BOLETÍN JUDICIAL 148 DEL 04 DE AGOSTO DEL 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión número 18-2021 celebrada el 04 de marzo del 2021, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Materia Penal del año 2007 y 2017 del Juzgado Penal de Sarapiquí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: P 500 H 07, Expedientes: 406, Paquetes: 56, Año: 2007, Asunto: Penales Varios 7 Daños, 8 Uso Documento Falso, 1 Invasión Área de Protección, 11 Retención Indebida, 2 Homicidios, 1 Privación de Libertad, 1 Incumplimiento del Deber Alimentario, 1 Libramiento de Cheque sin Fondos, 2 Violación, 1 Sustracción de Menor e Incapaz, 8 Receptación, 8 Infracción Ley de Armas, 31 Hurto, 2 Obstrucción Vía Pública, 1 Tentativa de Violación, 1 Abandono de Incapaces, 1 Resistencia Agravada, 16 Desobediencias, 13 Violación de Domicilio, 5 Lesiones Culposas, 10 tala Ilegal y Aprovechamiento de Madera, 1 Perjurio, 6 Portación Ilegal de Armas, 5 Amenazas Agravadas, 3 Amenazas, 10 Hurto Agravado, 2 Lesiones Graves, 1 Apropiación Irregular, 1 Incumplimiento de Medida de Protección, 2 Permanencia y Venta de Licor a Menor, 8 Estafa, 13 Resistencia a la Autoridad, 2 Accionamiento de Arma, 2 Falsificación de Señas y Marcas, 1 Agresión Psicológica, 1 Agresión Calificada, 1 Falsedad Ideológica, 4 Violencia Doméstica, 1 Allanamiento Ilegal, 13 Desobediencia a la Autoridad, 5 Infracción Ley de Migración, 10 Lesiones Leves, 11 Abandono y Descuido de Animales, 4 Abuso de Autoridad, 1 Trata de Personas, 1 Transporte Ilegal de Madera, 2 Infracción Ley Psicotrópicos, 14 Tenencia de Armas Prohibidas, 1 Tráfico de Personas, 1 Estelionato, 2 Homicidio Culposo, 17 Robo Agravado, 25 Robo Simple, 14 Usurpación, 45 Agresión con Arma, 44 Infracción Ley Forestal, 1 Falsedad Ideológica, 1 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre.  Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 394, Paquetes: 53, Año: 2007, Asuntos: 1 Circulación de Moneda Falsa, 5 Hurto Agravado, 7 Daños, 6 Averiguar Desaparición, 15 Uso Documento Falso, 5 Amenazas, 5 Abandono Dañino de Animales, 3 Homicidio Culposo, 13 Otros, 40 Tenencia de Drogas, 1 Atípico, 6 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 1 Usurpación, 1 Ignorado, 1 Corrupción, 1 Coacción, 1 Denuncia Calumniosa, 1 Estelionato, 2 Privación de Libertad, 1 Permanencia y Venta de Licor a Menor, 4 Estafas, 20 Robo Simple, 4 Violación de Domicilio, 3 Infracción Ley Derecho de Autor, 2 Homicidios, 1 Incumplimiento de Deberes Funcionario Público, 1 Infracción Ley Caza y Pesca, 1 Abuso de Potestad, 1 Accionamiento de Arma, 1 Abuso Sexual contra Mayor de Edad (tentativa), 2 Suicidios, 1 Corrupción Agravada Menor, 3 Amenazas Agravadas, 1 Falsedad Ideológica, 1 Falso Testimonio, 10 Usurpación, 1 Venta de Artículos Peligrosos a Menor de Edad, 23 Infracción Ley Forestal, 18 Agresión con Arma, 12 Hurto Simple, 2 Abandono de Menor o Incapaz, 39 Retención Indebida, 32 Averiguar Muerte, 10 Lesiones Culposas, 8 Sustracción e Menor o Incapaz, 3 Simulación de Delito, 4 Abuso de Autoridad, 7 Robo Agravado, 9 Receptación, 8 Lesiones, 3 Infracción Ley de Migración, 23 Violencia Doméstica, 20 Desobediencia. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 501 H 08, Expedientes: 308, Paquetes: 42, Año: 2008, Asunto: Penales Varios (7 Daños, 10 Infracción Ley Caza y Pesca, 5 Infracción Ley de Conservación Vida Silvestre, 20 Desobediencia, 10 Usurpación, 8 Robo, 11 Receptación, 5 Averiguar Muerte, 34 Retención Indebida, 6 Robo Agravado, 34 Agresión con Arma, 21 Portación Ilícita de Arma, 5 Hurto, 9 Infracción Ley de Armas, 4 Uso Documento Falso, 4 Estafa, 3 Amenazas Agravadas, 12 Tala Ilegal y Aprovechamiento de Madera, 6 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 2 Transporte Ilegal de Madera, 13 Lesiones Leves, 9 Violencia Doméstica, 2 Descuido de Animales, 2 Abuso de Autoridad, 1 Accionamiento de Arma, 5 Violación de Domicilio, 4 Resistencia a la Autoridad, 2 Sustracción de Menor o Incapaz, 7 Incumplimiento de Medidas, 1 Falsedad Ideológica, 2 Violación, 1 Incumplimiento del Deber Alimentario, 1 Tenencia y Portación Ilegal de Arma, 1 Difusión de Pornografía, 1 Lesiones Graves, 4 Lesiones Culposas, 3 Estelionato, 2 Falsificación Señas y Marcas, 23 Infracción Ley Forestal, 1 Aprovechamiento Ilegal de Recursos Naturales, 3 Hurto Agravado, 2 Homicidios Culposos, 1 Tentativa de Robo, 1 Fraude Informático. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 727, Paquetes: 68, Año: 2008, Asuntos: 53 Retención, 7 Incumplimiento de Medidas, 1 Proxenetismo, 1 Libramiento de Cheque sin Fondos, 1 Violación, 9 Maltrato, 2 Abandono Dañino de Animales, 1 Extorción, 14 Infracción Ley de Migración, 50 Infracción Ley Psicotrópicos, 16 Usurpación, 3 Amenazas, 10 Uso de Documento Falso, 24 Desobediencia, 12 Daños, 1 Extracción Ilegal de Materiales, 5 Portación Ilegal de Armas, 1 Administración Fraudulenta, 4 Sustracción de Menor, 2 Amenazas Agravadas, 1 Explotación Ilegal de Material Minero, 1 Agresión y Otro, 2 Falsedad Ideológica, 5 Lesiones Culposas, 1 Secuestro, 1 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 29 Agresión Con Arma, 1 Incumplimiento de Contrato, 1 Tenencia de Armas Prohibidas, 2 Estafa, 2 Homicidio Culposo, 1 Suicidio, 14 Averiguar Desaparición, 1 Cambio Uso de Suelo, 1 Corrupción, 1 Infracción al Fisco, 7 Violencia Emocional, 1 Estelionato, 1 Privación de Libertad, 3 Violación de Domicilio y Otros, 1 Penalidad del Corruptor, 5 Abuso de Autoridad, 21 Hurto, 4 Infracción Ley de Armas, 3 Infracción Ley Adulto Mayor, 13 Otros, 17 Maltrato, 1 Libramiento de Cheque sin Fondos, 18 Violencia Doméstica, 1 Amenaza contra Mujer, 1 Infracción Ley Derecho Autor, 29 Robo Agravado, 19 Hurto Agravado, 5 Resistencia a la Autoridad, 23 Receptación, 28 Infracción Ley Forestal, 39 Averiguar Muerte, 2 Atípico, 16 Falsificación Señas y Marcas, 1 Estafa Mediante Cheque, 2 Ignorado, 2 Homicidios, 11 Uso Documento Falso, 3 Tentativa de Suicidio, 15 Robo Simple, 141 Tenencia de Droga, 13 Lesiones Leves. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 501 H 09, Expedientes: 499, Paquetes: 47, Año: 2009, Asunto: Penales Varios (8 Lesiones Leves, 19 Hurto Simple, 16 Robo Simple, 31 Agresión con Arma, 30 Portación Ilícita de Arma Permitida, 20 Retención Indebida, 32 Infracción Ley Tránsito, 13 Lesiones Culposas, 12 Infracción Ley de Armas, 30 Incumplimiento Medidas de Protección, 14 Usurpación, 37 Conducción Temeraria, 43 Infracción Ley Forestal, 67 Violencia Doméstica, 4 Amenazas contra Mujer, 4 Amenazas con Arma y Amenazas, 4 Amenazas Agravadas, 3 Transporte Ilegal de Madera, 3 Agresión Arma, 3 Agresión Calificada, 8 Violación de Domicilio, 1 Circulación de Moneda Falsa, 1 Falsificación de Señas y Marcas, 1 Falsedad Ideológicas, 1 Tenencia de Arma, 12 Daños, 3 Hurto Agravado, 3 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 7 Robo Agravado, 1 Privación de Libertad, 1 Resistencia a la Autoridad, 3 Libramiento de Cheques sin Fondos, 1 Infracción Ley de Licores, 1 Abuso de Autoridad, 1 Administración Fraudulenta, 9 Infracción Ley Caza y Pesa, 8 Estafa, 2 Estafa Mediante Cheque, 7 Infracción Ley de Conservación Vida Silvestre, 1 Invasión Zona de Protección, 5 Receptación, 4 Resistencia a la Autoridad, 1 Hurto de Uso, 11 Desobediencia a la Autoridad, 1 Infracción al Medio Ambiente, 4 Tala Ilegal, 1 Sustracción de Menor 1 Infracción Ley de Sicotrópicos, 1 Tenencia de Droga, 3 Robo Agravado (Tentativa), 2 Venta de Droga. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 1485, Paquetes: 68, Año: 2009, Asuntos: 33 Lesiones Culposas, 15 Venta de Drogas, 9 Sustracción de Menor o Incapaz, 19 Lesiones, 22 Usurpación, 20 Robo Agravado, 30 Incumplimiento de una Medida de Protección, 62 Robos, 73 Retención Indebida, 114 Violencia Doméstica, 1 Abuso Patria Potestad, 62 Hurtos, 36 Averiguar Muerte, 77 Receptación, 29 Amenazas, 446 Tenencia de Droga, 2 Infracción Ley Adulto Mayor, 9 Infracción Ley derecho Autor, 6 Desobediencia, 6 Hurto Agravado, 6 Amenazas Agravadas, 1 Permanencia de Menores, 1 Cambio de Uso de Suelo, 1 Conducción Temeraria, 1 Difusión de Pornografía, 1 Infracción Ley Código Fiscal, 3 Libramiento Cheque sin Fondos, 3 Infracción Conservación Ley Vida silvestre, 8 Infracción Ley Caza y Pesca, 6 Infracción Ley Migración, 1 Usurpación de Bienes, 16 Violación, 55 Agresión con Arma, 60 Falsificación Señas y Marcas, 1 Falsificación de Moneda, 5 Otros, 9 Circulación Moneda Falsa, 14 Averiguar Desaparición, 27 Amenazas contra Mujer, 1 Sustracción de Menor, 1 Retención de la Caja, 3 Atípico, 2 Falsedad Ideológica, 1 Agresión Calificada, 3 Infracción Ley Tránsito, 2 Suicidio Tentativa de), 9 Portación Ilícita de Arma, 2 Abandono de Incapaces, 1 Corrupción de Menores, 1 Homicidio Tentativa de), 18 Infracción Ley Forestal, 5 Abuso de Autoridad, 4 Violación de Domicilio, 6 Infracción Ley Psicotrópicos, 9 Infracción Ley de Armas, 1 Privación de Libertad, 1 Administración Fraudulenta, 7 Homicidio Culposo, 17 Agresión, 6 Amenazas con Arma, 22 Uso Documento Falso, 3 Tala Ilegal de Madera, 15 Estafa, 6 Resistencia a la Autoridad, 2 Proxenetismo, 1 Infracción Ley de Aguas, 1 Infracción Ley de Licores, 45 Daños. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 502 H 10, Expedientes: 544, Paquetes: 61, Año: 2010, Asuntos: 33 Agresión con Arma, 11 Robo Agravado, 10 Uso Documento Falso, 47 Infracción Ley Forestal, 104 Desobediencia, 11 Receptación, 1 Estelionato, 21 Daños, 3 Falsedad Ideológica, 48 Conducción Temeraria, 1 Daños Agravados, 16 Amenazas Agravadas, 1 Daños y Agresión con Arma, 2 Homicidio tentativa de), 1 Daños a La Autoridad, Daños a la Propiedad, 1 Circulación de Moneda Falsa, 2 Sustracción de Menor e Incapaz, 3 Robo, 3 Usurpación, 3 Violación de Domicilio, 1 Infracción Ley Derecho Autor, 1 Desobediencia al Ministerio de Salud, 2 Privación de Libertad, 3 Abuso de Autoridad, 1 Agresión Calificada, 1 Tenencia de Armas Prohibidas y Otros, 1 Tenencia y Portación Ilegal de Armas, 2 Amenazas contra una Mujer y Otros, 1 Amenaza y Privación de Libertad, 2 Amenazas, 2 Invasión Zona de Protección, 49 Portación Ilícita de Arma, 1 Infracción Ley de Migración, 1 Transporte Ilegal de Madera, 1 Libramiento de Cheque sin Fondos, 1 Tala Ilegal, 1 Aprovechamiento Ilegal de Recursos Forestales, 4 Lesiones Culposas, 27 Incumplimiento de Medida, 9 Infracción Ley Caza y Pesca, 4 Estafa, 2 Circulación de Moneda Falsa, 3 Infracción de Ley de Armas, 3 Violencia Doméstica, 1 Peculado, 3 Venta de Drogas, 1 Resistencia a la Autoridad y Daños, 1 Resistencia Agravada, 11 Retención Indebida, 2 Abusos de Patria Potestad, 1 Infracción Ley Forestal Cambio Uso de Suelo, 9 Infracción Ley Vida Silvestre, 1 Apropiación Indebida, 1 Homicidio Culposo, 13 Resistencia a la Autoridad, 9 Lesiones, 2 Falsificación Señas y Marcas, 3 Tenencia de Droga, 27 Hurto, 12 Robo Simple. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme. Expedientes: 1363, Paquetes: 76, Año: 2010, Asuntos: 72 Violencia Doméstica, 2 Apropiación Indebida, 1 Conducción Temeraria, 2 Daños Agravados, 9 Desaparición, 6 Circulación de Moneda Falsa, 47 Daños, 50 Incumplimiento de una Medida de Protección, 9 Otros, 5 Uso Documento Falso, 8 Usurpación, 65 Hurto Agravado, 75 Retención Indebida, 126 Robo Simple, 173 Hurto, 54 Robo Agravado, 4 Falsedad Ideológico, 5 Atípicos, 40 Receptación, 29 Lesiones Culposas, 4 Homicidio Culposo, 1 Penalidad del Corruptor, 1 Favorecimiento, 1 Infracción Ley de Aguas, 1 Fraude de Simulación, 1 Daños Agravados, 2 Tala y Aprovechamiento Ilegal de Madera, 2 Infracción Ley Derecho autor, 1 Infracción Ley Licores, 1 Aborto, 1 Apropiación Irregular, 1 Suministro de Droga, 4 Abandono de Incapaces, 1 Amenazas a Funcionario Público, 1 Cambio de Uso de Suelo, 1 Incendio, 1 Lesiones Graves, 1 Extorción, 1 Transporte Ilegal de Madera, 7 Sustracción de Menor o Incapaz, 1 Agresión, 1 Sustracción Patrimonial, 1 Permanencia de Menor en Lugar no Autorizado, 1 Denuncia Calumniosa, 1 Difusión de Pornografía, 2 Tentativa de Suicidio, 4 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 1 Estelionato, 52 Infracción Ley Forestal, 15 Lesiones, 48 Agresión con Arma, 8 Resistencia a la Autoridad, 5 Infracción Ley Migración, 11 Amenazas, 12 Infracción Ley Caza y Pesca, 6 Infracción Ley Adulto Mayor, 1 Amenaza con Arma, 16 Falsificación Señas y Marcas, 2 Alteración Señas y Marcas, 9 Portación Ilícita de Arma Permitida, 3 Infracción Ley de Armas, 11 Estafa, 10 Violación de Domicilio, 2 Trata de Mujeres y Menores, 1 Estafa Mediante Cheque, 1 Privación de Libertad, 1 Amenaza con Arma, 9 Amenazas Agravadas, 1 Accionamiento de Arma, 20 Desobediencia, 4 Abuso Patria Potestad, 1 Receptación, 31 Averiguar Muerte, 12 abuso de Autoridad, 238 Tenencia de Droga. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 501 H 11, Expedientes: 340, Paquetes: 42, Año: 2011, Asuntos: 9 Receptación, 1 Uso Documento Falso, 1 Maltrato Adulto Mayor y Agresión Psicológica, 1 Maltrato (Violencia contra las mujeres), 2 Infracción Ley de Armas, 6 Amenazas con Arma, 6 Infracción Ley Caza y Pesca, 36 Conducción Temeraria, 11 Desobediencia a la Autoridad, 8 Lesiones Culposas, 1 Falsificación Señas y Marcas, 4 Infracción Ley Vida Silvestre, 38 Agresión con Arma, 2 Tentativa de Robo, 5 Resistencia a la Autoridad, 1 Agresión Calificada, 21 Hurto, 15 Daños, 22 Infracción Ley Forestal, 3 Cambio de Uso de Suelo, 1 Amenazas contra Mujer, 10 Usurpación, 16 Retención Indebida, 1 Estelionato, 27 Portación Ilícita de Arma, 1 Violación de Domicilio, 1 Abuso de Autoridad, 1 Infracción Ley de Minería, 1 Invasión en Zona de Protección, 1 Transporte Ilegal de Madera, 1 Tentativa de Homicidio, 2 Abuso Patria Potestad, 50 Incumplimiento de Medidas, 6 Lesiones, 3 Estafas, 2 Amenazas, 3 Amenazas Agravadas, 14 Robo Simple, 2 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 1 Infracción Ley Senasa, 1 Abandono de Incapaz, 2 Administración Fraudulenta. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme. Expedientes: 1071, Paquetes: 54, Año: 2011, Asuntos: 2 Infracción Ley de Licores, 1 Daño Patrimonial, 5 Privación de Libertad, 1 Sustracción de Menor, 1 Infracción Ley de Migración, 1 Incumplimiento de Medida, 3 Agresión Calificada, 2 Conducción Temeraria, 1 Atípico, 1 Usurpación de Autoridad, 1 Fraude Informático, 1 Invasión en Zona de Protección, 4 Uso de Documento Falso, 1 Estafa Mediante Cheque, 3 Amenazas Agravadas, 1 Sustracción Patrimonial, 2 Infracción Ley Fitosanitaria, 1 Obstrucción Vía Pública, 53 Daños, 22 Falsificación Señas y Marcas, 65 Retención Indebida, 104 Incumplimiento de Medida de Protección, 13 Amenazas, 7 Amenazas con Arma, 3 Averiguar Desaparición, 7 Usurpación, 17 Abuso de Autoridad, 12 Infracción Ley Caza y Pesca, 2 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 8 Desobediencia, 21 Portación Ilícita de Arma, 10 Transporte Ilegal de Madera, 77 Agresión con Arma, 22 Estafa, 75 Tenencia de Droga, 7 Hurto Agravado, 32 Infracción Ley Forestal, 18 Lesiones, 35 Averiguar Muerte, 1 Violación de Sellos, 1 Infracción Ley de Aguas, 35 receptación, 6 Otros, 2 Amenazas contra Una Mujer, 2 Infracción Código de Minería, 5 Accionamiento de Arma, 6 Violación de Domicilio, 2 Amenazas a Funcionario Público, 1 Infracción Ley Derecho Autor, 1 Incumplimiento de Deberes a Terceros, 39 Lesiones Culposas 193 Robos Simples, 116 Hurto. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 500 H 12, Expedientes: 313, Paquetes: 40, Año: 2012, Asuntos: 1 Hurto Agravado, 5 Desobediencia, 11 Infracción Ley Caza y Pesca, 15 Hurto, 1 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 1 Fraude de Simulación, 1 Falsificación Señas y Marcas, 1 Tentativa de Robo, 1 Estelionato, 2 Invasión en Zona de Protección, 9 Infracción Ley Forestal, 1 Simulación de Delito, 1 Administración Fraudulenta, 2 Infracción Ley Migración y Extranjería, 1 Desobediencia a la Autoridad, 7 Lesiones Culposas, 29 Retención Indebida, 32 Portación Ilícita de Arma, 2 Amenazas Agravadas, 3 Resistencia a la Autoridad, 4 Infracción Ley Vida Silvestre, 3 Estafa, 1 Cambio de Uso de Suelo, 5 Transporte Ilegal de Madera, 4 Usurpación, 3 Amenazas, 42 Conducción Temeraria, 28 Incumplimiento Medida de Protección, 16 Daños, 1 Robo Simple en Tentativa de), 2 Amenazas a Funcionario Público, 4 Amenazas con Arma, 1 Privación de Libertad, 1 Abuso de Autoridad, 1 Infracción Código de Minas, 21 Robos, 30 Agresión con Arma, 1 Abandono de Incapaces, 12 Lesiones y Otros, 7 Receptación. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 1330, Paquetes: 54, Año: 2012, Asuntos: 231 Incumplimiento Medida de Protección, 247 Robo Simple, 63 Agresión con Arma, 2 Infracción Ley Código Minería, 1 Falsedad Ideológica, 14 Infracción Ley Caza y Pesca, 35 Falsificación Señas y Marcas, 58 Receptación, 19 Estafa, 172 Hurto, 1 Hurto Agravado, 1 Uso de Documento Falso, 58 Daños, 46 Averiguar Muerte, 64 Retención Indebida, 11 Averiguar Desaparición, 8 Infracción Conservación Ley Vida Silvestre, 4 Accionamiento de Arma, 3 Atípico, 1 Amenaza contra una Mujer, 2 Amenazas a Funcionario Público, 47 Lesiones Culposas, 22 Abuso de Autoridad, 24 Amenazas con Arma, 2 Privación de Libertad, 2 Apropiación Irregular, 2 Infracción Ley de Migración, 3 Amenazas Agravadas, 3 Apropiación Indebida, 5 Amenazas con Arma, 23 Otros, 19 Lesiones, 1 Abandono Dañino de Animales, 1 Agresión Calificada, 28 Portación Ilícita de Arma, 1 Robo Tentativa de), 16 Resistencia a la Autoridad, 6 Infracción Adulto Mayor, 9 Desobediencia, 1 Cambio de Uso de Suelo, 24 Infracción Ley Forestal, 2 Ignorado, 9 Conducción Temeraria, 3 Invasión en Zona de Protección, 5 Maltrato, 13 Usurpación, 1 Infracción Ley de Licores, 5 Violación de Domicilio, 6 Transporte Ilegal de Madera, 2 Infracción Ley de Armas, 1 Simulación de Delitos, 1 Abandono de Incapaces, 2 Circulación de Moneda Falsa, 1 Aprovechamiento Ilegal de Madera. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 502 H 13, Expedientes: 241, Paquetes: 44, Año: 2013, Asuntos: 25 Agresión con Arma, 17 Receptación, 1 Amenazas, 14 Conducción Temeraria, 6 Resistencia a la Autoridad, 16 Desobediencia, 3 Tentativa de Homicidio, 1 Invasión Zona de Protección, 1 Rapto Impropio, 1 Averiguar Muerte, 1 Explotación de Incapaces, 2 Falsificación Señas y Marcas, 2 Estafa, 2 Cambio Uso de Suelo e Invasión Área de Protección, 1 Abuso Patria Potestad, 2 Retención Indebida, 2 Denuncia Calumniosa, 1 Movilización de Productos, 3 Transporte Ilegal de Madera, 1 Tenencia Ilegal de Armas, 2 Simulación de Delito, 9 Retención Indebida, 1 Infracción Código de Minería, 1 Infracción Ley Adulto Mayor, 13 Portación Ilícita de Arma, 16 Infracción Ley Forestal, 1 Favorecimiento Real, 2 Lesiones, 1 Usurpación, 5 Infracción Ley Caza y Pesca, 1 Infracción Ley Migración, 23 Incumplimiento de Medidas, 2 Infracción Ley Vida Silvestre, 1 Infracción Ley de Salud, 1 Daños Agravados, 4 Lesiones Culposas, 6 Amenazas Agravadas, 4 Robo Simple, 1 Tentativa de Robo, 4 Violación de Domicilio, 1 Tala y Aprovechamiento Ilegal de Madera, 2 Abuso de Autoridad, 17 Daños, 21 Hurto. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 1003, Paquetes: 73, Año: 2013, Asuntos: 187 Incumplimiento de una Medida de Protección, 90 Retención Indebida, 1 Muerte en Investigación, 11 Averiguar Desaparición, 1 Rapto Impropio, 1 Suplantación de Nombre, 1 Hurto Agravado, 1 Infracción Ley Tributaria, 1 Invasión Zona de Protección, 3 Administración Fraudulenta, 7 Violación de Domicilio, 25 Desobediencia, 1 Tala y Aprovechamiento Ilegal de Madera, 1 Comercialización de Armas, Explosivos y Pólvora, 1 Infracción Ley de Salud, 1 Rapto Impropio, 1 Penalidad de Corruptor, 2 Infracción Ley Código Fiscal, 57 Agresión con Arma, 7 Resistencia a la Autoridad, 1 Agresión Calificada, 13 Conducción Temeraria, 37 Receptación, 3 Falsedad Ideológica, 35 Infracción Ley Forestal, 18 Amenazas Agravadas, 25 Portación Ilícita de Arma Permitida, 35 Daños, 90 Robo, 1 Infracción Ley Derecho Autor, 3 Privación de Libertad, 1 Falsificación de Documento, 4 Maltrato, 1 Contagio Venero, 34 Retención Indebida, 14 Lesiones, 14 Abusos de Autoridad, 36 Averiguar Muerte, 1 Portación Falsa de Distintivos, 1 Incumplimiento de Deberes a Terceros, 2 Infracción Ley de Armas, 1 Falsedad Ideológica, 1 Tenencia y portación Ilegal de Armas, 11 Amenazas, 1 Incumplimiento de Deberes, Patria Potestad, 1 Infracción Ley de Licores, 1 Accionamiento de Arma, 6 Amenazas a Funcionario Público, 1 Difamación, 2 Incumplimiento de Deberes Alimentarios, 7 Otros, 2 Infracción Ley Caza y Pesca, 1 Simulación de Delito, 2 Ignorado, 1 Explotación Indebida, Riqueza Nacional y Extranjera, 6 Infracción Conservación Vida Silvestre, 19 Usurpación, 2 Amenaza con Arma, 15 Estafa, 80 Hurto, 1 Apropiación Indebida, 21 Lesiones Culposas, 1 Mala Praxis, 1 Amenaza contra Mujer, 2 Cambio de Uso de Suelo, 2 Circulación de Moneda Falsa, 4 Abuso de Patria Potestad, 4 Infracción Ley Adulto Mayor, 2 Agresión, 1 Hallazgo Atípico, 28 Falsificación de Señas y Marca, 7 Transporte Ilegal de Madera. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 501 H 14, Expedientes: 234, Paquetes: 42, Año: 2014, Asuntos: 4 Usurpación, 16 Infracción Ley Forestal, 1 Conducción Temeraria, 1 Estafa Mediante Cheque, 1 Evasión Ley Aduanas, 4 Transporte Ilegal de Madera, 2 Resistencia a la Autoridad, 1 Daños Agravados, 1 Infracción Ley Senasa, 1 Agresión a Ley Adulto Mayor, 1 Uso Ilegal de Uniformes e Insignias Policiales, 24 Conducción Temeraria, 2 Violación de Domicilio, 1 Tenencia Ilegal de Armas, 1 Maltrato, 6 Falsificación Ley Señas y Marcas, 25 Incumplimiento de Medidas, 15 Hurto, 5 Infracción Ley Caza y Pesca, 1 Caza Ilegal, 1 Hurto de Ganado, 14 Agresión con Arma, 4 Lesiones Culposas, 2 Portación Ilegal de Armas, 14 Portación Ilícita de Armas, 1 Seducción de Menor con Artefacto Tecnológico, 10 Receptación, 3 Tentativa de Homicidio, 1 Accionamiento de Armas, 1 Infracción Ley de Armas, 2 Amenazas a Funcionario Público, 4 Lesiones Leves y Otro, 10 Desobediencia, 1 Invasión Zona de Protección, 3 Infracción Ley Vida Silvestre, 1 Maltrato a Menores, 1 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 16 Retención Indebida, 14 Daños, 3 Amenazas Agravadas, 1 Accionamiento de Arma de Fuego, 14 Robo Simple. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 665, Paquetes: 51, Año: 2014, Asuntos: 47 Lesiones Culposas, 66 Incumplimiento de Medidas, 59 Agresión con Arma, 2 Muerte Accidental, 62 Retención Indebida, 73 Hurto, 5 Falsedad Ideológica, 2 Incumplimiento de Deberes, 1 Infracción Ley de Armas, 5 Infracción Ley Adulto Mayor, 2 Infracción Ley Caza y Pesca, 2 Agresión Psicológica, Ley Adulto Mayor, 10 Amenazas a Funcionario Público, 1 Atípico, 1 Uso Indebido de Correspondencia, 3 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 1 Colisión, 2 Incumplimiento violencia Doméstica, 4 Falsificación Señas y Marcas, 2 Alteración Señas y Marcas, 2 agresión, 1 Transporte Ilegal de Madera, 1 Abandono de Menor, 8 Violación de Domicilio, 1 Ofensas a la Dignidad, 1 Venta Ilegal, 1 Simulación de Delito, 1 Infracción Código de Minería, 4 Circulación de Moneda Falsa, 1 Amenazas contra Mujer, 1 Invasión Zona de Protección, 2 Maltrato, 30 Desobediencia, 21 Portación Ilegal de Arma, 2 Accionamiento de Arma, 9 Desaparición, 13 Abuso de Autoridad, 12 Usurpación, 22 Infracción Ley Forestal, 37 Averiguar Muerte, 12 Amenazas Agravadas, 11 Estafa, 9 Lesiones, 1 Hurto de Ganado, 1 Amenazas, 5 Conducción Temeraria, 26 Receptación, 9 Resistencia, 40 Daños, 27 Robo Simple, 4 Tentativa de Robo. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 500 H 15, Expedientes: 245, Paquetes: 45, Año: 2015, Asuntos: 2 Lesiones Culposas, 1 Estafa, 3 Usurpación y Otro, 1 Simulación de Delito, 11 Incumplimiento de Medidas, 4 Transporte Ilegal de Madera, 1 Infracción Ley de Armas, 1 Agresión Física, 1 Maltrato, 2 Usurpación de Identidad, 25 Desobediencia, 5 Incumplimiento de Deber Alimentario, 1 Usurpación, 3 Amenazas a Funcionario Público, 10 Infracción Ley Forestal, 10 Receptación, 1 Abuso Patria Potestad, 17 Portación Ilícita de Arma, 23 Daños, 2 Infracción Ley Vida Silvestre, 2 Falsificación Señas y Marcas, 22 Agresión con Arma, 1 Incumplimiento Patria Potestad, 3 Violación de Domicilio, 10 Retención Indebida, 20 Robo Simple y Otro, 2 Tentativa de Robo, 1 Tentativa de Hurto, 1 Amenazas contra una Mujer, 2 Lesiones, 1 Hurto e Incumplimiento de Medidas, 2 Transporte Ilegal de Ganado, 19 Conducción Temeraria, 1 Amenazas con Arma, 1 Transporte Productos Forestales Sustraídos, 2 Apropiación Indebida, 1 Ofensas Contra la Dignidad, 1 Suplantación de Identidad, 3 Robo Simple y Otros, 2 Accionamiento de Arma, 2 Alteración Señas y Marcas, 1 Tala y Apropiación Ilegal de Madera, 7 Amenazas Agravadas, 14 Hurtos Simples. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme. Expedientes 759 Paquetes: 67, Año: 2015, Asuntos: 90 Hurto, 3 Alteración Señas y Marcas, 5 Falsedad Ideológica, 1 Falsificación de Documento, 22 Estafa, 1 Estafa mediante Cheque, 4 Infracción Ley Forestal, 16 Amenazas Agravadas, 9 Portación Ilegal de Armas, 1 Infracción Ley de Armas, 2 Conducción Temeraria, 25 Violencia Doméstica, 44 Lesiones Culposas, 55 Agresión con Arma, 1 Libre determinación de Votante, 1 Simulación de Delito, 1 Simulación de Identidad, 1 Amenaza contra Mujer, 1 Amenaza de Muerte, 1 Acceso Desautorizado de Información, 1 Amenaza con Arma, 1 Usurpación de Nombre, 1 Infracción Código de Minería, 1 Accionamiento de Arma, 17 Desaparición, 1 Amenaza a Funcionario Público, 10 Amenazas, 1 Privación de Libertad sin Fines de lucro, 3 Agresión, 17 Infracción Ley Penalización, 1 Ofensas a la Dignidad, 1 Tala Ilegal de Árbol, 1 Indefinido, 32 Incumplimiento de Medida, 1 Violación de Datos Personales, 1 Pesca Comercial o Deportiva Ilegal en Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas, 7 Incumplimiento del Deber Alimentario, 9 Violación de Domicilio, 25 Averiguar Muerte, 10 Muerte en Investigación, 13 Usurpación, 3 Infracción Ley Caza y Pesca, 44 Receptación, 11 Infracción Ley Adulto Mayor, 1 Simulación de Delito, 2 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 2 Tala Ilegal de Madera, 2 Transporte Ilegal de Madera, 1 Sustracción de Bienes, 2 Agresión Física, 1 Fraude Informático, 11 Lesiones, 1 Usurpación de Bienes de Dominio Público, 2 Circulación de Moneda Falsa, 74 Retención Indebida, 10 Falsificación Señas y Marcas, 48 Daños, 2 Tentativa de Robo, 1 Robo con Fuerza Sobre las Cosas, 1 Robo de Ganado, 5 Privación de Libertad, 8 Abuso de Autoridad, 3 Resistencia a la Autoridad, 10 Apropiación y Retención Indebida, 1 Incumplimiento de Deberes, 41 Robo, 35 Desobediencia. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 507 H 16, Expedientes: 177, Paquetes: 34, Año: 2016, Asuntos: 3 Falsificación Señas y Marcas, 2 alteración Señas y Marcas, 1 Adquisición Procesamiento Ilegal de Madera, 1 Destace de Ganado, 1 Infracción Ley Forestal, 3 Usurpación, 3 Resistencia a la Autoridad, 2 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 9 Maltrato, 10 Portación Ilícita de Arma, 23 Agresión con Arma, 13 Conducción Temeraria, 2 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 1 Invasión Área Protección, 8 Receptación, 17 Daños, 5 Apropiación o Retención Indebida, 4 Incumplimiento del Deber Alimentario, 7 Robo Simple, 23 Incumplimiento de Medidas y Otros, 1 Amenazas Agravadas, 14 Hurtos Simples, 2 Transporte Productos Forestales, 3 Transporte Ilegal de Madera, 1 Infracción Ley Caza y Pesca, 3 Lesiones Leves, 1 Tala en Zona de Protección, 10 Desobediencia, 3 Amenazas a Funcionario Público, 1 Robo Tentativa), 1 Robo de Vehículo, 1 Extorsión Simple y Otro, 1 Ley Penalización Violencia Doméstica, 1 Hurto Menor. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 705, Paquetes: 63, Año: 2016, Asuntos: 44 Daños, 5 Violencia Doméstica, 25 Receptación, 27 Incumplimiento de Medidas, 1 Captación Indebida de Manifestaciones Verbales, 8 Amenazas, 48 Agresión con Arma, 6 Infracción Ley Forestal, 5 Accionamiento de Arma, 2 Alteración de Señas y Marcas, 1 Transporte Ilegal de Madera, 16 Desaparición, 28 Maltrato, 1 Incumplimiento de Medidas, 50 Averiguar Muerte, 26 Apropiación y Retención Indebida, 51 Retención Indebida, 2 Infracción Ley Caza y Pesca, 4 Atípico, 8 Usurpación, 24 Desobediencia, 7 Falsificación Señas y Marcas, 4 Conducción Temeraria, 6 Circulación de Moneda Falsa, 1 Simulación de Delito, 22 Robo Simple, 26 Ley Penalización Violencia Doméstica, 8 Ofensas, 3 Amenazas contra Mujer, 2 Agresión, 9 Abuso de Autoridad, 1 Propalación, 1 Transporte Ilegal de Madera, 3 Violación de Domicilio, 3 Tala Ilegal, 1 Aprovechamiento en Áreas de Protección, 1 Llamada Mortificantes, 1 Receptación de cosa de Dudosa Procedencia, 3 Amenazas a Funcionario Público, 4 Robo Tentativa de), 3 Invasión Área de Protección, 1 Falsificación de Documento, 3 Infracción Ley Adulto Mayor, 16 Estafa, 1 Resistencia a la Autoridad, 1 Incumplimiento o Abuso de Patria Potestad, 21 Amenazas Agravadas, 73 Hurto, 3 Falsedad Ideológica, 1 Amenaza de Muerte, 1 Lesiones Gravísimas, 6 Portación Ilícita de Arma, 14 Lesiones Leves, 1 Fuga de Hogar, 1 Resistencia, 35 Lesiones Culposas, 5 Tala en Zona de Protección, 1 Amenazas, 2 Agresión Física, 16 Incumplimiento del Deber Alimentario, 1 Privación de Libertad, 3 Cambio Uso de Suelo, 4 Descuido de Animales, 3 Hurto, Tentativa, 1 Hurto Menor. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Remesa: P 508 H 17, Expedientes: 135, Paquetes: 32, Año: 2017, Asuntos: 1 Tala en Zona de Protección, 1 Robo de Madera, 8 Daños, 4 Falsificación Señas y Marcas, 15 Receptación, 8 Alteración de Características, 2 Hurto Simple, 3 Hurto Menor, 1 Tenencia de Armas Prohibidas, 1 Ofensas a la dignidad, 1 Amenazas contra una Mujer, 1 Movilización Ilegal de Ganado, 1 Falsificación de Moneda, 2 Lesiones Leves, 2 Transporte de Productos Forestales Sustraídos, 7 Maltrato, 1 Amenazas a Funcionario Público, 10 Agresión con Armas, 5 Desobediencia, 19 Incumplimiento de Medida de Protección, 2 Pesca con Artes Prohibidos, 1 Infracción Ley Caza y Pesca, 3 Incumplimiento del Deber Alimentario, 2 Usurpación, 5 Portación Ilícita de Arma, 2 Robo Simple, 1 Alteración de dispositivos y Señales de Tránsito, 1 Aprovechamiento Ilegal de Productos Forestales, 6 Conducción Temeraria, 12 Apropiación y Retención Indebida, 2 Amenazas Agravadas, 3 Resistencia. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme.

