BOLETÍN JUDICIAL N° 148 DEL 04 DE AGOSTO DEL 2021
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNAL DE SERVICIO CIVIL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Citaciones
Avisos
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión número 18-2021 celebrada el 04 de marzo del 2021, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Materia Penal del año
2007 y 2017 del Juzgado Penal de Sarapiquí.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 500 H 07, Expedientes:
406, Paquetes: 56, Año:
2007, Asunto:
Penales Varios 7 Daños, 8 Uso Documento
Falso, 1 Invasión Área de Protección, 11 Retención Indebida, 2 Homicidios, 1 Privación de
Libertad, 1 Incumplimiento del Deber
Alimentario, 1 Libramiento
de Cheque sin Fondos, 2 Violación,
1 Sustracción de Menor e Incapaz, 8 Receptación, 8 Infracción Ley de Armas, 31 Hurto, 2 Obstrucción Vía Pública, 1 Tentativa de Violación, 1 Abandono de Incapaces, 1
Resistencia Agravada, 16 Desobediencias,
13 Violación de Domicilio,
5 Lesiones Culposas, 10
tala Ilegal y Aprovechamiento
de Madera, 1 Perjurio, 6 Portación
Ilegal de Armas, 5 Amenazas Agravadas, 3 Amenazas, 10 Hurto Agravado, 2 Lesiones Graves, 1 Apropiación Irregular, 1 Incumplimiento
de Medida de Protección, 2 Permanencia y Venta de Licor a Menor, 8 Estafa, 13 Resistencia a la Autoridad,
2 Accionamiento de Arma, 2 Falsificación de Señas y Marcas, 1 Agresión Psicológica, 1 Agresión Calificada, 1 Falsedad Ideológica, 4 Violencia Doméstica, 1 Allanamiento Ilegal, 13 Desobediencia a la Autoridad, 5 Infracción Ley de Migración, 10 Lesiones Leves, 11 Abandono y Descuido de Animales, 4 Abuso de Autoridad, 1 Trata de Personas, 1 Transporte Ilegal de Madera, 2 Infracción
Ley Psicotrópicos, 14 Tenencia
de Armas Prohibidas, 1 Tráfico de Personas, 1 Estelionato,
2 Homicidio Culposo, 17
Robo Agravado, 25 Robo Simple, 14 Usurpación,
45 Agresión con Arma, 44 Infracción Ley Forestal, 1 Falsedad Ideológica, 1 Infracción Ley Conservación Vida
Silvestre. Expedientes
con Sentencia de Sobreseimiento
Firme.
Expedientes: 394, Paquetes:
53, Año: 2007, Asuntos:
1 Circulación de Moneda
Falsa, 5 Hurto Agravado, 7 Daños, 6 Averiguar Desaparición, 15 Uso Documento Falso, 5 Amenazas, 5 Abandono Dañino de Animales, 3 Homicidio Culposo, 13 Otros, 40 Tenencia de Drogas, 1 Atípico, 6 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 1 Usurpación,
1 Ignorado, 1 Corrupción, 1
Coacción, 1 Denuncia Calumniosa, 1 Estelionato, 2 Privación de Libertad, 1 Permanencia
y Venta de Licor a Menor, 4 Estafas, 20 Robo Simple,
4 Violación de Domicilio, 3
Infracción Ley Derecho de Autor, 2 Homicidios, 1 Incumplimiento de Deberes Funcionario Público, 1 Infracción Ley Caza y Pesca, 1 Abuso de Potestad, 1 Accionamiento de Arma, 1 Abuso Sexual contra Mayor
de Edad (tentativa), 2 Suicidios, 1 Corrupción Agravada Menor, 3 Amenazas Agravadas, 1 Falsedad Ideológica, 1 Falso Testimonio, 10 Usurpación,
1 Venta de Artículos Peligrosos a Menor de Edad, 23 Infracción Ley Forestal, 18 Agresión con Arma, 12 Hurto Simple, 2 Abandono de Menor o Incapaz, 39 Retención Indebida, 32 Averiguar Muerte, 10 Lesiones Culposas, 8 Sustracción e Menor o Incapaz, 3 Simulación de Delito, 4 Abuso de Autoridad, 7 Robo Agravado, 9 Receptación, 8 Lesiones, 3 Infracción Ley de Migración, 23 Violencia Doméstica, 20 Desobediencia. Expedientes con Resolución de Desestimación
Firme.
Remesa: P 501 H 08, Expedientes:
308, Paquetes: 42, Año:
2008, Asunto: Penales Varios
(7 Daños, 10 Infracción Ley
Caza y Pesca, 5 Infracción
Ley de Conservación Vida Silvestre, 20 Desobediencia, 10 Usurpación, 8
Robo, 11 Receptación, 5 Averiguar
Muerte, 34 Retención Indebida, 6 Robo Agravado, 34 Agresión con Arma, 21 Portación Ilícita de Arma, 5 Hurto, 9 Infracción Ley de Armas, 4 Uso Documento Falso,
4 Estafa, 3 Amenazas Agravadas, 12 Tala Ilegal y Aprovechamiento de Madera, 6 Aprovechamiento
Ilegal de Madera, 2 Transporte
Ilegal de Madera, 13 Lesiones
Leves, 9 Violencia Doméstica, 2 Descuido de Animales, 2 Abuso de Autoridad, 1 Accionamiento de Arma, 5 Violación de Domicilio, 4 Resistencia a la Autoridad,
2 Sustracción de Menor o Incapaz, 7 Incumplimiento de Medidas, 1 Falsedad Ideológica, 2 Violación, 1 Incumplimiento del Deber Alimentario, 1 Tenencia y Portación Ilegal de Arma, 1 Difusión de Pornografía, 1 Lesiones Graves, 4
Lesiones Culposas, 3 Estelionato, 2 Falsificación Señas y Marcas, 23 Infracción Ley Forestal, 1 Aprovechamiento Ilegal de Recursos Naturales, 3 Hurto Agravado, 2 Homicidios Culposos, 1 Tentativa de Robo, 1 Fraude Informático. Expedientes con Sentencia
de Sobreseimiento Firme.
Expedientes: 727, Paquetes:
68, Año: 2008, Asuntos: 53 Retención, 7 Incumplimiento de Medidas, 1 Proxenetismo, 1 Libramiento de
Cheque sin Fondos, 1 Violación,
9 Maltrato, 2 Abandono Dañino de Animales, 1 Extorción, 14 Infracción Ley de Migración, 50 Infracción Ley Psicotrópicos, 16 Usurpación, 3 Amenazas, 10 Uso de Documento Falso, 24 Desobediencia, 12 Daños, 1 Extracción Ilegal de Materiales, 5 Portación Ilegal de Armas, 1 Administración Fraudulenta, 4 Sustracción de Menor, 2 Amenazas Agravadas, 1 Explotación Ilegal de Material Minero, 1 Agresión y Otro, 2 Falsedad Ideológica, 5 Lesiones Culposas, 1 Secuestro, 1 Infracción Ley Conservación Vida
Silvestre, 29 Agresión Con Arma,
1 Incumplimiento de Contrato,
1 Tenencia de Armas Prohibidas, 2 Estafa, 2 Homicidio Culposo, 1 Suicidio, 14 Averiguar Desaparición, 1 Cambio Uso de Suelo, 1 Corrupción, 1 Infracción al Fisco, 7 Violencia Emocional, 1 Estelionato, 1 Privación de
Libertad, 3 Violación de Domicilio
y Otros, 1 Penalidad del
Corruptor, 5 Abuso de Autoridad,
21 Hurto, 4 Infracción Ley
de Armas, 3 Infracción Ley Adulto Mayor, 13 Otros, 17 Maltrato, 1 Libramiento de Cheque
sin Fondos, 18 Violencia Doméstica, 1 Amenaza contra Mujer, 1 Infracción Ley Derecho
Autor, 29 Robo Agravado, 19 Hurto
Agravado, 5 Resistencia a la Autoridad,
23 Receptación, 28 Infracción
Ley Forestal, 39 Averiguar Muerte, 2 Atípico, 16 Falsificación Señas y Marcas, 1 Estafa Mediante Cheque,
2 Ignorado, 2 Homicidios,
11 Uso Documento Falso, 3 Tentativa de Suicidio, 15 Robo Simple, 141 Tenencia
de Droga, 13 Lesiones Leves. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.
Remesa: P 501 H 09, Expedientes:
499, Paquetes: 47, Año:
2009, Asunto:
Penales Varios (8 Lesiones Leves, 19 Hurto Simple, 16 Robo Simple, 31 Agresión
con Arma, 30 Portación Ilícita de Arma Permitida, 20 Retención Indebida, 32 Infracción Ley Tránsito, 13 Lesiones Culposas, 12 Infracción Ley de Armas, 30 Incumplimiento Medidas de Protección, 14 Usurpación, 37 Conducción Temeraria, 43 Infracción Ley Forestal, 67 Violencia Doméstica, 4 Amenazas contra Mujer, 4 Amenazas con Arma y Amenazas, 4 Amenazas Agravadas, 3 Transporte Ilegal de Madera, 3 Agresión Arma, 3 Agresión Calificada, 8 Violación de Domicilio, 1 Circulación de Moneda Falsa, 1 Falsificación de Señas y Marcas, 1 Falsedad Ideológicas, 1 Tenencia de Arma, 12 Daños, 3 Hurto Agravado, 3 Aprovechamiento Ilegal de Madera,
7 Robo Agravado, 1 Privación
de Libertad, 1 Resistencia a la Autoridad, 3 Libramiento de Cheques sin Fondos,
1 Infracción Ley de Licores,
1 Abuso de Autoridad, 1 Administración Fraudulenta, 9 Infracción Ley Caza y Pesa, 8 Estafa, 2 Estafa Mediante Cheque,
7 Infracción Ley de Conservación
Vida Silvestre, 1 Invasión Zona de Protección, 5 Receptación, 4
Resistencia a la Autoridad, 1 Hurto
de Uso, 11 Desobediencia a
la Autoridad, 1 Infracción
al Medio Ambiente, 4 Tala Ilegal,
1 Sustracción de Menor 1 Infracción Ley de Sicotrópicos, 1
Tenencia de Droga, 3 Robo Agravado (Tentativa), 2 Venta de Droga. Expedientes con Sentencia
de Sobreseimiento Firme.
