres-trescientos cincuenta y dos-setecientos veintidós, a las ocho horas
del ocho de julio del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de Hugo Serrano
Sánchez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Bajo de Abarca,
Capellades, Alvarado de Cartago, con cédula de identidad número tres-ciento
sesenta y cinco-doscientos ocho, fallecido el cuatro de mayo de dos mil quince.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Atenas, costado sur
de los Tribunales de Justicia, Centro Comercial Plaza la fuente local seis
(Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Lic.
Ronald Francisco Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—( IN2021574110 ).
Por
expediente número EXP 0055-2021, de techa catorce de julio del dos mil veintiuno atas ocho horas, se ha iniciado el proceso
sucesorio notarial del señor: Raúl Gerardo Alpízar Murillo, quien fuese mayor casado una vez, cédula: uno-cuatrocientos diecinueve- doscientos
veintiuno, vecino de Colima de Tibás, de la iglesia San Bruno, cincuenta metros
oeste y veinticinco metros al norte casa a mano derecha, pensionado, fallecido
el veintitrés de mayo del dos mil veintiuno. Lugar del suceso: San José-Central-Uruca-Uruca, cita de defunción uno cero seis cuatro seis cuatro cero seis cero ocho uno dos, y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
notarial de quien en vida fue Raúl Gerardo Alpízar Murillo. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Max Aguilar Rodríguez, cita en San José San Juan de
Tibás de la iglesia trescientos metros al sur edificio a mano izquierda.
Teléfono ochenta y tres veintiocho sesenta y nueve trece.—Lic.
Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2021574114 ).
Se
hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Odilie Josefina Isabel Acuña Hernández, mayor, estado
civil Viuda, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0400600510 y Rubén Tomas Jimenez Solís, mayor, estado civil casado, jubilado,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0101500670, ambos vecinos
de San José, Goicoechea, Guadalupe 300 metros sur de la Cruz Roja, casa N°
378.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Expediente Nº 21-000430-0180-CI-2.—Juzgado Primero Civil de San
José, 24 de junio del 2021.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2021574121 ).
A
solicitud del albacea y heredera de quien en vida fuera su tío abuelo Guillermo
Enrique Quirós Azofeifa, mayor, divorciado, comerciante, con cédula
de identidad N° 1-328-633 y de ultimo domicilio en San José, Mora, Villa Colón, Hacienda El Rodeo, se avisa que se ha iniciado el
trámite su sucesión notarial, y que la heredera ha
aceptado la herencia. Cualquier persona que tenga interés en este sucesorio
deberá apersonarse en las oficinas de la notaria pública
Licenciada Ania Bonilla Rivas, dentro de los 15 días siguientes de la
publicación de este aviso, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2020. Notaría del Bufete de
la Licda. Ania Bonilla Rivas.—Licda. Ania Bonilla
Rivas, Notaria.—1 vez.—( IN2021574123 ).
Se
hace saber que esta notaria, está tramitando el proceso sucesorio de quien
fuera Efigenio Ramon Obando Zelaya, quien era mayor, casado una vez,
constructor, cedula de identidad número siete cero cero cuarenta y siete mil
ciento ochenta y uno, vecino de Delias de Garza, Nosara, Guanacaste, se cita y
emplaza a todos los interesados que dentro del plazo de 15 días contados a
partir de su publicación comparezca a hacer valer sus derechos, con
apercibimiento a aquella que crean tener derecho a la herencia de que si no se
apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Para efectos de
recibir notificaciones, en mi Bufete ubicada en Nicoya, Guanacaste 120 metros
al norte del área de salud de Nicoya. Expediente N° 004-2021(F).—Licda. Ana Cristina Arce Sequeira, Notaria.—1 vez.—(
IN2021574130 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó
María Clara Vega Vega, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N°
cinco-cero sesenta y cinco-doscientos ochenta y siete, vecina de San Martín de
Nicoya, setenta y cinco metros este, cincuenta metros sur del Ebais, para que,
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2021-27025, Notaría de
la Licda. Ana Yansy Ramírez Chavarría.—Licda. Ana
Yansy Ramírez Chavarría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021574135 ).