Expedientes: 404, Paquetes: 40, Año: 2017, Asuntos: 2 Aprovechamiento en Área de Protección, 13 Robo Simple, 1 Accionamiento de Arma, 29 Daños, 14 Amenazas Agravadas, 1 Alteración de Característica, 22 Atípico, 4 Abuso de Autoridad, 16 Desobediencia, 3 Ofensas a la Dignidad, 5 Usurpación, 1 Resistencia, 16 Lesiones Culposas, 3 Lesiones Leves, 2 Amenazas a Funcionario Público, 1 Tenencia de Arma Prohibida, 8 Falsificación de Señas y Marcas, 14 Receptación, 3 Cambio Uso de Suelo, 4 Incumplimiento del Deber Alimentario, 4 Incumplimiento de una Medida de Protección, 2 Invasión a una Área de Conservación o Protección, 1 Descuido de Animales, 13 Estafa, 2 Portación Ilícita de Arma Permitida, 50 Maltrato, 36 Agresión con Arma, 1 Conducción Temeraria, 2 Amenazas Personales, 1 Privación de Libertad, 2 Circulación de Moneda Falsa, 2 Transporte de Productos Forestales sustraídos, 1 Agresión Física, 4 Violación de Domicilio, 7 Tala en zona de Protección, 15 Averiguar Desaparición, 24 Averiguar Muerte, 1 Amenazas Personales, 39 Retención y Apropiación Indebida, 36 Hurto Simple. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles.