Expedientes: 1485, Paquetes:
68, Año: 2009, Asuntos: 33 Lesiones Culposas, 15 Venta de Drogas, 9 Sustracción de Menor o Incapaz, 19 Lesiones, 22 Usurpación, 20 Robo Agravado, 30 Incumplimiento de una Medida de Protección,
62 Robos, 73 Retención Indebida,
114 Violencia Doméstica, 1 Abuso Patria Potestad, 62 Hurtos, 36 Averiguar Muerte, 77 Receptación, 29 Amenazas, 446 Tenencia de Droga, 2 Infracción
Ley Adulto Mayor, 9 Infracción Ley derecho Autor, 6 Desobediencia, 6 Hurto Agravado, 6 Amenazas Agravadas, 1 Permanencia de Menores, 1 Cambio de Uso de Suelo, 1 Conducción Temeraria, 1 Difusión
de Pornografía, 1 Infracción Ley Código Fiscal, 3 Libramiento Cheque sin Fondos, 3 Infracción Conservación Ley Vida silvestre, 8 Infracción Ley Caza y Pesca, 6 Infracción Ley Migración, 1 Usurpación de Bienes, 16 Violación,
55 Agresión con Arma, 60 Falsificación Señas
y Marcas, 1 Falsificación de Moneda, 5 Otros, 9 Circulación Moneda Falsa, 14 Averiguar Desaparición, 27 Amenazas contra Mujer, 1 Sustracción de Menor, 1 Retención de la Caja, 3 Atípico, 2 Falsedad Ideológica, 1 Agresión Calificada,
3 Infracción Ley Tránsito, 2 Suicidio Tentativa de), 9 Portación
Ilícita de Arma, 2 Abandono de Incapaces, 1 Corrupción
de Menores, 1 Homicidio
Tentativa de), 18 Infracción Ley Forestal, 5 Abuso de Autoridad, 4 Violación de Domicilio, 6 Infracción Ley Psicotrópicos, 9 Infracción Ley de Armas, 1 Privación de Libertad, 1 Administración Fraudulenta,
7 Homicidio Culposo, 17 Agresión,
6 Amenazas con Arma,
22 Uso Documento Falso, 3 Tala Ilegal de Madera,
15 Estafa, 6 Resistencia a la Autoridad,
2 Proxenetismo, 1 Infracción Ley de Aguas, 1 Infracción Ley de Licores,
45 Daños.
Expedientes con Resolución
de Desestimación Firme.
Remesa: P 502 H 10, Expedientes:
544, Paquetes: 61, Año:
2010, Asuntos: 33 Agresión con Arma, 11 Robo Agravado, 10 Uso Documento Falso,
47 Infracción Ley Forestal,
104 Desobediencia, 11 Receptación,
1 Estelionato, 21 Daños, 3 Falsedad Ideológica, 48 Conducción Temeraria, 1 Daños Agravados, 16 Amenazas Agravadas, 1 Daños y Agresión con Arma, 2 Homicidio tentativa de), 1 Daños a La Autoridad, Daños a la Propiedad, 1 Circulación de Moneda Falsa, 2 Sustracción de Menor e Incapaz, 3 Robo, 3 Usurpación, 3 Violación de Domicilio, 1 Infracción Ley
Derecho Autor, 1 Desobediencia al Ministerio
de Salud, 2 Privación de
Libertad, 3 Abuso de Autoridad,
1 Agresión Calificada, 1 Tenencia de Armas Prohibidas y Otros, 1 Tenencia y Portación Ilegal de Armas, 2 Amenazas contra una Mujer y Otros, 1 Amenaza y Privación de Libertad, 2 Amenazas,
2 Invasión Zona de Protección,
49 Portación Ilícita de Arma, 1 Infracción Ley de Migración, 1 Transporte Ilegal de Madera, 1 Libramiento
de Cheque sin Fondos, 1 Tala Ilegal,
1 Aprovechamiento Ilegal de
Recursos Forestales, 4 Lesiones Culposas, 27 Incumplimiento de Medida, 9 Infracción Ley Caza y Pesca, 4 Estafa, 2 Circulación de Moneda Falsa, 3 Infracción de Ley
de Armas, 3 Violencia Doméstica, 1 Peculado, 3 Venta de Drogas, 1 Resistencia a la Autoridad
y Daños, 1 Resistencia Agravada,
11 Retención Indebida, 2 Abusos de Patria Potestad, 1 Infracción Ley Forestal Cambio Uso de Suelo, 9 Infracción Ley Vida Silvestre, 1 Apropiación
Indebida, 1 Homicidio Culposo, 13 Resistencia a la Autoridad,
9 Lesiones, 2 Falsificación
Señas y Marcas, 3 Tenencia de Droga, 27 Hurto, 12 Robo Simple. Expedientes
con Sentencia de Sobreseimiento
Firme. Expedientes: 1363, Paquetes:
76, Año: 2010, Asuntos: 72 Violencia Doméstica, 2 Apropiación Indebida, 1 Conducción
Temeraria, 2 Daños Agravados, 9 Desaparición, 6 Circulación de Moneda Falsa, 47 Daños, 50 Incumplimiento de una Medida de Protección, 9 Otros, 5 Uso Documento Falso,
8 Usurpación, 65 Hurto Agravado, 75 Retención Indebida,
126 Robo Simple, 173 Hurto, 54 Robo Agravado, 4 Falsedad Ideológico, 5 Atípicos, 40 Receptación,
29 Lesiones Culposas,
4 Homicidio Culposo, 1 Penalidad del Corruptor, 1 Favorecimiento,
1 Infracción Ley de Aguas, 1 Fraude de Simulación, 1 Daños Agravados, 2 Tala y Aprovechamiento
Ilegal de Madera, 2 Infracción Ley Derecho autor, 1 Infracción Ley Licores, 1 Aborto, 1 Apropiación Irregular, 1 Suministro de Droga, 4 Abandono de Incapaces, 1 Amenazas
a Funcionario Público,
1 Cambio de Uso de Suelo, 1
Incendio, 1 Lesiones
Graves, 1 Extorción, 1 Transporte Ilegal
de Madera, 7 Sustracción de Menor o Incapaz, 1 Agresión, 1 Sustracción Patrimonial, 1 Permanencia
de Menor en Lugar no Autorizado, 1 Denuncia Calumniosa, 1 Difusión de Pornografía,
2 Tentativa de Suicidio,
4 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 1 Estelionato,
52 Infracción Ley Forestal, 15 Lesiones, 48 Agresión con Arma, 8 Resistencia a la Autoridad,
5 Infracción Ley Migración, 11 Amenazas, 12 Infracción
Ley Caza y Pesca, 6 Infracción Ley Adulto Mayor, 1 Amenaza con Arma, 16 Falsificación Señas
y Marcas, 2 Alteración Señas
y Marcas, 9 Portación Ilícita
de Arma Permitida, 3 Infracción
Ley de Armas, 11 Estafa,
10 Violación de Domicilio, 2 Trata de Mujeres y Menores, 1 Estafa Mediante
Cheque, 1 Privación de Libertad, 1 Amenaza
con Arma, 9 Amenazas Agravadas, 1 Accionamiento de Arma, 20 Desobediencia, 4 Abuso Patria Potestad, 1 Receptación,
31 Averiguar Muerte,
12 abuso de Autoridad, 238 Tenencia de Droga. Expedientes con Resolución de Desestimación Firme.