Se
hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Carlos Manuel Reyes Reyes, mayor, estado civil casado,
profesión u oficio: Operario, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad 0602490859 y vecino de Palmar Sur de Osa. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:21-000004-0423-CI-9.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia
Civil), 15 de febrero del año 2021.—Licda. Maureen María Robinson Rosales,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021574166 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Hernán Villalobos Salas, cedula
seis-cero ochenta y cuatro-cero setenta y seis, a las once horas del
veinticuatro de julio de dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de la
señora Elsi María Sánchez Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina
Pedregoso, San Isidro, Pérez Zeledón, cédula uno-cuatrocientos setenta y
cinco-ochocientos ochenta, fallecido el trece de junio de dos mil diecinueve en
San Isidro de El General, Pérez Zeledón. Se declarada abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
licenciada Sandra Cubillo Díaz.—San Isidro, Pérez
Zeledón, 10 de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1
vez.—( IN2021574167 ).
Se
hace saber que en la notaría de la Licenciada Ana
Lorena Castro Corrales, sita ciento cincuenta metros al oeste de Correos de
Costa Rica, Alajuela, correo electrónico: analorena_c@yahoo.com, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó: José Manuel Carlos López Porras,
quien fue mayor, casado dos veces, Técnico Fotomecánico, portador de la cédula
de identidad número cinco-cero cero nueve cero-cero cero siete dos, cuyo último
domicilio fue en la ciudad de Escazú, San José, seiscientos metros al sur y
cincuenta metros al oeste de la entrada principal de la Iglesia Católica,
fallecido en San José, el diez de marzo de dos mil cuatro. Se cita a los
sucesores, legatarios, acreedores y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto a reclamar sus
derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren en tiempo y forma, la
herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Alajuela,
10 de agosto de 2021.—Licda. Ana Lorena Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—(
IN2021574174 ).
Se
hace saber que, en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Jose Enrique Duarte García, quien en vida
gozaba de las siguientes calidades: mayor, casado una vez, pensionado, con
cédula de identidad cinco-cero sesenta-cinco ochenta y nueve, y Silvia
Castañeda Camareno, mayor, ama de casa, de la cédula de identidad cinco cero
cincuenta nueve siete tres dos, ambos vecinos de la Guinea de la Escuela cien
metros oeste y cien sur. Se cita los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, por lo cual, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quién corresponda. Expediente N° cero cero seis-dos mil veintiuno del
licenciado Noel Claudio Gutiérrez Zúñiga, con oficina abierta en Filadelfia,
Carrillo, Guanacaste, del costado sur-este de la Iglesia Católica cien metros
al sur.—A las once y treinta minutos horas del cinco
de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Noel Claudio Gutiérrez Zúñiga, Notario.—1
vez.—( IN2021574183 ).
Se
hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó: Stanley Dixon Dixon, mayor, soltero, costarricense, con
documento de identidad N° 700230409 y vecino de Limón, barrio Cieneguita. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente N° 20-000082-0678-CI-0.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 15 de marzo del 2021.—Licda. Adriana Magally
Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2021574195 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Mario Rafael Montero
Calvo, quien fue casado en primeras nupcias, asesor legal, vecino de Heredia,
Central, San Francisco, Guararí, Proyecto El Carao, casa número ciento setenta
y cinco, portador de la cédula de identidad número 1-0599-0416, fallecido el
día 2 de marzo de 2021, para que en el plazo de 15 días, contados a partir de
la publicación de este Edicto, comparezcan a aceptar la herencia y hacer valer
sus derechos; del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente Número: 006–2021. Notaría del Licenciado Alfonso
Víquez Sánchez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021574198
).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Santos Marcelo
Vallejos Vallejos, quien fuera mayor, casado una vez, operador de maquinaria
pesada, cédula
número cinco-cero ochenta y ocho-ciento cuarenta y tres; y María Fermina Mayra Duarte Duarte, quien fuera mayor, ama
de casa, cédula
número cinco-ciento diecinueve-doscientos treinta y siete, para que, dentro del
plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará
a quien corresponda. Se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente
notarial N° 0001-2021, tramitado como
proceso sucesorio en la notaría del Lic. Greivin Cortés Bolaños, ubicada en
Liberia centro, segundo piso del Centro Comercial El Bambú.—Liberia,
06 de agosto del 2021.—Lic. Greivin Cortés Bolaños, carné N° 8333, Abogado y Notario.—1 vez.—(
IN2021574203 ).