San José, 23 de julio de 2021.

                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                              Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2021569432).

SALA CONSTITUCIONAL

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1 vez.—Sol. N° 68-2017-JA.—O. C. N° 364-12-2021.—( IN2021568180 ).

 

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial Nº 16-000693-0627-NO, de Jovita Herrera Tenorio y Henry Jesús Amador Herrera contra Paul Tacsan Tacsan (cédula de identidad 1-1010-0626), este Juzgado mediante resolución Nº 711-2019 de las trece horas y cuarenta y dos minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 23 de julio del 2021.

                                       M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                   Juez.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569516 ).

A: Carlos Miguel Villalobos López, mayor, notario público, cédula de identidad N° 0203870081, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial N° 20-000876-0627-NO, establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las once horas cuarenta y ocho minutos del seis de enero de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Dirección Nacional de Notariado contra Carlos Miguel Villalobos López, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados mediante denuncia disciplinaria N° 085-2020 de fecha 16 de noviembre del 2020 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Asimismo, se le previene que dentro del plazo citado, debe indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo haga, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión será esta autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio reportado por la parte denunciada ante el Registro Nacional de Notarios de la Dirección Nacional de Notariado (folio 2), sea: Alajuela, Alajuela, Alajuela, avenida 6, calle 7, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en Alajuela, Central, Tambor, de la Escuela del Rincón, 700 oeste, casa tapia roja, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela. La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en Alajuela, Alajuela, Alajuela, avenida 6, calle 7, edificio esquinero, dos plantas, cien oeste de Farmacia Catedral del Este, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador, a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase por medio de intranet las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, realícese consulta por medio de la página web del Registro Nacional, con el fin de verificar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito ante ese Registro. Notifíquese. Dra. Melania Suñol Ocampo, Jueza” y “Juzgado Notarial, a las once horas treinta y nueve minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Carlos Miguel Villalobos Lopez, cédula de identidad N° 0203870081, la resolución dictada a las once horas cuarenta y ocho minutos del seis de enero del dos mil veintiuno (que da curso al proceso), en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 2), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio 3); y en virtud de que tampoco pudo ser notificado por medio de su apoderado inscrito ante el Registro Nacional, tal y como consta en acta de notificación incorporada al expediente electrónico en fecha veintiuno de julio del dos mil veintiuno, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos denunciados por la Dirección Nacional de Notariado mediante Denuncia Disciplinaria N° 085-2020 de fecha dieciséis de noviembre del dos mil veinte, son los siguientes: “Primero: que según consta en el Registro de Notarios que al efecto lleva la Dirección Nacional de Notariado el último tomo de protocolo autorizado al Notario Público Carlos Miguel Villalobos López, corresponde al tomo doce (12), con fecha 24 de febrero del 2004. Segundo: Que, conforme a los asientos informáticos que al efecto lleva el Registro de Notarios de la Dirección Nacional de Notariado, el notario público Carlos Miguel Villalobos López, se encuentra inactivo por cese forzoso para ejercer la función notarial, desde el 9 de julio del 2015, condición que se mantiene hasta la fecha, sanción impuesta por la Dirección Nacional de Notariado. Tercero: Que en fecha 18 de julio del año 2016, la Unidad de Fiscalización Notarial inicia la apertura del Proceso Administrativo 33013 de recuperación de tomo doce (12) del protocolo autorizado al Carlos Miguel Villalobos López. Cuarto: que el 21 de julio del 2016, se emite la resolución de las 14:51 horas, dictada por Carlos Andrés Sanabria Vargas, Jefe de la Unidad de Fiscalización, en la cual se ordena el depósito del tomo doce (12) del protocolo autorizado a Villalobos López. Quinto: que en fecha 18 de diciembre del año 2019, el notario Carlos Miguel Villalobos López se presenta a las instalaciones de la Dirección Nacional de Notariado, manifestando que tiene una imposibilidad material para llevar a cabo el depósito del tomo doce (12). Sexto: que mediante resolución de las 14:40 horas del 16 de junio del 2020, dentro del citado Proceso Administrativo, se procede a rendir informe final de las diligencias de recuperación de tomo doce (12) del protocolo autorizado al notario Carlos Miguel Villalobos López, por incumplimiento de depósito del referido tomo de protocolo. Sétimo: que consultado el Sistema Electrónico INDEX del Archivo Notarial, se desprende que, a la fecha, el tomo doce (12) del protocolo autorizado al notario Carlos Miguel Villalobos López no se ha depositado.” Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte denunciada: Carlos Miguel Villalobos López. Notifíquese.

                                          Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569522 ).

Pedro Miguel Vega Cruz, mayor, notario público, cédula de identidad número 2-361-928, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 20-000925-0627-NO establecido en su contra por Registro Inmobiliario, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las ocho horas del quince de enero del dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Inmobiliario contra Pedro Miguel Vega Cruz, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en el oficio DRI-02-368-2020 de fecha 08 de diciembre del 2020 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 8687, publicada en La Gaceta 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Según consta en autos la parte denunciada reportó que su domicilio registral se ubica en Alajuela, Central, Concepcion O El Llano, costado norte de la iglesia casa color papaya, por lo que se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela para la notificación requerida. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, edificio sigma, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Solicítese a la Dirección Nacional de Notariado informar la última dirección de la oficina del notario Pedro Miguel Vega Cruz, carné 4699. Notifíquese y “Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 22 de julio del 2021

                                                            Dra. Ingrid Palacios Montero

                                                                       Jueza Tramitadora

1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021569523 ).

TRIBUNAL DE SERVICIO CIVIL

El Tribunal de Servicio Civil notifica que en gestión de despido interpuesta por la Ministra de Educación Pública contra el servidor Daniel Murillo Ávila, cédula de identidad número cuatro-cero doscientos dieciséis-cero ochocientos ochenta y dos, tramitada como sin oposición bajo el expediente número GD-166-2020, se dictó el Voto Número 13602, de las ocho horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, cuyo Por Tanto dice:

“De acuerdo con lo expuesto, disposiciones legales, artículos 14 inciso a), 190 inciso a) 194 y 196 del Estatuto de Servicio Civil, 63 inciso a) de su Reglamento y 81 literal g) del Código de Trabajo, se declara: con lugar la gestión de despido promovida por la Ministra de Educación Pública para despedir al servidor Daniel Murillo Ávila, de su puesto sin responsabilidad para el Estado. Queda autorizado el Poder Ejecutivo para despedir al indicado servidor. Contra la presente resolución cabe el recurso de apelación, con la debida expresión de agravios ante este Tribunal, dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación del presente fallo, según lo que establece el artículo 44 del Estatuto de Servicio Civil y sus reformas.

Omar Jiménez Camareno.—1 vez.—O. C. N° 4600052097.—Solicitud N° 282989.—( IN2021569134 ).

El Tribunal de Servicio Civil notifica que en gestión de despido interpuesta por la Ministra de Educación Pública contra el servidor Andrés Esteban Durán Morales, cédula de identidad número uno-cero ochocientos noventa y ocho-cero doscientos treinta y tres, tramitada como sin oposición bajo el Expediente N° GD-004-2021, se dictó el Voto N° 13605, de las nueve horas quince minutos del nueve de julio de dos mil veintiuno, cuyo Por Tanto dice:

“Se declara: con lugar la gestión de despido promovida por la Ministra de Educación Pública para despedir al servidor Andrés Esteban Durán Morales de su puesto sin responsabilidad para el Estado, de acuerdo con lo expuesto, disposiciones legales, artículos 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; 8 inciso b) y 12 incisos k) y l) del Reglamento de la Carrera Docente y 63 Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública. Queda autorizado el Poder Ejecutivo para despedir al servidor Andrés Esteban Durán Morales. Contra la presente resolución cabe el recurso de apelación, con la debida expresión de agravios ante este Tribunal, dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación del presente fallo, según lo que establece el artículo 44 del Estatuto de Servicio Civil y sus reformas”.