Remesa: P 501 H 11, Expedientes:
340, Paquetes: 42, Año:
2011, Asuntos: 9 Receptación, 1 Uso Documento Falso,
1 Maltrato Adulto Mayor y Agresión Psicológica, 1 Maltrato (Violencia contra las mujeres), 2 Infracción Ley de Armas, 6 Amenazas con Arma, 6 Infracción Ley Caza y Pesca, 36 Conducción Temeraria, 11 Desobediencia a la Autoridad, 8 Lesiones Culposas, 1 Falsificación Señas y Marcas, 4 Infracción Ley Vida Silvestre, 38 Agresión
con Arma, 2 Tentativa de
Robo, 5 Resistencia a la Autoridad, 1 Agresión Calificada, 21 Hurto, 15 Daños, 22 Infracción Ley Forestal, 3 Cambio
de Uso de Suelo, 1 Amenazas contra Mujer, 10 Usurpación, 16 Retención Indebida, 1 Estelionato, 27 Portación Ilícita de Arma, 1 Violación de Domicilio, 1 Abuso de Autoridad, 1 Infracción Ley de Minería, 1 Invasión en Zona de Protección, 1 Transporte Ilegal de Madera, 1 Tentativa de Homicidio, 2 Abuso Patria Potestad, 50 Incumplimiento de Medidas, 6 Lesiones, 3 Estafas, 2 Amenazas, 3 Amenazas Agravadas, 14 Robo Simple, 2 Aprovechamiento
Ilegal de Madera, 1 Infracción
Ley Senasa, 1 Abandono de Incapaz, 2 Administración Fraudulenta. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento
Firme. Expedientes: 1071, Paquetes:
54, Año: 2011, Asuntos: 2 Infracción
Ley de Licores, 1 Daño Patrimonial, 5 Privación
de Libertad, 1 Sustracción de Menor, 1 Infracción
Ley de Migración, 1 Incumplimiento de Medida,
3 Agresión Calificada, 2 Conducción
Temeraria, 1 Atípico,
1 Usurpación de Autoridad, 1 Fraude Informático, 1 Invasión
en Zona de Protección, 4 Uso de Documento Falso, 1 Estafa Mediante Cheque, 3
Amenazas Agravadas, 1 Sustracción Patrimonial, 2 Infracción Ley Fitosanitaria, 1 Obstrucción Vía Pública,
53 Daños, 22 Falsificación Señas
y Marcas, 65 Retención Indebida,
104 Incumplimiento de Medida
de Protección, 13 Amenazas, 7 Amenazas con Arma, 3 Averiguar Desaparición, 7 Usurpación, 17 Abuso de Autoridad, 12 Infracción Ley Caza y Pesca, 2 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 8 Desobediencia,
21 Portación Ilícita de Arma,
10 Transporte Ilegal de
Madera, 77 Agresión con Arma, 22 Estafa, 75 Tenencia de Droga, 7 Hurto Agravado, 32 Infracción Ley Forestal, 18 Lesiones, 35 Averiguar Muerte, 1 Violación
de Sellos, 1 Infracción Ley de Aguas, 35 receptación, 6 Otros, 2 Amenazas contra Una Mujer, 2 Infracción
Código de Minería, 5 Accionamiento de Arma,
6 Violación de Domicilio, 2 Amenazas a Funcionario Público, 1 Infracción Ley Derecho Autor, 1 Incumplimiento de Deberes a Terceros, 39 Lesiones Culposas 193 Robos Simples, 116 Hurto. Expedientes con Resolución
de Desestimación Firme.
Remesa: P 500 H 12, Expedientes:
313, Paquetes: 40, Año:
2012, Asuntos: 1 Hurto Agravado,
5 Desobediencia, 11 Infracción
Ley Caza y Pesca, 15 Hurto,
1 Aprovechamiento Ilegal de
Madera, 1 Fraude de Simulación,
1 Falsificación Señas y Marcas, 1 Tentativa de Robo, 1 Estelionato, 2 Invasión en Zona de Protección, 9 Infracción Ley Forestal, 1 Simulación de Delito, 1 Administración Fraudulenta, 2 Infracción Ley Migración y Extranjería, 1 Desobediencia a la
Autoridad, 7 Lesiones Culposas, 29 Retención Indebida, 32 Portación Ilícita de Arma, 2 Amenazas Agravadas, 3 Resistencia
a la Autoridad, 4 Infracción
Ley Vida Silvestre, 3 Estafa, 1 Cambio de Uso de Suelo, 5 Transporte Ilegal de Madera, 4 Usurpación, 3 Amenazas, 42 Conducción Temeraria, 28 Incumplimiento Medida de Protección, 16 Daños, 1 Robo
Simple en Tentativa de), 2 Amenazas a Funcionario Público, 4 Amenazas con Arma, 1 Privación de Libertad, 1 Abuso de Autoridad, 1 Infracción Código de Minas, 21 Robos,
30 Agresión con Arma, 1 Abandono de Incapaces, 12 Lesiones y Otros, 7 Receptación. Expedientes
con Sentencia de Sobreseimiento
Firme.
Expedientes: 1330, Paquetes:
54, Año: 2012, Asuntos: 231 Incumplimiento
Medida de Protección, 247
Robo Simple, 63 Agresión con Arma,
2 Infracción Ley Código Minería,
1 Falsedad Ideológica, 14 Infracción Ley Caza y Pesca, 35 Falsificación Señas y Marcas, 58 Receptación, 19 Estafa, 172 Hurto, 1 Hurto Agravado, 1 Uso de Documento Falso, 58 Daños, 46 Averiguar Muerte, 64 Retención Indebida, 11 Averiguar Desaparición, 8 Infracción Conservación Ley Vida
Silvestre, 4 Accionamiento de Arma,
3 Atípico, 1 Amenaza contra
una Mujer, 2 Amenazas a Funcionario Público, 47 Lesiones Culposas, 22 Abuso de Autoridad, 24 Amenazas con Arma, 2 Privación de Libertad, 2 Apropiación
Irregular, 2 Infracción Ley de Migración,
3 Amenazas Agravadas, 3 Apropiación Indebida, 5 Amenazas con Arma, 23 Otros, 19 Lesiones, 1 Abandono Dañino de Animales, 1 Agresión Calificada, 28 Portación Ilícita de Arma, 1 Robo Tentativa de), 16 Resistencia a la Autoridad,
6 Infracción Adulto Mayor,
9 Desobediencia, 1 Cambio de Uso
de Suelo, 24 Infracción Ley
Forestal, 2 Ignorado, 9 Conducción Temeraria, 3 Invasión en Zona de Protección, 5 Maltrato, 13 Usurpación, 1 Infracción Ley de Licores, 5 Violación de Domicilio, 6 Transporte Ilegal de Madera, 2 Infracción
Ley de Armas, 1 Simulación
de Delitos, 1 Abandono de Incapaces, 2 Circulación de Moneda Falsa, 1 Aprovechamiento Ilegal de Madera. Expedientes
con Resolución de Desestimación
Firme.
Remesa: P 502 H 13, Expedientes:
241, Paquetes: 44, Año:
2013, Asuntos: 25 Agresión con Arma, 17 Receptación, 1 Amenazas, 14 Conducción Temeraria, 6 Resistencia a la Autoridad,
16 Desobediencia, 3 Tentativa
de Homicidio, 1 Invasión
Zona de Protección, 1 Rapto
Impropio, 1 Averiguar Muerte, 1 Explotación de Incapaces, 2 Falsificación Señas y Marcas, 2 Estafa, 2 Cambio Uso de Suelo e Invasión Área de Protección, 1
Abuso Patria Potestad, 2 Retención Indebida, 2 Denuncia Calumniosa, 1 Movilización de Productos, 3 Transporte Ilegal de Madera, 1 Tenencia Ilegal de Armas, 2 Simulación de Delito, 9 Retención Indebida, 1 Infracción Código de Minería, 1 Infracción Ley Adulto Mayor, 13 Portación Ilícita de Arma, 16 Infracción Ley Forestal, 1 Favorecimiento Real, 2 Lesiones,
1 Usurpación, 5 Infracción
Ley Caza y Pesca, 1 Infracción
Ley Migración, 23 Incumplimiento
de Medidas, 2 Infracción
Ley Vida Silvestre, 1 Infracción Ley de Salud, 1 Daños Agravados, 4 Lesiones Culposas, 6 Amenazas Agravadas, 4 Robo Simple, 1 Tentativa
de Robo, 4 Violación de Domicilio,
1 Tala y Aprovechamiento Ilegal
de Madera, 2 Abuso de Autoridad,
17 Daños, 21 Hurto. Expedientes con Sentencia
de Sobreseimiento Firme.
Expedientes: 1003, Paquetes:
73, Año: 2013, Asuntos: 187 Incumplimiento
de una Medida de Protección,
90 Retención Indebida, 1 Muerte en Investigación,
11 Averiguar Desaparición,
1 Rapto Impropio, 1 Suplantación de Nombre, 1 Hurto Agravado, 1 Infracción Ley Tributaria, 1 Invasión Zona de Protección, 3 Administración Fraudulenta, 7 Violación de Domicilio, 25 Desobediencia, 1 Tala y Aprovechamiento
Ilegal de Madera, 1 Comercialización
de Armas, Explosivos y Pólvora, 1 Infracción Ley de Salud, 1 Rapto Impropio, 1 Penalidad de
Corruptor, 2 Infracción Ley Código Fiscal, 57 Agresión con Arma, 7 Resistencia
a la Autoridad, 1 Agresión Calificada, 13 Conducción Temeraria, 37 Receptación, 3 Falsedad Ideológica, 35 Infracción Ley Forestal, 18 Amenazas Agravadas, 25 Portación Ilícita de Arma Permitida, 35 Daños, 90 Robo, 1 Infracción Ley
Derecho Autor, 3 Privación de Libertad, 1 Falsificación de Documento, 4 Maltrato, 1 Contagio Venero, 34 Retención Indebida, 14 Lesiones, 14 Abusos de Autoridad, 36 Averiguar Muerte, 1 Portación Falsa de Distintivos, 1
Incumplimiento de Deberes a
Terceros, 2 Infracción Ley
de Armas, 1 Falsedad Ideológica, 1 Tenencia y portación Ilegal de Armas, 11 Amenazas, 1 Incumplimiento de Deberes, Patria
Potestad, 1 Infracción Ley
de Licores, 1 Accionamiento
de Arma, 6 Amenazas a Funcionario Público, 1 Difamación, 2 Incumplimiento de Deberes Alimentarios, 7 Otros, 2 Infracción Ley Caza y Pesca, 1 Simulación de Delito, 2 Ignorado, 1 Explotación Indebida, Riqueza Nacional y Extranjera, 6 Infracción Conservación Vida
Silvestre, 19 Usurpación, 2 Amenaza
con Arma, 15 Estafa, 80 Hurto, 1 Apropiación Indebida, 21 Lesiones Culposas, 1 Mala Praxis, 1 Amenaza
contra Mujer, 2 Cambio de Uso
de Suelo, 2 Circulación de Moneda Falsa, 4 Abuso de Patria Potestad, 4 Infracción Ley Adulto Mayor, 2 Agresión, 1 Hallazgo Atípico, 28 Falsificación de Señas y Marca, 7
Transporte Ilegal de
Madera. Expedientes
con Resolución de Desestimación
Firme.