Se
hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Luis Eduardo Torres Soto, mayor, estado civil soltero,
profesión u oficio perito tasador, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad N° 0106670407 y vecino San José. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
21-000431-0182-CI. Nota: Publíquese por única vez en el Boletín Judicial
de la Imprenta Nacional, de conformidad con el artículo 126.3 del Código
Procesal Civil.—Juzgado Tercero Civil de San José,
11 de julio del año 2021.—M.Sc. Isabel Alfaro Obando, Jueza.—1
vez.—( IN2021574205 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Teresa de Jesús Sequeira
Carrillo, Bryan Raúl García Sequeira, Nathalie Daniela García Sequeira, Rolando
Daniel García Sequeira y Ligia Elena García Sequeira, a las once horas del once
de agosto del año dos mil veintiuno, comprobado el fallecimiento de Rolando
Daniel García Reyes, mayor de edad, casado una vez, operador de instrucción,
vecino de San José, Tibás, León Trece, Urbanización Garabito, Alameda uno, casa
número quinientos treinta y cuatro, con cédula de identidad número cinco- cero
doscientos veintisiete- cero ochocientos diecinueve, esta Notaría ha declarado
abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría de la Licenciada Beleida Vidaurre Salazar, Santa Rita de
Nandayure Guanacaste, cien metros norte del Centro Agrícola de Nandayure,
teléfono 88611073. Once de agosto de dos mil veintiuno.—Licda.
Beleida Vidaurre Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2021574212 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de las personas menores de Edad Yendal Jordany Bolaños
Hernández y Keisha Brigitte Hernández Álvarez, para que se apersonen a este
Juzgado Dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000580-0292-FA. Clase de Asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas catorce minutos del
nueve de junio de dos mil veintiuno, 09 de junio del año 2021.—Licda. Jorleny
María Murillo Vargas.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021573985 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Mariana De Los
Ángeles Pérez López, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N° 21- 000921-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, a las trece horas treinta y seis minutos del cinco de agosto
de dos mil veintiuno, 05 de agosto del año 2021.—Msc. José Miguel Fonseca
Vindas, Juez.—O.C. N° 364-12-2021.— Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021573986 ). 3 v.
3.
Se
hace saber a quien interese que, ante este Juzgado y bajo el expediente número
21-000582-0187-FA se tramita la Solicitud de autorización de adopción de mayor
de edad que en conjunto promueven Juan Guillermo Laporte Elizondo, Laura María
Saravia Quesada y Emma Fernanda Laporte Cruz. A quienes tengan interés directo
se les confiere el plazo improrrogable de cinco días que mediante escrito
formulen su oposición si así lo consideren necesario, debiendo con ello exponer
en forma precisa los motivos de su inconformidad y ofrezcan prueba que
fundamente sus alegatos, previniéndoseles que deberán indicar medio
(fax/casillero/correo electrónico) para recibir notificaciones, bajo el
apercibimiento que en caso de omisión las futuras resoluciones que se dicten se
les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia producirá para ambas partes si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causa ajenas al Despacho. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél
en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de
Familia del Primer Circuito Judicial de San José, dos de julio de dos mil
veintiuno.—Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021574263 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Michael Eduardo Zúñiga Cruz,
mayor, soltero, ocupación servicio al cliente , cédula de identidad número
0504250569, vecino de San Rafael de Alajuela, hijo de Ivannia Cruz Gazo y
Wilfredo Zúñiga Obando, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 13/01/1999, con
22 años de edad, y Jocelyn María Sancho Chaves, mayor, Soltera, ama de casa,