Omar Jiménez Camareno.—1 vez.—O. C. N° 4600052097.—Solicitud N° 282992.—( IN2021569137 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de John Abelardo Rojakovich Zúñiga, cédula de identidad 9-0128-0807, y quien falleció el 14 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 21-000897-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. Ángela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021569122 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Francisco Aguilera Vargas, cédula de identidad 3-0189-1190, y quien falleció el 10 de enero del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000904-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. Ángela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569123 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cristian Danilo Gómez Ramírez, cédula de identidad 2-0560-0860, y quien falleció el 16 de enero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000893-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. Ángela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569143 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jeffry Guevara Méndez, cédula de identidad 0111320526, y quien falleció el 07 de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-000908-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. Ángela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021569144 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cecilia Vargas Córdoba, conocida como María Cecilia Vargas Coto, cédula N° 1-0427-0299, fallecida el 05 marzo del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. bajo el N° 21-001584-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-001584-1178-LA, a favor de los causahabientes de Cecilia Vargas Córdoba, conocida como María Cecilia Vargas Coto, cédula 1-0427-0299.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de julio del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569147 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Giovanni Jiménez Urbina, cédula 2-0578-0307, fallecido el 10 de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. bajo el Número 21-001600-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-001600-1178-LA. A favor de los causahabientes de Óscar Giovanni Jiménez Urbina, cédula 2-0578-0307.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de junio del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021569148 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Isabel Cristina Anchia Segura, cédula N° 1-0528-0921, fallecida el 21 de junio de 2016, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. bajo el N° 21-001603-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-001603-1178-LA, a favor de los causahabientes de Isabel Cristina Anchia Segura, cédula N° 1-0528-0921.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de julio del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569149 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Ronald De La Trinidad Chaverri Barquero, cédula 1-0671-0647, fallecido el 19 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 21-001622-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001622-1178-LA. A favor de los causahabientes de Ronald De La Trinidad Chaverri Barquero, cédula 1-0671-0647.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 20 de julio del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569150 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Alexander Graham JR, cédula de residencia N° 184001118231, fallecido el 5 de diciembre del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. bajo el N° 21-001653-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-001653-1178-LA, a favor de los causahabientes de William Alexander Graham JR, cédula de residencia N° 184001118231.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de julio del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569151 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Donald Vega Batista, cédula 1-0248-0538, fallecido el 1 de setiembre del 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. bajo el Número 21-001663-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-001663-1178-LA. A favor de los causahabientes de Donald Vega Batista, cédula 1-0248-0538.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de junio del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021569152 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Humberto López Villalobos 0205390840, fallecido(a) el 13 de marzo del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000029- 1533-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21- 000029-1533-LA. Por a favor de Humberto López Villalobos.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Laboral), 26 de mayo del año 2021.—Lic. Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021569332 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 184902-000. Que se describe así: naturaleza: terreno de solar, situada en el distrito: 01-Carmona, cantón: 09-Nandayure de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: Cámara Ganadera de Nandayure y Graciela Lobo Salazar; sur: Manuel Méndez Cordero; este: calle pública con 29 mts. 26 cms. lineales de frente a ella y Karol Lobo Salazar; oeste: Manuel Méndez Cordero, Karol Lobo Salazar y Graciela Lobo Salazar. Mide: trescientos cincuenta y seis metros cuadrados. Plano: G-1482851-2011. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintiuno, con la base de veinticuatro millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Alberto Alfaro Venegas. Expediente N° 21-000033-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cincuenta y ocho minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021569515 ).

En este Despacho, con una base de setenta y siete millones seiscientos sesenta y tres mil novecientos veintidós colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y dos mil ciento cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito: 03-San Isidro, cantón: 04-Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan Ureña Hernández; al sur, resto reservado de ganadera Jaipor S.A; al este, resto de Ganadera Jaipor S. A., y al oeste, calle pública con 29 mts. Mide: dos mil quinientos veinte metros con treinta y cuatro decímetros metros cuadrados Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y ocho millones doscientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y un colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de diecinueve millones cuatrocientos quince mil novecientos ochenta colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Con una base de dieciséis millones trescientos sesenta mil ciento cuarenta y siete colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 2014-00258370-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento treinta y seis mil ochocientos noventa y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno con edificio, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito: 02-La Unión, cantón: 04-Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Cintia Fernández Soto; al sur calle pública y Andrés Fallas Granados; al este calle pública y al oeste Israel Gamboa Matamoros y Andrés Fallas Granados. Mide: catorce mil trescientos veintinueve metros con sesenta y nueve decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, con la base de doce millones doscientos setenta mil ciento diez colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones noventa mil treinta y seis colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dennis Jiménez Fernández, Transportes Decy S.A., Transportes El Rayo Monte Oro Sociedad Anónima. Expediente 16-001181-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 27 de abril del año 2021.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021569525 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos mil treinta y seis dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: el derecho 001, citas: 277-03340-01-0901-016 servis y median ref.: 1888 216 001, citas: 382-14843-01-0900-001 servs y median ref.: 00183452 000. el derecho 002, citas: 277-03340-01-0901-016 servis y median ref.: 1888 216 001, citas: 382-14843-01-0901-001 servs y median ref.: 00183452 000, el derecho 003, citas: 277-03340-01-0901-016 servis y median ref.:1888 216 001, citas: 382-14843-01-0902-001 servs y median ref.: 00183452 000; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 183452, derecho 001, 002 y 003, la cual es terreno para construir con 1 casa 182. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jorge Arturo Bonilla Pacheco; al sur, Adela Mata Guillén; al este, acera 2 y al oeste, Jorge García Bonilla. Mide: ciento noventa y cuatro metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-0648675-1986. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con la base de treinta y un mil quinientos veintisiete dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno con la base de diez mil quinientos nueve dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Adolfo Alexis Vega Morúa, Elisa María Pana Solano, Pamela María Calderón Pana. Expediente Nº 21-003501-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del año 2021.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021569530 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y dos colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo LB002250, Marca: Hyundai, Estilo: County, Categoría: Buseta, Capacidad: 29 personas, Color: Blanco, Año: 2017, Tracción: 4x2, Vin: KMJHG17PPHC073796. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintiuno con la base de diecinueve millones noventa mil ciento ochenta y seis colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno con la base de seis millones trescientos sesenta y tres mil trescientos noventa y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hernaldo de los Ángeles Somarribas Cerdas. Expediente20-006691-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de junio del año 2021.—Roy Córdoba Hernández, Juez Decisor.—( IN2021569607 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2010-130187-01-0004-001 y servidumbre de paso citas. 2011-231750-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos treinta y ocho mil ciento cincuenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno casa y patio. Situada en el distrito 03, Daniel Flores, cantón 19, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sandra Méndez Araya; al sur, Lidieth Meza Solís; al este, calle pública y al oeste, Sandra Méndez Araya. Mide: trescientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones cien mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno, con la base de dos millones setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hugo Meza Solís contra Anisa Ortiz Arroyo. Expediente Nº 19-002729-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y cuatro minutos del diecinueve de julio del dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021569612 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil dólares exactos, soportando Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida) citas: 2018-659324-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número sesenta y cinco mil seiscientos sesenta y cuatro-cero cero cero (65664-000), la cual es terreno naturaleza: Terreno con una casa. Situada en el distrito: 02-Mercedes, cantón: 01-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Identificador Predial 40102004625800; al sur, Identificadores Prediales 40102006734200, 40102005766800, 40102004590500 y 40102006974200; al este, calle pública e Identificador Predial 40102006734200; y al oeste, Identificadores Prediales 40102004625800, 40102006085700 y 40102013116200. Mide: trescientos dos metros cuadrados. Plano: H-2084238-2018. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas quince minutos del uno de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de veintinueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Abuela Lela L.R.A.  S. A. contra Mayra Lucía Zamora Orozco. Expediente N° 20-003865-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 05 de febrero del año 2021.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021569618 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos treinta y ocho mil seiscientos nueve colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL- 285470, Marca: JAC, Estilo: HFC 1035 K, Categoría: carga liviana, Capacidad: 3 personas, año: 2016, color: blanco, cilindrada: 2771 c.c., combustible: Diésel, Motor N° HFC4DA1-1E4053503, chasis: LJ11KBACXG6000030. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del catorce de octubre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones setenta y ocho mil novecientos cincuenta y siete colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de octubre de dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y dos colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Danny Tablada Pizarro. Expediente N° 19-000614-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: catorce horas con veinte minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021569619 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BMH993, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT4AE8CU242064, Carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, Peso Bruto: 1272 kgrms, Número Chasis: KMHCT4AE8CU242064, Año Fabricación: 2012, Modelo: GLS Cilindrada: 1600 c.c., Cilindros: 4, Potencia: 84 KW, Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos trece colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno con la base de un millón ciento diecinueve mil cuatrocientos setenta y un colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MV Law Inmobiliary Services S. R. L. contra Luis Fernando Ferllini Molina. Expediente N° 19-005012-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de julio del año 2021.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021569629 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ciento diecisiete dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BPC177, Marca: Suzuki, Estilo: Swift D Zire GL, Capacidad: 5 personas, Año: 2018, Color: Bronce, Vin: MA3ZF62S7JAA75975, N° Motor: K12MN1933462, Cilindrada: 1200 c.c., Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno con la base de nueve mil ochocientos treinta y ocho dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del once de octubre de dos mil veintiuno con la base de tres mil doscientos setenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Andrés Alonso Azofeifa Gamboa. Expediente N° 18-009668-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de julio del año 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021569630 ).

En este Despacho, con una base de seis millones doscientos cincuenta mil trescientos setenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BRZ461, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas Serie: KMHDH4AE3DU611002, carrocería: Sedan 4 puertas tracción: 4x2, número chasis: KMHDH4AE3DU611002, año fabricación: 2013 color: gris, Vin: KMHDH4AE3DU611002, Nº Motor: G4NBDK248594, Nº serie: no indicado, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones seiscientos ochenta y siete mil setecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos sesenta y dos mil quinientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de María Isabel Rapson González contra Rolby Gerardo Alfaro Solórzano. Expediente 21-002907-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de marzo del año 2021.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2021569635 ).

En este Despacho, con una base de tres millones ciento treinta y cinco mil setecientos treinta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 224054-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 05-Ipis, cantón 08-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Bonilla Fallas; al sur, Bartolomé Martínez Pérez; al este, José Bonilla Fallas; al oeste, calle pública; al noreste, José Bonilla Fallas; al noroeste, José Bonilla Fallas; al sureste, Bartolomé Martínez Pérez; suroeste, calle pública 6 metros 69 centímetros de frente. Mide: setenta y cuatro metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones trescientos cincuenta y uno mil ochocientos cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno con la base de setecientos ochenta y tres mil novecientos treinta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Rosemary Artavia González. Expediente N° 17-007542-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 22 de febrero del año 2021.—Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2021569636 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 558042---000, derecho 000, la cual es terreno de forma triangular con oficina zona verde casa y galerón. Situada en el distrito 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de un metro; al sur, Transacciones Rivera Rivera de Naranjo Sociedad Anónima; al este, servidumbre agrícola con un frente de 65.39 metros; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 56.59 metros. Mide: ochocientos setenta y seis metros cuadrados. Plano: A-2012991-2017. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Materiales Arsenio Soto S. A. contra Constructora Metalmecanica Construmeta S. A., Total Holdings S. A.. Expediente N° 21-000947-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, veinte horas con treinta y seis minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021569655 ).

En este despacho, con una base de doscientos ochenta y siete mil ochocientos noventa y dos dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. reservas ref: 2153-372-0061727-141-002 citas: 0309-00019421-01-0901-002 y servidumbre sirviente citas: 345-00003933-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta y dos mil cuatrocientos treinta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir Lote 5 B. Situada en el distrito Piedades, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lote 5 A; al sur, Lotes 6 A y 6 B; al este, Rodrigo Castro Castro; y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos treinta y nueve metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de doscientos quince mil novecientos diecinueve dólares con sesenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de setenta y un mil novecientos setenta y tres dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bilgabi Natura Sociedad Anónima, Yolainv Sociedad Anónima contra Euromer Rain S.A.. Expediente N° 21-005734-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del año 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021569656 ).

En este despacho, con una base de setenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, inscrita bajo citas: 363-07703-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 348482 derecho 000, la cual es terreno con una casa, situada en distrito: 2-Sabanilla; cantón: 15-Montes de Oca de la provincia de San José. Linderos: norte, Haydee Quirós Guzmán; sur, Mery Soto Bogantes; este, calle pública; oeste, Olga Ma. Barrantes Chacón; Mide: ciento noventa y cinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y veinte minutos del quince de octubre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y veinte minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y veinte minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comercializadora Rodjim L.J. S. A. contra Tres-Ciento Dos-Siete Dos Seis Siete Cuatro Cero Sociedad Anónima de Responsabilidad Limitada. Expediente Nº 19-001303-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de junio del 2021.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2021569674 ).