Remesa: P 501 H 14, Expedientes:
234, Paquetes: 42, Año:
2014, Asuntos: 4 Usurpación, 16 Infracción Ley Forestal, 1 Conducción Temeraria, 1 Estafa Mediante Cheque, 1 Evasión
Ley Aduanas, 4 Transporte Ilegal de Madera, 2 Resistencia a la Autoridad,
1 Daños Agravados, 1 Infracción Ley Senasa, 1 Agresión a Ley Adulto Mayor, 1 Uso Ilegal de Uniformes
e Insignias Policiales, 24 Conducción
Temeraria, 2 Violación de Domicilio, 1 Tenencia Ilegal de Armas, 1 Maltrato, 6 Falsificación Ley Señas y Marcas, 25 Incumplimiento de Medidas, 15 Hurto, 5 Infracción Ley Caza y Pesca, 1 Caza Ilegal, 1 Hurto de Ganado, 14 Agresión con Arma, 4 Lesiones Culposas, 2 Portación Ilegal de Armas, 14 Portación Ilícita de Armas, 1 Seducción de Menor con Artefacto Tecnológico, 10 Receptación, 3 Tentativa de Homicidio, 1 Accionamiento de Armas, 1 Infracción Ley de Armas, 2 Amenazas a Funcionario Público, 4 Lesiones Leves y Otro, 10 Desobediencia, 1 Invasión Zona de
Protección, 3 Infracción
Ley Vida Silvestre, 1 Maltrato a Menores,
1 Aprovechamiento Ilegal de
Madera, 16 Retención Indebida,
14 Daños, 3 Amenazas Agravadas, 1 Accionamiento de Arma de Fuego, 14 Robo Simple. Expedientes
con Sentencia de Sobreseimiento
Firme.
Expedientes: 665, Paquetes:
51, Año: 2014, Asuntos: 47 Lesiones Culposas, 66 Incumplimiento de Medidas, 59 Agresión con Arma, 2 Muerte Accidental, 62 Retención Indebida, 73 Hurto, 5 Falsedad Ideológica, 2 Incumplimiento de Deberes, 1 Infracción Ley de Armas, 5 Infracción Ley Adulto Mayor, 2 Infracción Ley
Caza y Pesca, 2 Agresión Psicológica, Ley Adulto Mayor, 10
Amenazas a Funcionario Público, 1 Atípico, 1 Uso Indebido de Correspondencia, 3 Infracción Ley
Conservación Vida Silvestre, 1 Colisión,
2 Incumplimiento violencia Doméstica, 4 Falsificación Señas y Marcas, 2 Alteración Señas y Marcas, 2 agresión, 1 Transporte Ilegal de Madera, 1 Abandono de Menor, 8 Violación de Domicilio, 1 Ofensas a la Dignidad, 1 Venta Ilegal, 1 Simulación de Delito, 1 Infracción Código de Minería, 4 Circulación de Moneda Falsa, 1 Amenazas contra Mujer, 1 Invasión Zona de Protección, 2 Maltrato, 30 Desobediencia, 21 Portación Ilegal de Arma, 2 Accionamiento de Arma, 9 Desaparición, 13 Abuso de Autoridad, 12 Usurpación, 22 Infracción Ley Forestal, 37 Averiguar Muerte, 12 Amenazas Agravadas, 11 Estafa, 9 Lesiones, 1 Hurto de Ganado, 1 Amenazas, 5 Conducción Temeraria, 26 Receptación, 9
Resistencia, 40 Daños, 27 Robo Simple, 4 Tentativa de Robo. Expedientes
con Resolución de Desestimación
Firme.
Remesa: P 500 H 15, Expedientes:
245, Paquetes: 45, Año:
2015, Asuntos: 2 Lesiones Culposas, 1 Estafa, 3 Usurpación y Otro, 1 Simulación de Delito, 11 Incumplimiento de Medidas, 4 Transporte Ilegal de Madera, 1 Infracción Ley de Armas, 1 Agresión Física, 1 Maltrato, 2 Usurpación de
Identidad, 25 Desobediencia, 5 Incumplimiento
de Deber Alimentario, 1 Usurpación, 3 Amenazas a Funcionario Público, 10 Infracción Ley Forestal, 10 Receptación, 1 Abuso Patria Potestad, 17 Portación Ilícita de Arma, 23 Daños, 2 Infracción Ley Vida
Silvestre, 2 Falsificación Señas
y Marcas, 22 Agresión con Arma, 1 Incumplimiento Patria Potestad, 3 Violación de Domicilio, 10 Retención Indebida, 20 Robo Simple y Otro,
2 Tentativa de Robo, 1 Tentativa
de Hurto, 1 Amenazas contra
una Mujer, 2 Lesiones, 1 Hurto e Incumplimiento de Medidas, 2 Transporte Ilegal de Ganado, 19 Conducción Temeraria, 1 Amenazas con Arma, 1 Transporte Productos Forestales Sustraídos, 2 Apropiación Indebida, 1 Ofensas Contra la Dignidad, 1 Suplantación de
Identidad, 3 Robo Simple y Otros, 2 Accionamiento de Arma, 2 Alteración Señas y Marcas, 1 Tala y Apropiación Ilegal de Madera, 7 Amenazas Agravadas, 14 Hurtos Simples. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento Firme. Expedientes
759 Paquetes: 67, Año: 2015, Asuntos: 90 Hurto, 3 Alteración Señas y Marcas, 5 Falsedad Ideológica, 1 Falsificación de Documento, 22 Estafa, 1 Estafa mediante Cheque, 4 Infracción
Ley Forestal, 16 Amenazas
Agravadas, 9 Portación Ilegal
de Armas, 1 Infracción Ley de Armas, 2 Conducción Temeraria, 25 Violencia
Doméstica, 44 Lesiones Culposas, 55 Agresión con Arma, 1 Libre determinación de Votante, 1 Simulación de Delito, 1 Simulación de Identidad, 1 Amenaza contra Mujer, 1 Amenaza de Muerte, 1 Acceso Desautorizado de Información,
1 Amenaza con Arma,
1 Usurpación de Nombre, 1 Infracción
Código de Minería, 1 Accionamiento de Arma,
17 Desaparición, 1 Amenaza a Funcionario
Público, 10 Amenazas, 1 Privación
de Libertad sin Fines de lucro, 3 Agresión,
17 Infracción Ley Penalización, 1 Ofensas a la Dignidad,
1 Tala Ilegal de Árbol, 1 Indefinido, 32 Incumplimiento de Medida, 1 Violación
de Datos Personales,
1 Pesca Comercial o Deportiva Ilegal en Parques Nacionales,
Monumentos Naturales y Reservas,
7 Incumplimiento del Deber Alimentario, 9 Violación de Domicilio, 25 Averiguar Muerte, 10 Muerte en Investigación, 13 Usurpación, 3 Infracción Ley Caza y Pesca, 44 Receptación,
11 Infracción Ley Adulto Mayor, 1 Simulación de Delito, 2 Aprovechamiento Ilegal de Madera, 2 Tala Ilegal
de Madera, 2 Transporte Ilegal
de Madera, 1 Sustracción de Bienes, 2 Agresión
Física, 1 Fraude Informático, 11 Lesiones, 1 Usurpación
de Bienes de Dominio
Público, 2 Circulación de Moneda Falsa, 74 Retención Indebida,
10 Falsificación Señas y Marcas,
48 Daños, 2 Tentativa de
Robo, 1 Robo con Fuerza Sobre
las Cosas, 1 Robo de Ganado, 5 Privación de Libertad, 8
Abuso de Autoridad, 3
Resistencia a la Autoridad, 10 Apropiación
y Retención Indebida, 1 Incumplimiento de Deberes, 41
Robo, 35 Desobediencia. Expedientes
con Resolución de Desestimación
Firme.
Remesa: P 507 H 16, Expedientes:
177, Paquetes: 34, Año:
2016, Asuntos: 3 Falsificación Señas y Marcas, 2 alteración Señas y Marcas, 1 Adquisición Procesamiento Ilegal de Madera, 1
Destace de Ganado, 1 Infracción
Ley Forestal, 3 Usurpación,
3 Resistencia a la Autoridad, 2 Aprovechamiento
Ilegal de Madera, 9 Maltrato,
10 Portación Ilícita de Arma, 23 Agresión con Arma, 13 Conducción Temeraria, 2 Infracción Ley Conservación Vida Silvestre, 1 Invasión
Área Protección, 8 Receptación, 17 Daños, 5 Apropiación o Retención Indebida, 4 Incumplimiento del Deber Alimentario, 7 Robo Simple,
23 Incumplimiento de Medidas
y Otros, 1 Amenazas Agravadas, 14 Hurtos Simples, 2 Transporte Productos Forestales, 3 Transporte Ilegal de Madera, 1 Infracción
Ley Caza y Pesca, 3 Lesiones
Leves, 1 Tala en Zona de Protección, 10 Desobediencia, 3 Amenazas a Funcionario Público, 1 Robo Tentativa), 1
Robo de Vehículo, 1 Extorsión
Simple y Otro, 1 Ley Penalización
Violencia Doméstica, 1 Hurto Menor. Expedientes
con Sentencia de Sobreseimiento
Firme.