cédula de identidad número 0208030540, vecina de San Rafael de Alajuela , hija
de Estela María Chaves González y Gerardo Sancho Solís, nacida en Centro
Central Alajuela, el 27/04/2000, actualmente con 21 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº21-000983-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha, 26 de
mayo del año 2021.—Msc. Jenniffer De Los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021574039 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Anderson
Esteban Torres González, mayor de edad, soltero, ayudante de construcción,
cédula de identidad número 3-0502-0750, vecino de Cartago proyecto Manuel de
Jesús Jiménez casa O-142, hijo de Marcela González Delgado y Alexander Torres
Araya, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 01/06/1997, con 22 años de
edad, y Danixia Granados Needham, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula
de identidad número 3-0527-0032, vecina de igual a la anterior, hija de Rosa
Irene Needham González y José Francisco Granados Valverde, nacida en Oriental,
Central, Cartago, el 05/09/2000, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-001185-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 28 de mayo del año
2020.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574064 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Ronny Ruiz Obando, mayor, Soltero, chofer, cédula de
identidad número 0502570029, vecino de Alajuela, Tambor , Rincón del Cacao,
hijo de Clarisa Obando Mendoza y Fausto Ruiz Obando, nacido en San Antonio
Nicoya Guanacaste, el 11/09/1969, con 51 años de edad, y María Lidieth López
Alvarado, mayor, Soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0601690951,
vecina de Alajuela, Tambor, Rincón del Cacao, hija de Ramona Bernarda Alvarado
Alvarado y Luis López García, nacida en Ario Central Puntarenas, el 07/10/1962,
actualmente con 58 años de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº21-001173-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, Alajuela, fecha, 09 de agosto del año 2021.—Lic. José Miguel
Fonseca Vindas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574071 ).
Han
comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil: Fabián Alfonso Solano Ramírez, mayor, soltero,
electricista, cédula de identidad N° 0304450629, vecino de San Blas de Cartago,
200 metros al oeste y 25 metros al norte de la escuela de la localidad, hijo de
Olga Ramírez Garita y Mario Alfonso Solano González,
nacido en Oriental, Central, Cartago, el 07/06/1990, con 31 años de edad, y
Heizel de Los Ángeles Solano Fuentes, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad N° 0304780003, vecina de San Blas de Cartago,
200 metros oeste y 25 metros norte de la escuela de la localidad, hija de María del Socorro Fuentes Cantillo y Jesús Antonio Solano
Corrales, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 08/04/1994, actualmente con
27 años de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este
despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-001733-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 07 de julio del 2021.—Licda. Mariam Calderón Villegas, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574074 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Nelson Martín Camacho Navarro, mayor de edad, soltero, peón en
construcción, cédula de identidad número 1-1106-0330, vecino de La Unión, Tres
Ríos, Concepción, de la Irex 800 metros al norte y 300
al oeste, casa color blanco con verjas negras, hijo de Lilliam Amable Navarro
Cerdas y Juan Ramón Camacho Marín, nacido en Carmen,
Central, San José, el 07/06/1981, con 40 años de edad; y Vilma María Bolaños López, mayor de edad, divorciada de Hernán Hernández Solís, el 01/06/2018, en
Cartago, oficios domésticos, cédula de identidad número 1-0830-0254, vecina de
igual a la anterior, hija de Vilma Cecilia López Barboza y Gilberto Bolaños Solís, nacida en Hospital, Central, San José, el
26/06/1972, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002006-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 09 de
agosto del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574075 ).