En la puerta exterior de este Despacho, 1) con una base de cincuenta y tres millones cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y siete colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos cincuenta y tres mil nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cero cuatro, San Rafael Arriba, cantón cero tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 8 y 9; al sur, calle en proyecto con 8m; al este, lote 27 y al oeste, lote 25. Mide: ciento setenta y un metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del catorce de octubre de dos mil veintiuno con la base de treinta y nueve millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintidós de octubre de dos mil veintiuno con la base de trece millones doscientos sesenta y cuatro mil novecientos sesenta y un colones con ochenta céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de trece millones ciento sesenta y cinco mil seiscientos veintitrés colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 2014-177454-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cuatro mil noventa y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno construido. Situada en el distrito cero cuatro, San Rafael Arriba, cantón cero tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Anabelle y Diana ambas Zarate Salazar; al sur, calle pública; al este, Noemi Guerrero Chaves y al oeste, Denis Antonio Monge Gutierrez. Mide: doscientos noventa y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del catorce de octubre de dos mil veintiuno con la base de nueve millones ochocientos setenta y cuatro mil doscientos diecisiete colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintidós de octubre de dos mil veintiuno con la base de tres millones doscientos noventa y un mil cuatrocientos cinco colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. “Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Enrique Herrera Rodríguez, Zayda Zamira Calero Castillo. Expediente Nº 20-002115-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 09 de julio del año 2021.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN2021569675 ).

En este Despacho, con una base de diez millones doscientos setenta y siete mil seiscientos un colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 433113 marca: Fiat Estilo: Strada Trekking, categoría: carga liviana, capacidad: 4 personas, año: 2017, color: vino, Vin: 9BD578952HB059710, N. motor: 310A20112712873, cilindrada:1400 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones setecientos ocho mil doscientos colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones quinientos sesenta y nueve mil cuatrocientos colones con treinta céntimos (25% de la base original).. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronaldo Jose Salas Apu. Expediente 19- 000645-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y tres minutos del catorce de Julio del dos mil veintiuno.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021569676 ).

En este Despacho, con una base de sesenta millones cuatrocientos setenta y un mil setecientos cincuenta y nueve colones con noventa y ocho céntimos, soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A inscrita bajo las citas: 567-56105-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 41983-F-000, la cual es terreno finca filial N° 28 compuesta de dos plantas, un jardín y un patio, destinada al uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 3. La Trinidad, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Finca Filial N° 29; al sur, Finca Filial N° 27; al este, área común destinada a acceso peatonal, y al oeste, María Auxiliadora Herrera Ramos. Mide: ciento treinta y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del seis de octubre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del catorce de octubre del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y cinco millones trescientos cincuenta y tres mil ochocientos diecinueve colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintidós de octubre del dos mil veintiuno, con la base de quince millones ciento diecisiete mil novecientos cuarenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Álvarez Zúñiga. Expediente Nº 18-002683-1765-CJ Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de mayo del 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez. Tramitador.—( IN2021569677 ).

En este Despacho, con una base de trece mil setecientos setenta y tres dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 17-602049-0491-TC 201785600741 Juzgado de Tránsito de Desamparados; sáquese a remate el vehículo VGT169. Marca: B.M.W. Estilo: 316. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Serie: WBA3A110XEJ605091. Carrocería: sedan 4 puertas. Tracción: 4X2. Número chasis: WBA3A110XEJ605091. Año fabricación: 2014. Color: negro. Vin: WBA3A110XEJ605091. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós con la base de diez mil trescientos veintinueve dólares con noventa y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y tres dólares con treinta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Cynthia María Arias Gómez. Expediente 21-001795-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cincuenta y nueve minutos del veintidós de julio del dos mil veintiuno.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021569679 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de dos millones ochocientos setenta y dos mil doscientos treinta y un colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas: 0800-00753036-001; sáquese a remate el vehículo Placas. TSJ 3550; Marca: Nissan, Estilo: Tiida, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: 3N1CC1AD9ZK253712, Vin: 3N1CC1AD9ZK253712, chasis: 3N1CC1AD9ZK253712, año: 2014, carrocería: Sedán, 4 puertas, color: rojo, tracción: 4x2, N° de Motor: HR16886924G. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento cincuenta y cuatro mil ciento setenta y tres colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del siete de octubre de dos mil veintiuno, con la base de setecientos dieciocho mil cincuenta y siete colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Alberto Ramírez Córdoba. Expediente N° 21-001223-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de julio del 2021.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2021569699 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 331-05375-01-0902-001, obligaciones ref:1992-194- 002 citas: 331-05375-01-0908-001, servidumbre de paso citas: 2014- 160921-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 209216-000. Que se describe así: naturaleza: terreno de charral lote primero situada en el distrito 4-Tempate cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada Linderos: norte, La Montaña de Oro de Penca S. A. sur, Luis Diego Lara Barrantes este, Luis Diego Lara Barrantes oeste: Luis Diego Lara Barrantes Mide: cinco mil metros cuadrados, plano: G-1743984-2014. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del once de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Obeimar Rodríguez Andrade contra 3-102-690686 S.R.L, Denia del Rosario Sanchez Rojas. Expediente 19- 001087-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: diecinueve horas con ocho minutos del dieciséis de Julio del dos mil veintiuno.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021569724 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos once mil seiscientos veinticuatro colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BHR946, Marca: Toyota, Estilo: Yaris, Categoría: automóvil, capacidad: 5, Serie: JTDBT923X71096414, carrocería: Sedan, 4 puertas tracción: 4x2, número de chasis: JTDBT923X71096414, año fabricación: 2007. Para tal efecto se señalan las siete horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento ochenta y tres mil setecientos dieciocho colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del once de octubre de dos mil veintiuno, con la base de setecientos veintisiete mil novecientos seis colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marvin Antonio Mondragón Porras contra Carolina Castro Valverde. Expediente N° 21-002303-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas del diecinueve de julio del dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021569737 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones setecientos noventa mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 0322-3619-01-0082-001; sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número doscientos setenta y tres mil trescientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto y monte.- Situada en el distrito 04 San Luis, cantón 16 Turrubares, de la provincia de San Jose.- Colinda: al norte, calle pública; al sur, yurro y Sara María Porras Berrocal; al este, calle pública y Asrubal Rodríguez Alpízar y al oeste, Roberto Marín Castillo. Mide: ciento treinta y nueve mil quinientos setenta y seis metros con cero decímetros metros cuadrados.. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agropecuaria El Inversiones Brenes y Murillo B & M Limitada, Mainor Enrique Brenes Murillo, Víctor Hugo Brenes Murillo. Expediente 21-001043-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 16 de julio del año 2021.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2021569754 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este despacho, 1) con una base de ciento cinco millones novecientos cuarenta y un mil ochocientos ochenta y ocho colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos quince mil ciento dieciocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno Lote 6 Sección B para construir. Situada en el distrito Zapote, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 16 metros 11 centímetros; al sur lote 56 con 8,3 metros; al este, lote 7 con 18 metros 50 centímetros, y al oeste, lote 5 con 21 metros 50 centímetros. Mide: doscientos cuarenta metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintiuno, con la base de setenta y nueve millones cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos dieciséis colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de veintiséis millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos colones con doce céntimos (25% de la base original), 2) con una base de sesenta y ocho millones trescientos treinta y un mil doscientos sesenta colones con seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos quince mil ciento veinte, derecho cero cero cero, la cual es terreno Lote siete Sección B para construir con una casa. Situada en el distrito Zapote, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 12 metros 01 centímetros; al sur, lote 55 con 8 metros 92 centímetros; al este lote 8 con 16 metros 37 centímetros, y al oeste, lote 6 con 18 metros 50 centímetros. Mide: ciento ochenta y dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y un millones doscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones con cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de diecisiete millones ochenta y dos mil ochocientos quince colones con un céntimo (25% de la base original), y 3) con una base de sesenta y nueve millones ochocientos treinta y nueve mil doce colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos veinticinco mil quinientos setenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa y dos apartamentos. Situada en el distrito Pozos, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Fulvio Fallas Quesada, vivienda de concreto, y al oeste, Fulvio Fallas Quesada, vivienda de concreto, Adrián Navarro Navarro Álvarez, vivienda de concreto. Mide: doscientos ochenta y siete metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y dos millones trescientos setenta y nueve mil doscientos cincuenta y nueve colones con veintiocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de diecisiete millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta y tres colones con nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Miguel Enrique Zamora Azofeifa. Expediente Nº 21-003586-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de mayo del 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021569784 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José (1), matrícula N° 512325, derechos: 001 y 002, la cual es terreno para construir, lote 85 C. Situada en el distrito 03-La Trinidad, cantón 14-Moravia de la provincia de San José (1). Colinda: al norte: lote 86 C; al sur: lote 84 C; al este: lote 96 C; y al oeste: calle pública con 8 metros. Mide: doscientos doce metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos (02:15 p. m.) del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos (02:15 p. m.) del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos (02:15 p. m.) del dos de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Irene Acuña Quesada, José Eduardo de San Martin Jiménez Vásquez. Expediente N° 20-013071-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2021.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2021569815 ).

En este Despacho, con una base de seis mil trescientos diecisiete dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa SLZ007, Marca: Nissan, Estilo: March, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: gris, Vin: 3N1CK3CD8ZL357694, cilindrada: 1600 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del doce de octubre de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil setecientos treinta y ocho dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil veintiuno con la base de mil quinientos setenta y nueve dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A contra Rocío del Pilar Gómez González. Expediente 20-004613-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cinco minutos del nueve de Julio del dos mil veintiuno.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021569825 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil doscientos cincuenta y un dólares con noventa centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPJ882, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, serie: 5NPDH4AE4DH388547, Carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número de Chasis: 5NPDH4AE4DH388547, año fabricación: 2013, color: café número Motor: G4NBDK263752, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de tres mil novecientos treinta y ocho dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de mil trescientos doce dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Wilba del Sur S. A. contra Cynthia Vargas Barboza. Expediente Nº 21-001931-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con once minutos del veintitrés de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Tramitador.—( IN2021569902 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta y ocho mil ochocientos quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 04 Germania, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, camino; al sur, camino público; al este, Victoriano Cedeño Araya y camino público y al oeste, camino público. Mide: cuatro mil cuatrocientos once metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: L-0119093-1993. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Maureen Yorleni Núñez Hernández. Expediente Nº 19-010096-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 23 de junio del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021569912 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento veinticuatro dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BQJ193; marca: Geely; estilo: GC2; categoría: automóvil: capacidad: 5 personas; año: 2018; color: blanco; Vin: LB37122SXJX508304; N° motor: MR479QH2L100155, cilindrada: 1300 cc., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de ocho mil trescientos cuarenta y tres dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil setecientos ochenta y un dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A., contra Esteban Gerardo Céspedes Gómez. Expediente N° 20-000929-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial De San José, 19 de julio del 2021.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021569935 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 309-09487-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 470496, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación y solar. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Junta de Protección Social; al sur, Inversiones Galicia Sociedad Anónima; al este; calle pública; y al oeste, Inversiones Galicia Sociedad Anónima. Mide: setecientos setenta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del tres de diciembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopecaja R. L. contra Luis Vernor Chaves Cantillano. Expediente N° 20-006857-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2021.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2021569960 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos sesenta y tres dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BMR472, marca: Suzuki, estilo: Swift D Zire GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MA3ZF62S2HAA00255, N° chasis: MA3ZF62S2HAA00255, año fabricación: 2017, color: bronce, vin: MA3ZF62S2HAA00255, N° motor: K12MN1843661, modelo: ZI13C2C00019600, cilindrada: 1200 cc, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno con la base de siete mil ciento setenta y dos dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil trescientos noventa dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A., contra German Alberto Jiménez Calderón. Expediente N° 21-005611-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del 2021.—Jenny María Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2021569970 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil ochenta y siete dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 359-13425-01-0900-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 23061-F, derecho 000, la cual es terreno filial veinte de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón: 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común de vía vehicular con un frente de 17 metros 98 centímetros; al sur, Alberto Campos Rodríguez; al este, filial 21; y al noroeste, filial 19. Mide: novecientos setenta y dos metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintidós, con la base de veintinueve mil trescientos quince dólares con cuarenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de nueve mil setecientos setenta y un dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Condo Harmonicus Sociedad Anónima, Gustavo Alonso Mayorga Salazar. Expediente 21-005567-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veintiún horas con cuarenta minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2021569971 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintiocho mil cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con treinta centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre de paso, citas: 0374-00018053-01-0908-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 376553-000, la cual es naturaleza: pastos tacotal lote número 2. Situada en el distrito 07 Patarra, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle y lote 1; al sur, Luis Arturo Naranjo Gamboa; al este, Luis Arturo Naranjo Gamboa y al oeste, Napoleón Muñoz Gamboa. Mide: tres mil ciento ochenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Plano: SJ-0752287-1988. Para tal efecto, se señalan las once horas diez minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas diez minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de noventa y seis mil trescientos sesenta y tres lares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas diez minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno con la base de treinta y dos mil ciento veintiún dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Doris María Mayela Solís Delgado, Solís y Melgar S. A. Expediente Nº 21-005668-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del año 2021.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2021569973 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y cuatro mil ochocientos noventa y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 339763-000, la cual es terreno para construir, lote 28 K. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 29 K; al sur, lote 27 K; al este, avenida primera; y al oeste, El Pasito Ltda. Mide: ciento cincuenta y un metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de sesenta y tres mil seiscientos setenta y un dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de veintiún mil doscientos veintitrés dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Pool Robin Valverde Chinchilla. Expediente 20-011766-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, catorce horas con diez minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza.—( IN2021569974 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y un mil ochocientos treinta y seis dólares con siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 300049-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11-San Rafael Abajo, cantón 3-Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte: María De Los Ángeles Valverde y otro; al sur: calle con 9 m. 76 cm. y otro; al este: Luz Miriam López y otro; y al oeste: calle con 9 m. 76 cm. y otro. Mide: mil ciento siete metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos (02:45 p. m.) del ocho de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos (02:45 p.m.) del veinte de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de treinta y un mil trescientos setenta y siete dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos (02:45 p. m.) del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de diez mil cuatrocientos cincuenta y nueve dólares con dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise S. A., contra Leonara Lucía Valverde Abarca, Michael Thomas La Rosa. Expediente N° 20-017827-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de julio del 2021.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021569975 ).