Expedientes: 705, Paquetes:
63, Año: 2016, Asuntos: 44 Daños,
5 Violencia Doméstica, 25 Receptación, 27 Incumplimiento de
Medidas, 1 Captación Indebida de Manifestaciones Verbales, 8 Amenazas, 48 Agresión con Arma, 6 Infracción Ley Forestal, 5 Accionamiento de Arma, 2 Alteración de Señas y Marcas, 1 Transporte Ilegal de Madera, 16 Desaparición,
28 Maltrato, 1 Incumplimiento
de Medidas, 50 Averiguar Muerte, 26 Apropiación y Retención Indebida, 51 Retención Indebida, 2 Infracción Ley Caza y Pesca, 4 Atípico, 8 Usurpación, 24 Desobediencia, 7 Falsificación Señas y Marcas, 4 Conducción Temeraria, 6 Circulación de Moneda Falsa, 1 Simulación de Delito, 22 Robo
Simple, 26 Ley Penalización Violencia
Doméstica, 8 Ofensas, 3 Amenazas contra Mujer, 2 Agresión, 9 Abuso de Autoridad, 1 Propalación, 1 Transporte Ilegal de Madera, 3 Violación de Domicilio, 3 Tala Ilegal, 1 Aprovechamiento en Áreas de Protección,
1 Llamada Mortificantes, 1 Receptación de cosa de Dudosa Procedencia, 3 Amenazas a Funcionario Público, 4 Robo Tentativa de), 3 Invasión Área de Protección, 1 Falsificación de Documento, 3 Infracción Ley Adulto Mayor, 16 Estafa, 1
Resistencia a la Autoridad, 1 Incumplimiento
o Abuso de Patria Potestad,
21 Amenazas Agravadas, 73 Hurto, 3 Falsedad Ideológica, 1 Amenaza de Muerte, 1 Lesiones Gravísimas, 6 Portación Ilícita de Arma, 14 Lesiones Leves, 1 Fuga de Hogar, 1 Resistencia, 35 Lesiones Culposas, 5 Tala en Zona de Protección, 1 Amenazas, 2 Agresión Física, 16 Incumplimiento del Deber Alimentario, 1 Privación de Libertad, 3 Cambio Uso
de Suelo, 4 Descuido de Animales,
3 Hurto, Tentativa, 1 Hurto Menor. Expedientes
con Resolución de Desestimación
Firme.
Remesa: P 508 H 17, Expedientes:
135, Paquetes: 32, Año:
2017, Asuntos: 1 Tala en Zona de Protección, 1 Robo de Madera, 8 Daños,
4 Falsificación Señas y Marcas, 15 Receptación, 8 Alteración de Características, 2 Hurto Simple, 3 Hurto Menor, 1 Tenencia de Armas Prohibidas, 1 Ofensas a la dignidad, 1 Amenazas contra una Mujer, 1 Movilización Ilegal de Ganado, 1 Falsificación de Moneda, 2 Lesiones Leves, 2 Transporte de Productos Forestales Sustraídos, 7 Maltrato, 1 Amenazas a Funcionario Público, 10 Agresión con Armas, 5 Desobediencia, 19 Incumplimiento
de Medida de Protección, 2 Pesca con Artes Prohibidos, 1 Infracción Ley Caza y Pesca, 3 Incumplimiento del Deber Alimentario, 2 Usurpación, 5 Portación Ilícita de Arma, 2 Robo Simple, 1 Alteración
de dispositivos y Señales
de Tránsito, 1 Aprovechamiento
Ilegal de Productos Forestales, 6 Conducción Temeraria, 12 Apropiación y Retención Indebida, 2 Amenazas Agravadas, 3
Resistencia. Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento
Firme.
Expedientes: 404, Paquetes:
40, Año: 2017, Asuntos: 2 Aprovechamiento
en Área de Protección, 13 Robo Simple, 1 Accionamiento
de Arma, 29 Daños, 14 Amenazas Agravadas, 1 Alteración de Característica, 22 Atípico, 4 Abuso de Autoridad, 16 Desobediencia, 3 Ofensas a la Dignidad, 5 Usurpación, 1 Resistencia, 16 Lesiones
Culposas, 3 Lesiones Leves, 2 Amenazas a Funcionario Público, 1 Tenencia de Arma Prohibida, 8 Falsificación de Señas y Marcas, 14 Receptación, 3 Cambio Uso de Suelo, 4 Incumplimiento del Deber Alimentario, 4 Incumplimiento de una Medida de Protección, 2 Invasión a una Área de Conservación o Protección, 1 Descuido de Animales, 13 Estafa, 2 Portación Ilícita de Arma Permitida, 50 Maltrato, 36 Agresión con Arma, 1 Conducción Temeraria, 2 Amenazas Personales, 1 Privación de
Libertad, 2 Circulación de Moneda
Falsa, 2 Transporte de Productos
Forestales sustraídos, 1 Agresión Física, 4 Violación de Domicilio, 7 Tala en zona de Protección, 15 Averiguar Desaparición, 24 Averiguar Muerte, 1 Amenazas Personales, 39 Retención y Apropiación Indebida, 36 Hurto Simple. Expedientes con Resolución
de Desestimación Firme.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles.
San José, 23 de julio de 2021.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial.
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2021569432).
Para ver
las imágenes solo en Boletín Judicial con formato
PDF
1 vez.—Sol.
N° 68-2017-JA.—O. C. N° 364-12-2021.—( IN2021568180 ).
HACE SABER:
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso
disciplinario notarial Nº 16-000693-0627-NO, de
Jovita Herrera Tenorio y Henry Jesús Amador Herrera contra Paul Tacsan Tacsan (cédula de identidad 1-1010-0626), este Juzgado mediante resolución Nº 711-2019 de las trece
horas y cuarenta y dos minutos
del treinta y uno de octubre
de dos mil diecinueve, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial,
de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 23 de julio del 2021.
M.Sc.
Juan Carlos Granados Vargas,
Juez.
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569516 ).
A: Carlos Miguel Villalobos
López, mayor, notario
público, cédula de identidad
N° 0203870081, de demás calidades
ignoradas, que en proceso disciplinario notarial N°
20-000876-0627-NO, establecido en
su contra por Dirección
Nacional de Notariado, se han
dictado las resoluciones
que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las once horas cuarenta
y ocho minutos del seis de enero de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso
disciplinario notarial de Dirección
Nacional de Notariado contra Carlos Miguel Villalobos
López, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho
días; dentro de ese plazo debe informar
respecto de los hechos denunciados mediante denuncia disciplinaria N°
085-2020 de fecha 16 de noviembre
del 2020 y ofrecer la prueba
de descargo que estime de su interés. Asimismo,
se le previene que dentro del plazo
citado, debe indicar medio en el cual
recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en
el entendido de que, mientras no lo haga, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por
la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán
señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse
en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión
será esta autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar
fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si
no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las
señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar
en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada
de Notificaciones del Primer Circuito
Judicial de San José, (tercer piso
del Edificio de los Tribunales
de Justicia de este Circuito
Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, sesión 78-07, celebrada
el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número
de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con
los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley
de Notificaciones, notifíquesele
esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación
o domicilio registral. Al respecto,
se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona
que aparente ser mayor de quince años
o por la propia persona denunciada;
pero si la notificación se realiza en el lugar
de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la
persona denunciada. La notificación en
el domicilio reportado por la parte denunciada ante el Registro Nacional de Notarios de
la Dirección Nacional de Notariado
(folio 2), sea: Alajuela, Alajuela, Alajuela, avenida
6, calle 7, se comisiona a
la Oficina de Comunicaciones Judiciales
del Primer Circuito Judicial de Alajuela. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en Alajuela, Central,
Tambor, de la Escuela del Rincón, 700 oeste, casa tapia roja, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela. La notificación
en la oficina notarial de
la parte denunciada ubicada en Alajuela, Alajuela,
Alajuela, avenida 6, calle
7, edificio esquinero, dos plantas, cien oeste
de Farmacia Catedral del
Este, se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. En el
caso de que la notificación
de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario
notificador, a fin de realizar
la diligencia encomendada; y en
caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la
cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada (artículos
4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687,
publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase por medio de intranet las direcciones
reportadas por la parte denunciada en la Dirección
Nacional de Notariado y Registro
Civil. Conforme al numeral 153, párrafo
IV del Código Notarial, realícese consulta por medio
de la página web del Registro
Nacional, con el fin de verificar
si la parte denunciada tiene apoderado inscrito ante ese Registro. Notifíquese. Dra.