Se
le hace saber a las partes interesadas que en esta notaría, se tramitan
diligencias de matrimonio civil, que promueven el señor Ramón Efraín Sevilla
Suarez, mayor de edad, soltero en unión de hecho, oficial de seguridad privada,
con cédula de residencia permanente número: 155808316936, nacido en la
República de Nicaragua, en Municipio: Rivas, Departamento Rivas, el día 31 de
agosto de 1962, por lo que actualmente tiene 58 años de edad cumplidos, hijo de
Víctor Manuel Juárez de una solo apellidos por razón de su nacionalidad, de
nacionalidad nicaragüense, quien es su padre, e hijo de Neri Felipa Sevilla
Calero, de nacionalidad nicaragüense, quien es su madre, y la otra contrayente
Angela del Socorro Aragón Guadamuz, mayor de edad, soltera en unión libre,
oficios doméstico, con cédula de residencia número:155805215534, nacido en la
República de Nicaragua, en Municipio: Rivas, Departamento Rivas, el día 22 de
setiembre de 1959, por lo que actualmente tiene 61 años de edad cumplidos, hija
de Felipe Aragón Argueta, de nacionalidad nicaragüense, quien es su padre, e
hijo de María del Carmen Guadamuz Diaz, de nacionalidad nicaragüense, quien es
su madre, ambos contrayentes son vecinos de la provincia de San José, cantón de
Goicoechea, distrito Purral, Sector ochenta y cinco, Barrio el Rosario, casa
número: cincuenta, y de nacionalidades Nicaragüenses. De conformidad con el
artículo 25 del Código de Familia, se concede el plazo de ocho días naturales a
partir de la publicación del presente para que se presenten ante el notario de
Luis Alcides Salazar Jara, situada en la provincia de San José, cantón de
Goicoechea, distrito Guadalupe, del cruce a Moravia, trescientos metros al
este, contiguo al Bar Minerva, portón café. Teléfono: 8340-8525, deberán
manifestar si los futuros contrayentes tienen algún impedimento para unirse en matrimonio.—San José, 09 de agosto del 2021.—Lic. Luis Alcides Salazar, Jara.—1 vez.—( IN2021574157 ).
Se tiene por presentada la
Acción Civil, de conformidad con el artículo 113,115 del Código Procesal Penal,
se le da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al codemandado
civil: Carlos Joseph Fonseca Bonilla, cédula de identidad 4-0215-0557, en su
calidad de demandado civil, por el término de tres días hábiles, para lo que en
derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en
el Boletín Judicial, de conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 19-001884-0369-PE, proceso
penal seguido contra Joseph Fonseca Bonilla, por el delito de Lesiones Culposas
(Ley de Tránsito), cometido en perjuicio de Manuel Arroyo Herrera. Comuníquese.—Fiscalía de Heredia, al ser las once horas
cincuenta minutos del once de agosto del dos mil veintiuno.—Fiscalía de
Heredia.—Licda. Sianny Rodríguez Ocampo, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021574226 ).
En
la sumaria N° Único
21-001372-0305-PE, por receptación en contra de Alex Manuel Rodríguez Loría, en
perjuicio de la administración de justicia , y de conformidad con el artículo 7
de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez
la resolución de las “veinte horas veintiséis minutos del
veintiuno de julio del dos mil veintiuno” a Randal Gerardo Salas Rodríguez,
cédula N° 2-0595-0368, o a quien acredite con documentación idónea ser el dueño
del bien mueble, la devolución del vehículo MOT 368247, año: 2014, con el número de marco LZSPCJLG6E1900888; así mismo cuenta con el plazo de un mes a partir de esta
publicación, en caso de no presentarse se ordenara la donación a favor del
estado. Este edicto de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín
Judicial. Es todo.—Juzgado Penal del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, al ser las 09/08/2021.—Msc. Yendry Durán
Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021574234 ).
Fiscalía
de Heredia, al ser las nueve horas del día miércoles once de agosto del dos mil veintiuno. De conformidad con el artículo 113, 115 del
Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente Acción Civil
Resarcitoria al tercero civilmente demandado: María de la Soledad Rovira
Cuervo, documento de identidad: XDC724539, en su calidad de tercero civilmente
demandado, por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho
corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-002219-0369-PE, proceso penal seguido contra
Juan Gabriel Piedra Soto, por el delito de Falsedad Ideológica, cometido en
perjuicio de La Fe Pública. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta de Heredia.—Lic. José Pablo Murillo Quirós, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021574352 ).
Fiscalía
de Heredia, al ser las nueve horas del día Miércoles once de agosto del dos mil veintiuno. De conformidad con el artículo 113, 115 del
Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente Acción Civil
Resarcitoria al tercero civilmente demandado: María De La Soledad Rovira
Cuervo, documento de identidad: XDC724539, en su calidad de tercero civilmente
demandado, por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho
corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín
Judicial, de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría
de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos”. Expediente 20-002219-0369-PE, proceso penal seguido contra Juan
Gabriel Piedra Soto, por el delito de Falsedad Ideológica, cometido en
perjuicio de La Fe Pública. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta de Heredia.—Lic. José Pablo Murillo Quirós, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021574353 ).