En este Despacho, con una base de once mil trescientos cincuenta y ocho dólares con once centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: FGC321 / marca: Mitsubishi / estilo: Mirage / categoría: automóvil / capacidad: 5 personas / año fabricación: 2017 / color: gris / vin: MMBXTA03AHH000690 / cilindrada: 1193 c.c / N° motor: 3A92UDG1037. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de ocho mil quinientos dieciocho dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta minutos del diez de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de dos mil ochocientos treinta y nueve dólares con cincuenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Doris Marcela Rodríguez Zúñiga. Expediente Nº 21-005613-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de mayo del 2021.—Mariela Iveth Cortés García, Juez/a Decisor/a.—( IN2021569976 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones con citas 403-16375-01-0824-001, reservas y restricciones con citas 403-16375-01-0835-001, condiciones ref.: con citas 403-16375-01-0888-001, condiciones ref.: con citas 403-16375-01-0889-001, reservas y restricciones con citas 403-16375-01-0892-001, reservas y restricciones con citas 403-16375-01-0893-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil ochocientos treinta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero y bosque ,quebrada y acequia. Situada en el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Raymundo Enríquez Delgadillo y Felicia Salazar Peralta; al sur, 3102616253 Sociedad de Responsabilidad Limitada; al este, Banco de Costa Rica y al oeste, calle pública con un frente de 64,60 metros y Felicia Salazar Peralta. Mide: treinta y dos mil quinientos metros cuadrados. Plano: L-1799352-2015. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marvin Gerardo Alvarado Delgado, Mercedes del Socorro Delgado Sánchez. Expediente Nº 20-003083-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 22 de julio del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021569999 ).

En este Despacho, con una base de noventa y tres mil setecientos sesenta y siete lares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 25211-F-000, la cual es terreno Filial veintinueve, terreno para construir destinado a uso habitacional. Situada en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Lote Veintiocho y área común; al sur, calle pública y Lote Treinta; al este, Lote Veintiocho; y al oeste, Lote Treinta. Mide: ciento setenta y dos metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con la base de setenta mil trescientos veinticinco dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno con la base de veintitrés mil cuatrocientos cuarenta y un dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Condominio Avicenia Número Veintinueve Jirofle S. A. Expediente N° 04-018394-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de julio del año 2021.—Susana Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2021570000 ).

En la puerta exterior de este Despacho; remataré las siguientes fincas: 1) Con una base de tres mil cuatrocientos noventa y un dólares, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos cincuenta y cuatro, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil seiscientos dieciocho dólares con cincuenta y cinco centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de ochocientos setenta y dos dólares con ochenta y cinco centavos de dólar (25% de la base original). 2) con una base de dos mil novecientos sesenta dólares con treinta un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil doscientos veinte dólares con veintitrés centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de setecientos cuarenta dólares con cero siete centavos de dólar (25% de la base original). 3) con una base de cuatro mil quinientos cincuenta y un dólares con cero siete centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de tres mil cuatrocientos trece dólares con treinta centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de mil ciento treinta y siete dólares con setenta y seis centavos de dólar (25% de la base original). 4) con una base de tres mil cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos cincuenta y siete, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil doscientos noventa y cuatro dólares con cero seis centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de setecientos sesenta y cuatro dólares con sesenta y ocho centavos de dólar (25% de la base original). 5) con una base de tres mil setecientos ochenta y tres dólares con cincuenta y ocho centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos cincuenta y ocho, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil ochocientos treinta y siete dólares con sesenta y ocho centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de novecientos cuarenta y cinco dólares con ochenta y nueve centavos de dólar (25% de la base original). 6) con una base de tres mil cuatrocientos noventa y tres dólares con cincuenta y un centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil seiscientos sesenta dólares con trece centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de ochocientos setenta y tres dólares con treinta y siete centavos de dólar (25% de la base original). 7) con una base de dos mil quinientos veinticuatro dólares con setenta y tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta y uno, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos noventa y tres dólares con cincuenta y cuatro centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de seiscientos treinta y un dólares con dieciocho centavos de dólar (25% de la base original). 8) con una base de tres mil trescientos setenta y seis dólares con cero ocho centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta y dos, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil quinientos treinta y dos dólares con cero seis centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de ochocientos cuarenta y cuatro dólares con cero dos centavos de dólar (25% de la base original). 9) con una base de tres mil doscientos treinta y un dólares con treinta y nueve centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta y tres, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con cincuenta y cuatro centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de ochocientos siete dólares con ochenta y cuatro centavos de dólar (25% de la base original). 10) con una base de tres mil ciento ochenta y un dólares con setenta y siete centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil trescientos ochenta y seis dólares con treinta y dos centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de setecientos noventa y cinco dólares con cuarenta y cuatro centavos de dólar (25% de la base original). 11) con una base de dos mil novecientos cuarenta dólares con sesenta y dos centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta y cinco, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil doscientos cinco dólares con cuarenta y cinco centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de setecientos treinta y cinco dólares con quince centavos de dólar (25% de la base original). 12) Con una base de mil quinientos ochenta y cuatro dólares con cincuenta y nueve centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y uno, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de mil ciento ochenta y ocho dólares con cuarenta y cuatro centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de trescientos noventa y seis dólares con catorce centavos de dólar (25% de la base original). 13) Con una base de mil seiscientos veintinueve dólares con treinta y tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y dos, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de mil doscientos veintiún dólares con noventa y nueve centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos siete dólares con treinta y tres centavos de dólar (25% de la base original). 14) Con una base de dos mil novecientos once dólares con veintiséis centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento ochenta y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de setecientos veintisiete dólares con ochenta y un centavos de dólar (25% de la base original). 15) Con una base de mil trescientos veintitrés dólares con ochenta y siete centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y nueve, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de novecientos noventa y dos dólares con noventa centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de trescientos treinta dólares con noventa y seis centavos de dólar (25% de la base original). 16) Con una base de mil trescientos noventa y siete dólares con noventa y siete centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos setenta y seis, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de mil cuarenta y ocho dólares con cuarenta y siete centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de trescientos cuarenta y nueve dólares con cuarenta y nueve centavos de dólar (25% de la base original). 17) Con una base de dos mil cuatrocientos cincuenta y nueve dólares con setenta y dos centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos setenta y siete derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos cuarenta y cuatro dólares con setenta y nueve centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de seiscientos catorce dólares con noventa y tres centavos de dólar (25% de la base original). 18) Con una base de dos mil ochocientos cincuenta y tres dólares con veinticinco centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos setenta y ocho derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil ciento treinta y nueve dólares con noventa y tres centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de setecientos trece dólares con treinta y un centavos de dólar (25% de la base original). 19) Con una base de trece mil veintidós dólares con cero tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos setenta y nueve derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil setecientos sesenta y seis dólares con cincuenta y dos centavos de dólar (75% de la base original). 20) Con una base de seis mil doscientos treinta y tres dólares con cincuenta y dos centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil seiscientos setenta y cinco dólares con catorce centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de mil quinientos cincuenta y ocho dólares con treinta y ocho centavos de dólar (25% de la base original). 21) Con una base de cuatro mil doscientos cincuenta y cinco dólares con cuarenta y un centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y uno, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de tres mil ciento noventa y un dólares con cincuenta y cinco centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de mil sesenta y tres dólares con ochenta y cinco centavos de dólar (25% de la base original). 22) Con una base de cinco mil ciento tres dólares con noventa y seis centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y dos derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de tres mil ochocientos veintisiete dólares con noventa y siete centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de mil doscientos setenta y cinco dólares con noventa y nueve centavos de dólar (25% de la base original). 23) Con una base de cinco mil trescientos ochenta dólares con setenta y seis centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y tres derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil treinta y cinco dólares con cincuenta y siete centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de mil trescientos cuarenta y cinco dólares con diecinueve centavos de dólar (25% de la base original). 24) Con una base de doce mil quinientos cuarenta y un dólares con ochenta y tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y cuatro derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil cuatrocientos seis dólares con treinta y siete centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de tres mil ciento treinta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos de dólar (25% de la base original). 25) Con una base de veintidós mil ochocientos ochenta y tres dólares con veintiocho centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y cinco, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de diecisiete mil ciento sesenta y dos dólares con cuarenta y seis centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de cinco mil setecientos veinte dólares con ochenta y dos centavos de dólar (25% de la base original). 26) Con una base de cuatro mil seiscientos cuarenta y tres dólares con treinta y cuatro centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y ocho derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con cincuenta centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de mil ciento sesenta dólares con ochenta y tres centavos de dólar (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de la LAAD Americas N.V., contra José Enrique Brenes Vargas y otro. Expediente N° 20-002075-1207-CJ.—Juzgado Agrario de Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021570009 ).

En este Despacho, con una base de tres millones novecientos veintiocho mil novecientos ocho colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 397-03227-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número setenta y nueve mil seiscientos veinticinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gerónima García García; al sur, Río San Blas; al este, calle pública con 286,68 metros y otro, y al oeste, Río San Blas. Mide: dos mil trescientos setenta y cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de dos millones novecientos cuarenta y seis mil seiscientos ochenta y un colones con dieciséis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de novecientos ochenta y dos mil doscientos veintisiete colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Emmanuel Vega Castillo, Expediente Nº 19-002999-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta minutos del veintinueve de julio del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza tramitadora.—( IN2021570016 ).

En este Despacho, con una base de setenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 130973-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 2-San Isidro, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Deyanira Cordero Camacho; al sur, Mario Cordero Camacho; al este, calle pública y al oeste, Norman Coto Gutiérrez. Mide: novecientos setenta y nueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Raquel Mariana Diaz Pardo contra Asdrúbal Fernando Cordero Camacho. Expediente 20-015928-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de julio del año 2021.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021570069 ).

En este Despacho, con una base de tres millones doscientos dieciséis mil ciento ochenta y nueve colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Prohibiciones Articulo 16 Ley 7599 bajo citas: 471-02513-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta y ocho mil novecientos veinte, derecho 000, la cual es terreno para Vivienda Proyecto Limón 034 Lote 336028. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle; al sur, José Pomares; al este, Alex Vigil; y al oeste, Isidro Ordóñez. Mide: cuatrocientos tres metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintiuno con la base de dos millones cuatrocientos doce mil ciento cuarenta y dos colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno con la base de ochocientos cuatro mil cuarenta y siete colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ernesto Ramón Valverde Padilla. Expediente N° 21-003161-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de julio del año 2021.—Yorlenny de los Ángeles Mosquera Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021570082 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 00047139 000 citas: 407-02703-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento veintiséis mil veintinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 13 metros de frente; al sur, Luis Alfaro Vargas; al este, David Fallas Valenciano y al oeste, RRJ Jomanro Internacional S.A. Mide: doscientos noventa y tres metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: L-1278511-2008. Para tal efecto, señalan las trece horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de veintitrés millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cero minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno con la base de setecientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Con una base de seis millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 00047139 000 citas: 407-02703-01-0900-001, condiciones ref.: 00047139 000 citas: 407-02703-01-0901-001, condiciones ref.: 00047139 000 citas: 407-02703-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cuarenta mil ciento diez, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle publica con 10 metros y 50 centímetros de frente; al sur, Luis Alfaro Vargas; al este, RRJ Jomanro S.A. y al oeste, RRJ Jomanro S.A. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: L-1279275-2008. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de cinco millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Con una base de seis millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 00047139 000 citas: 407-02703-01-0900-001 y condiciones ref.: 00047139 000 citas: 407-02703-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y dos mil novecientos cincuenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10.50 metros; al sur, Luis Alfaro Vargas; al este, R R J Jomandro S.A y al oeste, R R J Jomandro S.A. Mide: doscientos treinta y dos metros cuadrados. Plano: L-1278509-2008. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Hernán Quesada Solano. Expediente Nº 20-003081-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 15 de julio del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021570097 ).