Melania Suñol Ocampo, Jueza”
y “Juzgado Notarial, a las once horas treinta y nueve minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. En razón de que han sido fallidos
los intentos por notificarle
al Licenciado Carlos Miguel Villalobos Lopez, cédula
de identidad N° 0203870081, la resolución
dictada a las once horas cuarenta
y ocho minutos del seis de enero del dos mil veintiuno (que
da curso al proceso), en las direcciones que reportó ante la Dirección
Nacional de Notariado (folio 2), como
tampoco en su último domicilio
registral brindado al Registro
Civil (folio 3); y en virtud
de que tampoco pudo ser notificado por medio de su apoderado inscrito ante el Registro Nacional, tal y como consta
en acta de notificación incorporada al expediente electrónico en fecha veintiuno de julio del dos mil veintiuno, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que
se publicará por una sola vez
en el Boletín
Judicial. Comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se le hace saber a la parte
que aquí se ordena notificar, que los hechos denunciados por la Dirección
Nacional de Notariado mediante
Denuncia Disciplinaria N° 085-2020 de fecha
dieciséis de noviembre del
dos mil veinte, son los siguientes:
“Primero: que según consta en el Registro
de Notarios que al efecto lleva la Dirección Nacional de Notariado el último
tomo de protocolo autorizado al Notario Público Carlos Miguel Villalobos López, corresponde
al tomo doce (12), con fecha 24 de febrero del 2004.
Segundo: Que, conforme a los asientos informáticos que al efecto lleva el Registro
de Notarios de la Dirección
Nacional de Notariado, el notario público Carlos Miguel
Villalobos López, se encuentra inactivo
por cese forzoso para ejercer la función notarial, desde el 9 de julio
del 2015, condición que se mantiene
hasta la fecha, sanción impuesta por la Dirección
Nacional de Notariado. Tercero:
Que en fecha 18 de julio del año 2016, la Unidad de Fiscalización Notarial inicia la apertura del Proceso Administrativo 33013 de recuperación
de tomo doce (12) del protocolo autorizado al Carlos Miguel
Villalobos López. Cuarto: que el 21 de julio del 2016, se emite la resolución de las 14:51 horas, dictada
por Carlos Andrés Sanabria Vargas, Jefe de la Unidad de Fiscalización,
en la cual se ordena el depósito
del tomo doce (12) del protocolo autorizado a Villalobos
López. Quinto: que en fecha
18 de diciembre del año
2019, el notario Carlos
Miguel Villalobos López se presenta a las instalaciones de la Dirección
Nacional de Notariado, manifestando
que tiene una imposibilidad
material para llevar a cabo
el depósito del tomo doce (12). Sexto: que mediante resolución de las 14:40
horas del 16 de junio del 2020, dentro del citado Proceso Administrativo, se procede a rendir informe final de las
diligencias de recuperación de tomo
doce (12) del protocolo autorizado al notario Carlos
Miguel Villalobos López, por incumplimiento de depósito del referido tomo de protocolo. Sétimo: que consultado el Sistema Electrónico INDEX del Archivo Notarial, se desprende
que, a la fecha, el tomo doce (12) del protocolo autorizado al notario Carlos Miguel Villalobos López no se ha depositado.” Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte denunciada: Carlos Miguel Villalobos
López. Notifíquese.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569522 ).
Pedro
Miguel Vega Cruz, mayor, notario público, cédula de identidad número 2-361-928,
de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número
20-000925-0627-NO establecido en su contra por Registro Inmobiliario, se han
dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a
las ocho horas del quince de enero del dos mil veintiuno.
Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro
Inmobiliario contra Pedro Miguel Vega Cruz, a quien se confiere traslado por el
plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos
denunciados en el oficio DRI-02-368-2020 de fecha 08 de diciembre del 2020 y
ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del
artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional
de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de
la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le
previene a las partes que dentro del plazo ya citado,
deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo
electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no
lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s)
señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le
tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál
de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad
la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de
correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la
Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar
instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene a cada
parte, que si no escogiere alguno de los medios
anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá
necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales
consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de
señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos
se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del
Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los
Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de
esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se
ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la
diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación
practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34,
36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N°
20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a
las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente
recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras
necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con
la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de
octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g)
Número de cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153
del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta
resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea
personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se
debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación
del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias
podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince
años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en
el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona
denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto
por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y
por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es
obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus
datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender
notificaciones. Según consta en autos la parte denunciada reportó que su
domicilio registral se ubica en Alajuela, Central, Concepcion
O El Llano, costado norte de la iglesia casa color papaya, por lo que se
comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial
de Alajuela para la notificación requerida. Asimismo, se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José
para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el
costado oeste del Mall San Pedro, edificio sigma, quinto piso. Obténgase, por
medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la
Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de
proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código
Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del
Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Solicítese a
la Dirección Nacional de Notariado informar la última dirección de la oficina
del notario Pedro Miguel Vega Cruz, carné 4699. Notifíquese y “Se publicará por
una vez en el Boletín Judicial.
San
José, 22 de julio del 2021
Dra.
Ingrid Palacios Montero
Jueza
Tramitadora
1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021569523 ).
El Tribunal de Servicio Civil notifica que en gestión de despido
interpuesta por la Ministra
de Educación Pública contra
el servidor Daniel Murillo
Ávila, cédula de identidad número
cuatro-cero doscientos dieciséis-cero ochocientos ochenta y dos, tramitada como sin oposición bajo el expediente número
GD-166-2020, se dictó el Voto Número 13602, de las ocho horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, cuyo Por Tanto dice:
“De acuerdo
con lo expuesto, disposiciones
legales, artículos 14 inciso a), 190 inciso a) 194 y
196 del Estatuto de Servicio
Civil, 63 inciso a) de su Reglamento y 81 literal g) del Código de Trabajo, se declara: con lugar la gestión de despido promovida por la Ministra de Educación Pública para despedir al servidor Daniel Murillo Ávila, de su
puesto sin responsabilidad
para el Estado. Queda autorizado el Poder
Ejecutivo para despedir al indicado servidor. Contra la presente resolución cabe el recurso
de apelación, con la debida
expresión de agravios ante este Tribunal, dentro del plazo
de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación
del presente fallo, según lo que establece el artículo 44 del Estatuto de Servicio Civil y sus reformas.
Omar Jiménez Camareno.—1
vez.—O. C. N° 4600052097.—Solicitud
N° 282989.—( IN2021569134 ).
El Tribunal de Servicio Civil notifica que en gestión de despido
interpuesta por la Ministra
de Educación Pública contra
el servidor Andrés Esteban
Durán Morales, cédula de identidad número uno-cero ochocientos noventa y ocho-cero doscientos treinta y tres, tramitada como sin oposición bajo el Expediente N° GD-004-2021, se dictó el Voto
N° 13605, de las nueve horas quince minutos del nueve de julio de dos mil veintiuno, cuyo Por Tanto dice:
“Se declara:
con lugar la gestión de despido promovida por la Ministra de Educación Pública para despedir al servidor Andrés Esteban Durán Morales de su puesto sin responsabilidad
para el Estado, de acuerdo
con lo expuesto, disposiciones
legales, artículos 57 incisos a), c) y h) del Estatuto
de Servicio Civil; artículo
81 inciso g) del Código de Trabajo;
8 inciso b) y 12 incisos k)
y l) del Reglamento de la Carrera Docente
y 63 Autónomo de Servicios
del Ministerio de Educación
Pública. Queda autorizado el Poder
Ejecutivo para despedir al servidor Andrés Esteban Durán Morales. Contra la presente resolución cabe el recurso
de apelación, con la debida
expresión de agravios ante este Tribunal, dentro del plazo
de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación
del presente fallo, según lo que establece el artículo 44 del Estatuto de Servicio Civil y sus reformas”.
Omar Jiménez Camareno.—1
vez.—O. C. N° 4600052097.—Solicitud
N° 282992.—( IN2021569137 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de John Abelardo Rojakovich Zúñiga, cédula de identidad 9-0128-0807, y quien
falleció el 14 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo
el Número 21-000897-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año
2021.—M.Sc. Ángela Minero Akiya,
Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569122
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Luis Francisco Aguilera Vargas, cédula de identidad 3-0189-1190, y quien falleció el 10 de enero del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000904-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. Ángela
Minero Akiya, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021569123 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Cristian Danilo Gómez Ramírez, cédula de identidad 2-0560-0860, y quien falleció el 16 de enero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000893-0166-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. Ángela
Minero Akiya, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021569143 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jeffry Guevara
Méndez, cédula de identidad 0111320526, y quien falleció el 07 de junio del año
2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector Público bajo el Número 21-000908-0166-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2021.—M.Sc. Ángela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569144
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Cecilia Vargas Córdoba, conocida como
María Cecilia Vargas Coto, cédula N° 1-0427-0299, fallecida el 05 marzo del 2020, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
bajo el N° 21-001584-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-001584-1178-LA, a favor de los causahabientes
de Cecilia Vargas Córdoba, conocida como María Cecilia Vargas Coto,
cédula 1-0427-0299.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 15 de julio del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569147 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Óscar Giovanni Jiménez Urbina, cédula 2-0578-0307, fallecido el 10 de junio
del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. bajo el Número 21-001600-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001600-1178-LA. A favor de los causahabientes de
Óscar Giovanni Jiménez Urbina, cédula 2-0578-0307.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de junio del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569148
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Isabel Cristina Anchia Segura, cédula N° 1-0528-0921,
fallecida el 21 de junio de 2016, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
bajo el N° 21-001603-1178-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-001603-1178-LA, a favor de los causahabientes
de Isabel Cristina Anchia Segura, cédula N°
1-0528-0921.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de julio
del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569149 ).