En este Despacho con una base de ocho millones quinientos diecinueve mil colones libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo B Q G cuatrocientos tres, marca Chevrolet, estilo Beat LTZ, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie, chasís y vin número M A seis C H cinco C D uno J T cero cero uno tres nueve ocho, año dos mil dieciocho, carrocería Sedán cuatro puertas, color negro, tracción 4x2, número de ejes dos, número de motor B uno dos D uno Z dos uno siete tres tres tres H N siete X cero dos cuatro seis, marca motor Chevrolet, cilindrada 1200 c.c., cilindros cuatro, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno con la base de seis millones trescientos ochenta y nueve mil doscientos cincuenta colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del ocho de octubre de dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento veintinueve mil setecientos cincuenta colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Marjorie Solís Rendon. Expediente Nº 19-007792-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 junio 2021.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021570118 ).

En este Despacho, con una base de ciento veinticinco mil colones exactos, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y un mil setecientos tres, derecho, la cual es terreno. Situada en el distrito, cantón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte; al sur; al este y al oeste. Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de ciento ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno, con la base de treinta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Jemco S. A. contra Yunimar S.A.. Expediente Nº 21-002829-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de julio del año 2021.—Licda. Yorlenny de Los Ángeles Mosquera Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021570126 ).

En este Despacho, con una base de once millones trescientos ochenta y un mil setecientos diecisiete colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FTD780, marca: Fiat, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas: Vin: ZFA323000G6B79655, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: plateado, número de motor 198A40001234994, cilindrada: 1368 c.c, potencia: 88.00 kw, combustible: gasolina, cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones quinientos treinta y seis mil doscientos ochenta y ocho colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de dos millones ochocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos veintinueve colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo Granados Hernández. Expediente Nº 18-008749-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de julio del 2021.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021570152 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones setecientos cincuenta y ocho mil treinta y seis colones con setenta y seis céntimos, que corresponde a la fijada en sentencia, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 97237, derechos 001, 004, 006, 007, 008, 009, 010, 011, 012, 013, libre de gravámenes de garantías mobiliarias, hipotecarios, prendarios, pero soportando, lo siguiente: Soportan: Reservas y Restricciones citas: 400-13064-01-0902-001 finca referencia 5081448 000 Cancelaciones Parciales: No hay. Anotaciones del Gravamen: No hay. La finca es de naturaleza: Terreno con una casa. Situada en el: distrito: 1-hojancha, cantón: 11-Hojancha, provincia: Guanacaste. Colinda al norte: Quebrada Huacas y Maylid Pérez Rodríguez; sur: calle pública; este: Quebrada Huacas y Maylid Pérez Rodríguez; oeste: Ana Belle Pérez. Tiene una medida de: seiscientos metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano: G-0251002-1995. Para lo cual se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil veintiuno. Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Jimmy Edwin Pérez Gutiérrez contra Bolívar Efraín de la Trinidad Pérez Rodríguez, Luz Marina Pérez Rodríguez, Margarita María Gerarda Pérez Rodríguez, Sandra Gina Sandoval Pérez. Expediente N° 16-000022-0873-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya). Nicoya, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—( IN2021570179 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve millones trescientos ochenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 19408, derechos 005, 006, 008, la cual es terreno para construir con un negocio comercial. Situada en el distrito Puntarenas, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Emilio Álvarez Castrillo; al sur, Carretera Interamericana; al este, Emilio Álvarez Castillo y al oeste, Emilio Álvarez Castillo. Mide: mil setecientos cuarenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del ocho de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y cuatro millones quinientos cuarenta mil setecientos cuarenta y ocho colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de catorce millones ochocientos cuarenta y seis mil novecientos dieciséis colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Sally Ethel Gerardina Navarro Suarez contra Guiselle Suarez Cascante, Jorge Manrique Mora Villagra. Expediente Nº 18-000110-0642-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil de Puntarenas, 24 de junio del año 2021.—Licda. Xinia Patricia González Grajales, Jueza Tramitadora.—( IN2021570220 ).

Convocatorias

De conformidad con lo ordenado en auto de las diez horas un minuto del cinco de julio de dos mil veintiuno, se convoca a todos los acreedores de Land Business Sociedad Anónima (CASABLANCA), cédula jurídica 3-101-353186, a la celebración de junta de acreedores, expediente 17-000001-0958-CI, que se realizará a las nueve horas del miércoles dieciocho de agosto del dos mil veintiuno. La cual, de conformidad con los artículos 24.4 y 25.1 del Código Procesal Civil (Ley 9342), en relación con el numeral 19 del Reglamento del expediente electrónico y la circular 93-2020 de la Corte Plena denominada “Protocolo para la realización de audiencias orales por medios tecnológicos en materia civil”; la junta de acreedores se desarrollará por medios tecnológicos, específicamente mediante la aplicación denominada “Microsoft Teams”. Las personas que deban asistir a esta audiencia podrán acceder en la siguiente dirección electrónica: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/ 19%3ameeting_YzYyYTYzMWEtY2E3ZS00MjcyLWE4YzQtMWRiZmJjOWYyZWMy%40t hread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2239444c37-187e-4904-a13d-cdeeb03600c7% 22%2c%22Oid%22%3a%22658bcc64-9eb0-44ff-b0ed-b78c87dc7fca% 22%7d. Expediente 17-000001-0958-CI. Convenio Preventivo. 05 de junio del 2021.—Juzgado Concursal.—Lic. Sergio Huertas Ortega, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021570289 ).

Citaciones

Yo, Alex Adolfo Leitón Miranda, notario público con oficina en San José, calle cuarenta y dos, avenida las Américas, hago constar que, ante mi notaría, se tramita la sucesión de Didier Hernández Badilla, quien fue mayor de edad, viudo una vez, pensionado, vecino de Heredia, del Castillo carretera a Barva, cincuenta metros al norte y setenta y cinco metros al este, portador de la cédula de identidad número: siete cero cero veinticuatro cero quinientos ochenta y nueve. Emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en la dirección indicada a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el plazo indicado, aquella pasará a quien corresponda.—San José, a las doce horas del veintisiete de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Alex Adolfo Leitón Miranda, Notario Público.—1 vez.—( IN2021569131 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Roberto Meléndez Conejo, mayor, estado civil soltero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0502590418 y vecino de Heredia, San Rafael. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000761-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, catorce horas con treinta y seis minutos del veintitrés de julio del dos mil veintiuno.—M.Sc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—1 vez.—( IN2021569136 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Grettel Priscilla Romero Lamicq, mayor, casada en terceras nupcias, costarricense, con cédula de identidad 6-0216-0737 y vecina de Heredia, San Antonio de Belén. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 21-000666-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, trece horas con veintidós minutos del veinte de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2021569145 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría en fecha trece de julio del dos mil veintiuno, se declara abierto el proceso sucesorio en vía notarial. Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Mayra Monge Muñoz, quien en vida fue mayor, divorciada de sus primeras nupcias, educadora pensionada, portadora de la cédula de identidad número uno-cero doscientos setenta y dos-cero ciento cincuenta y dos, vecina de San José, Goicoechea, de las oficinas de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, seiscientos veinticinco metros al este, Condominio La Maravilla, apartamento número siete. Comprobado el fallecimiento el veintiuno de setiembre del dos mil veinte en San José, Central, Hospital, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos bajo los apercibimientos de que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Esta notaría se ubica San José, Guachipelín de Escazú, Edificio Atrium Centro Corporativo, cuarto piso, Daremblum & Herrera, Abogados. Sucesión notarial de Mayra Monge Muñoz. Expediente N° 001-2021.— San José, 27 de julio del 2021.—Nicole Herrera Fallas, Notaria.—1 vez.—( IN2021569169 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Rafael Ángel de la Trinidad González Marín, mayor, casado una vez, peón, cédula de identidad número tres-ciento cinco-doscientos cincuenta y cinco, falleció el día dieciséis de abril del dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar, sus derechos y se les apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número cero cero cero cero cero uno-dos mil veintiuno, sucesión en sede notarial. Notario Alejandro Argüello Leiva, con oficina abierta en Limón, Siquirres, ciento veinte metros al norte del Banco Nacional de Costa Rica.—Siquirres, veinticinco de mayo del dos mil veintiuno.—Lic. Alejandro Argüello Lena, Notario Público.—1 vez.—( IN2021569198 ).

Comprobado el fallecimiento de Juan Amado Retana Agüero, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Francisco de Heredia, Urbanización la Victoria, casa G nueve, con cédula: siete-cero cero cuarenta y uno-cero ochocientos nueve, se declara abierto proceso sucesorio Ab-Intestato en sede notarial. Se designa como albacea a Digna Erlinda Araya Mora, cédula: uno-cero trescientos veinticuatro-cero setecientos veintiséis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que se apersonen a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días hábiles, a partir de esta publicación.—Heredia, a las catorce horas del veintisiete de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Lourdes Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—( IN2021569208 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Eduardo Rojas Troyo, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0104060290 y vecino de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000619-0504-CI-1.—Juzgado Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciséis minutos del veintidós de julio del dos mil veintiuno. M.Sc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—1 vez.—( IN2021569512 ).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de la persona menor Susana Anchia Álvarez, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 20-000353-0673-NA. Proceso de tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José, 22 de julio de 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569104 ). 3 v. 2.

Se avisa que, en este Despacho Randall Gerardo Gómez Fonseca, solicita se apruebe la Adopción Individual de las personas menores de edad Ariana De Los Ángeles Corrales Cascante y Valeria De Los Ángeles Corrales Cascante. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 20-000921-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 20 de julio del 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569141 ).

Se avisa a los señores Merlyn Silva Gutiérrez y Guillermo Hidalgo Barrientos, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 21-000436-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas Por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Adriana Chiquinkira Hidalgo Silva y Adriano Oreste Guevara Silva. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de julio de dos mil veintiuno.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021569142 ).

Se avisa, al señor Samuel Jonatan Sánchez, mayor, de domicilio desconocido, mismo representado por el curador procesal licenciado Alfonso Altamirano Suarez, se le hace saber que existe proceso N° 19-000763-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Jonathan Samuel Sánchez García y Cindy Mariella Sánchez García establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Samuel Jonatan Sánchez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del tres de diciembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licenciada Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de julio del 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569249 ).

Se avisa a la señora Treicy Picado Obando, mayor, con demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Randall Enrique Salas Alvarado, hace saber que existe proceso N° 19-000859-0673-NA, de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad: Deyphril Denysse Picado Obando, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Treicy Picado Obando, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 2021000220. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las trece horas siete minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados: … II. Sobre el fondo:… Por tanto: por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de Deyphril Denysse Picado Obando. Se suspende a la señora: Treicy Picado Obando en el ejercicio de la patria potestad. Se confiere el depósito de la niña Deyphril Denysse en el hogar de Jesús Picado Arias. Dentro de los ocho días posteriores a la firmeza de este fallo deberá el señor Jesús Picado Arias comparecer a este juzgado a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, para Deyphril Denysse al tomo: 2280, folio: 309, asiento: 618 de la provincia de San José. Se resuelve sin especial condena en costas.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 22 de julio de 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Juez Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569250 ).

Se avisa, a los señores Ronel Gerardo Enrique Marín Bonilla y Shirley Lucía Vargas Morales, mayores, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciado Luis Alberto Sáenz Zumbado, se le hace saber que existe proceso N° 20-000077-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Joselyn Melissa Marín Vargas establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ronel Gerardo Enrique Marín Bonilla y Shirley Lucía Vargas Morales, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas y uno minutos del nueve de marzo de dos mil veinte, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de julio de 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569251 ).