Se cita
y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de
Ronald De La Trinidad Chaverri Barquero,
cédula 1-0671-0647, fallecido el
19 de mayo del año 2021, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N°
21-001622-1178-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001622-1178-LA. A
favor de los causahabientes de Ronald De La Trinidad Chaverri Barquero, cédula
1-0671-0647.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 20 de julio
del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021569150 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
William Alexander Graham JR, cédula de residencia N° 184001118231, fallecido el 5 de diciembre del 2020, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
bajo el N° 21-001653-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-001653-1178-LA, a favor de los causahabientes
de William Alexander Graham JR, cédula de residencia N° 184001118231.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de julio
del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569151 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Donald Vega Batista, cédula 1-0248-0538, fallecido el 1 de setiembre del
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig.
Prest. bajo el Número 21-001663-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001663-1178-LA. A favor de los causahabientes de
Donald Vega Batista, cédula 1-0248-0538.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de junio del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569152
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Humberto López Villalobos 0205390840, fallecido(a) el 13 de
marzo del año 2011, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número
21-000029- 1533-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-
000029-1533-LA. Por a favor de Humberto López Villalobos.—Juzgado
de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Laboral),
26 de mayo del año 2021.—Lic. Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021569332 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de treinta
y dos millones ochocientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 184902-000. Que se describe así: naturaleza: terreno de solar, situada en el distrito:
01-Carmona, cantón:
09-Nandayure de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: Cámara Ganadera
de Nandayure y Graciela Lobo Salazar; sur: Manuel Méndez Cordero; este: calle pública con 29 mts. 26 cms. lineales de frente a ella
y Karol Lobo Salazar; oeste: Manuel Méndez Cordero, Karol
Lobo Salazar y Graciela Lobo Salazar. Mide: trescientos cincuenta y seis
metros cuadrados. Plano: G-1482851-2011. Para tal efecto se señalan
las trece horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintiuno, con la base de veinticuatro
millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones doscientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Carlos Alberto Alfaro Venegas. Expediente
N° 21-000033-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha
de emisión: dieciocho horas
con cincuenta y ocho minutos del dieciséis de julio
del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez Tramitador.—( IN2021569515 ).
En
este Despacho, con una base de setenta y siete millones seiscientos sesenta y
tres mil novecientos veintidós colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento cuarenta y dos mil ciento cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de
frutales. Situada en el distrito: 03-San Isidro, cantón: 04-Montes de Oro, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan Ureña Hernández; al sur,
resto reservado de ganadera Jaipor S.A; al este,
resto de Ganadera Jaipor S. A., y al oeste, calle
pública con 29 mts. Mide: dos mil quinientos veinte metros con treinta y cuatro decímetros metros
cuadrados Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos
del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de
agosto de dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y ocho millones
doscientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y un colones con cincuenta
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de diecinueve millones cuatrocientos quince
mil novecientos ochenta colones con cincuenta céntimos (25% de la base
original). Con una base de dieciséis millones trescientos sesenta mil ciento
cuarenta y siete colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando demanda ordinaria citas: 2014-00258370-01-0001-001; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento treinta y
seis mil ochocientos noventa y nueve, derecho cero cero
cero, la cual es terreno con edificio, finca se
encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito: 02-La Unión, cantón:
04-Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Cintia
Fernández Soto; al sur calle pública y Andrés Fallas Granados; al este calle pública y al oeste Israel Gamboa Matamoros y
Andrés Fallas Granados. Mide: catorce mil trescientos veintinueve metros con
sesenta y nueve decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta
y cinco minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, con la base de
doce millones doscientos setenta mil ciento diez colones con treinta y un
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones noventa mil treinta y seis
colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dennis
Jiménez Fernández, Transportes Decy S.A., Transportes
El Rayo Monte Oro Sociedad Anónima. Expediente N°
16-001181-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas,
27 de abril del año 2021.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2021569525 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y dos mil treinta y seis dólares
con ochenta y cinco centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando: el derecho 001, citas:
277-03340-01-0901-016 servis y median ref.: 1888 216
001, citas: 382-14843-01-0900-001 servs y median
ref.: 00183452 000. el derecho 002, citas: 277-03340-01-0901-016 servis
y median ref.: 1888 216 001, citas:
382-14843-01-0901-001 servs y median ref.: 00183452 000, el
derecho 003, citas: 277-03340-01-0901-016 servis y median
ref.:1888 216 001, citas: 382-14843-01-0902-001 servs
y median ref.: 00183452 000; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 183452, derecho 001, 002 y 003, la cual es terreno para construir con 1 casa 182. Situada
en el distrito
10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Jorge Arturo Bonilla Pacheco; al sur, Adela
Mata Guillén;
al este, acera 2 y al oeste, Jorge García Bonilla. Mide:
ciento noventa y cuatro metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-0648675-1986. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cuarenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con la base de treinta
y un mil quinientos veintisiete
dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno con la base de diez mil
quinientos nueve dólares con veintiún centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima
contra Adolfo Alexis Vega Morúa, Elisa María Pana Solano, Pamela María Calderón Pana. Expediente Nº 21-003501-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 09 de julio del año 2021.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021569530 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco
millones cuatrocientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y dos colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo LB002250, Marca: Hyundai, Estilo:
County, Categoría: Buseta, Capacidad: 29 personas, Color: Blanco, Año:
2017, Tracción: 4x2, Vin: KMJHG17PPHC073796. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintiuno con la base de diecinueve
millones noventa mil ciento ochenta y seis colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno con
la base de seis millones trescientos
sesenta y tres mil trescientos noventa y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Hernaldo de los Ángeles Somarribas Cerdas. Expediente N° 20-006691-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de junio del año 2021.—Roy Córdoba Hernández, Juez
Decisor.—( IN2021569607 ).
En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
2010-130187-01-0004-001 y servidumbre de paso citas. 2011-231750-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos treinta y ocho mil ciento cincuenta, derecho cero cero cero, la cual
es terreno casa y patio. Situada
en el distrito
03, Daniel Flores, cantón 19, Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda:
al norte, Sandra Méndez Araya; al sur, Lidieth Meza Solís; al este, calle pública y al oeste, Sandra Méndez
Araya. Mide: trescientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las siete
horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones cien mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Hugo Meza Solís contra Anisa Ortiz Arroyo. Expediente Nº 19-002729-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y cuatro minutos del diecinueve de julio del dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021569612 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y nueve mil dólares exactos, soportando Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida)
citas: 2018-659324-01-0004-001, sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número sesenta y cinco mil seiscientos sesenta y cuatro-cero cero cero
(65664-000), la cual es terreno
naturaleza: Terreno con una
casa. Situada en el distrito: 02-Mercedes, cantón: 01-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
Identificador Predial 40102004625800; al sur, Identificadores Prediales
40102006734200, 40102005766800, 40102004590500 y 40102006974200; al este, calle pública
e Identificador Predial 40102006734200; y al oeste, Identificadores Prediales 40102004625800, 40102006085700 y 40102013116200. Mide: trescientos dos metros cuadrados. Plano: H-2084238-2018. Para tal
efecto, se señalan las trece horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas quince minutos del uno de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de veintinueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de nueve
mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Abuela Lela L.R.A. S. A. contra Mayra Lucía Zamora Orozco. Expediente N° 20-003865-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 05 de febrero del año
2021.—Licda. Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021569618 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos treinta y ocho mil seiscientos nueve colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL- 285470,
Marca: JAC, Estilo: HFC 1035 K, Categoría:
carga liviana, Capacidad: 3
personas, año: 2016, color: blanco,
cilindrada: 2771 c.c., combustible: Diésel, Motor
N° HFC4DA1-1E4053503, chasis: LJ11KBACXG6000030. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cero minutos del seis
de octubre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del catorce de octubre de dos mil veintiuno, con
la base de cuatro millones setenta y ocho mil novecientos cincuenta y siete colones con dieciséis céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de octubre de dos mil veintiuno, con
la base de un millón trescientos
cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y dos colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Danny Tablada
Pizarro. Expediente N° 19-000614-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha
de emisión: catorce horas
con veinte minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021569619 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
cuatrocientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas:
BMH993, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría:
Automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: KMHCT4AE8CU242064, Carrocería: Sedan
4 puertas, Tracción: 4x2,
Peso Bruto: 1272 kgrms, Número Chasis: KMHCT4AE8CU242064, Año Fabricación: 2012, Modelo:
GLS Cilindrada: 1600 c.c., Cilindros:
4, Potencia: 84 KW, Combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos trece colones con ochenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis de octubre de
dos mil veintiuno con la base de un millón ciento diecinueve
mil cuatrocientos setenta y
un colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
MV Law Inmobiliary Services S. R. L. contra Luis
Fernando Ferllini Molina. Expediente N° 19-005012-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, 27 de julio del año
2021.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza
Tramitadora.—( IN2021569629 ).
En este Despacho,
con una base de trece mil ciento
diecisiete dólares con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BPC177, Marca:
Suzuki, Estilo: Swift D Zire
GL, Capacidad: 5 personas, Año:
2018, Color: Bronce, Vin: MA3ZF62S7JAA75975, N°
Motor: K12MN1933462, Cilindrada: 1200 c.c.,
Combustible: Gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno con
la base de nueve mil ochocientos
treinta y ocho dólares con cuatro centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del
once de octubre de dos mil veintiuno
con la base de tres mil doscientos
setenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad
Anónima contra Andrés Alonso Azofeifa
Gamboa. Expediente N°
18-009668-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 15 de julio del año
2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2021569630 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones doscientos
cincuenta mil trescientos setenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa
BRZ461, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas Serie: KMHDH4AE3DU611002, carrocería: Sedan 4 puertas tracción: 4x2, número chasis:
KMHDH4AE3DU611002, año fabricación: 2013 color:
gris, Vin: KMHDH4AE3DU611002, Nº Motor: G4NBDK248594, Nº serie: no indicado, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintiuno, con la base de cuatro
millones seiscientos ochenta y siete mil setecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de un millón quinientos
sesenta y dos mil quinientos
noventa y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
María Isabel Rapson González contra Rolby Gerardo
Alfaro Solórzano. Expediente 21-002907-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de marzo del año 2021.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez Tramitador.—(
IN2021569635 ).
En este Despacho, con una base de tres millones ciento treinta y cinco mil setecientos treinta y nueve colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
224054-000, la cual es terreno
con una casa. Situada en el distrito 05-Ipis, cantón 08-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
José Bonilla Fallas; al sur, Bartolomé Martínez
Pérez; al este, José Bonilla Fallas;
al oeste, calle pública; al noreste, José Bonilla
Fallas; al noroeste, José
Bonilla Fallas; al sureste,
Bartolomé Martínez Pérez; suroeste, calle pública 6 metros 69 centímetros de frente. Mide: setenta y cuatro metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno de setiembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
nueve de setiembre de dos
mil veintiuno con la base de dos millones
trescientos cincuenta y uno
mil ochocientos cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno con la base de setecientos
ochenta y tres mil novecientos treinta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra
Rosemary Artavia González. Expediente N°
17-007542-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 22 de febrero del año 2021.—Hellen
Viviana Segura Godínez, Jueza
Tramitadora.—( IN2021569636 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 558042---000, derecho 000, la cual es terreno de forma
triangular con oficina zona verde
casa y galerón. Situada en el distrito
7-El Rosario, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con un frente de un
metro; al sur, Transacciones Rivera Rivera de Naranjo Sociedad Anónima;
al este, servidumbre agrícola con un frente de 65.39
metros; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 56.59 metros. Mide: ochocientos setenta y seis metros cuadrados.
Plano: A-2012991-2017. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos
del treinta de agosto de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del siete
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de seis millones de colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del dieciséis de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Materiales Arsenio Soto S. A. contra Constructora
Metalmecanica Construmeta
S. A., Total Holdings S. A.. Expediente
N° 21-000947-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, veinte
horas con treinta y seis minutos
del veinticuatro de junio
del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—(
IN2021569655 ).
En este despacho, con una base de doscientos
ochenta y siete mil ochocientos noventa y dos dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando serv. reservas ref: 2153-372-0061727-141-002 citas:
0309-00019421-01-0901-002 y servidumbre sirviente citas:
345-00003933-01-0005-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número quinientos treinta y dos mil cuatrocientos treinta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir Lote 5 B. Situada en el distrito
Piedades, cantón Santa Ana,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Lote 5 A; al sur,
Lotes 6 A y 6 B; al este,
Rodrigo Castro Castro; y al oeste,
calle pública. Mide: ochocientos treinta y nueve metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del ocho de setiembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veintiuno
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de doscientos quince mil novecientos diecinueve dólares con sesenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintinueve
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de setenta y un mil novecientos
setenta y tres dólares con veinte centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Bilgabi Natura Sociedad Anónima, Yolainv Sociedad Anónima contra Euromer Rain S.A.. Expediente N° 21-005734-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de julio del año 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021569656 ).
En este despacho,
con una base de setenta mil dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, inscrita bajo citas: 363-07703-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 348482 derecho 000, la cual es terreno con una casa, situada en distrito:
2-Sabanilla; cantón: 15-Montes de Oca de la provincia de San José. Linderos: norte, Haydee Quirós Guzmán; sur, Mery
Soto Bogantes; este, calle pública; oeste, Olga Ma. Barrantes Chacón; Mide: ciento
noventa y cinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y veinte minutos del quince de octubre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas y veinte minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y veinte minutos del dos de noviembre del
dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Comercializadora Rodjim L.J. S.
A. contra Tres-Ciento Dos-Siete
Dos Seis Siete Cuatro Cero Sociedad Anónima de Responsabilidad Limitada. Expediente Nº
19-001303-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de junio del 2021.—Licda. Tatiana
Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2021569674 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
1) con una base de cincuenta y tres
millones cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y siete colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número doscientos cincuenta y tres mil nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito cero cuatro, San
Rafael Arriba, cantón cero tres
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 8 y 9; al sur, calle en proyecto con 8m; al este, lote 27 y al oeste, lote 25. Mide: ciento setenta
y un metros con treinta y un decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del seis de octubre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del catorce
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de treinta y nueve
millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco colones con cuarenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del veintidós de octubre de
dos mil veintiuno con la base de trece
millones doscientos sesenta y cuatro mil novecientos sesenta y un colones con ochenta céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de trece millones ciento sesenta y cinco mil seiscientos veintitrés colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas:
2014-177454-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número trescientos cuatro mil noventa y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno construido. Situada en el
distrito cero cuatro, San
Rafael Arriba, cantón cero tres
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Anabelle y Diana ambas Zarate Salazar; al sur, calle pública; al este, Noemi Guerrero Chaves y al oeste,
Denis Antonio Monge Gutierrez. Mide: doscientos noventa y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del seis de octubre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del catorce de octubre de
dos mil veintiuno con la base de nueve
millones ochocientos setenta y cuatro mil doscientos diecisiete colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintidós
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
doscientos noventa y un mil
cuatrocientos cinco colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. “Se recuerda a las partes en el
proceso lo dispuesto en el párrafo
tercero del artículo 159
del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta
por ciento (50%) de la base, en
efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado
de un banco costarricense o cualquier
mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto
del remate el comprador no paga
la totalidad de lo ofrecido
deberá depositarla dentro
del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual
deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario
Enrique Herrera Rodríguez, Zayda Zamira
Calero Castillo. Expediente Nº 20-002115-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 09 de julio del año
2021.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN2021569675 ).
En
este Despacho, con una base de diez millones doscientos setenta y siete mil
seiscientos un colones con veintiún céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 433113 marca: Fiat Estilo: Strada Trekking, categoría: carga liviana, capacidad: 4 personas,
año: 2017, color: vino, Vin: 9BD578952HB059710, N.
motor: 310A20112712873, cilindrada:1400 c.c,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos
del ocho de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas quince minutos del diecisiete de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de siete millones setecientos ocho mil
doscientos colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince
minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos
millones quinientos sesenta y nueve mil cuatrocientos colones con treinta
céntimos (25% de la base original).. Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Ronaldo Jose Salas Apu. Expediente N° 19-
000645-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y tres minutos del catorce de
Julio del dos mil veintiuno.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2021569676 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
millones cuatrocientos
setenta y un mil setecientos
cincuenta y nueve colones con noventa y ocho céntimos, soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A inscrita
bajo las citas: 567-56105-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula N° 41983-F-000,
la cual es terreno finca
filial N° 28 compuesta de dos plantas, un jardín y un patio, destinada al uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el
distrito 3. La Trinidad, cantón
Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Finca Filial N°
29; al sur, Finca Filial N° 27; al este,
área común destinada a acceso
peatonal, y al oeste, María Auxiliadora
Herrera Ramos. Mide: ciento
treinta y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del seis de octubre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del catorce de octubre del
dos mil veintiuno, con la base de cuarenta
y cinco millones trescientos cincuenta y tres mil ochocientos diecinueve colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintidós de octubre
del dos mil veintiuno, con la base de quince millones ciento diecisiete mil novecientos cuarenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Álvarez Zúñiga.
Expediente Nº 18-002683-1765-CJ Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de mayo
del 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez. Tramitador.—(
IN2021569677 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil setecientos setenta y tres dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones
17-602049-0491-TC 201785600741 Juzgado de Tránsito de Desamparados; sáquese
a remate el vehículo VGT169.
Marca: B.M.W. Estilo: 316. Categoría:
automóvil. Capacidad: 5
personas. Serie: WBA3A110XEJ605091. Carrocería: sedan
4 puertas. Tracción: 4X2. Número chasis: WBA3A110XEJ605091. Año fabricación: 2014. Color: negro. Vin:
WBA3A110XEJ605091. Para tal efecto
se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós con la base de diez mil
trescientos veintinueve dólares con noventa y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós con la
base de tres mil cuatrocientos
cuarenta y tres dólares con treinta centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Créditos S. A.
contra Cynthia María Arias Gómez. Expediente
21-001795-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diecisiete
horas con cincuenta y nueve
minutos del veintidós de julio
del dos mil veintiuno.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—(
IN2021569679 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de
dos millones ochocientos setenta y dos mil doscientos treinta y un colones con cincuenta y un céntimos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas: 0800-00753036-001;
sáquese a remate el vehículo Placas. TSJ 3550; Marca: Nissan, Estilo: Tiida, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: 3N1CC1AD9ZK253712, Vin: 3N1CC1AD9ZK253712, chasis: 3N1CC1AD9ZK253712, año: 2014, carrocería: Sedán, 4 puertas, color: rojo, tracción: 4x2, N° de Motor:
HR16886924G. Para tal efecto
se señalan las once horas cero minutos
del veintiuno de setiembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veintinueve
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones ciento
cincuenta y cuatro mil ciento setenta y tres colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero
minutos del siete de octubre de dos mil veintiuno, con
la base de setecientos dieciocho
mil cincuenta y siete colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Jorge Alberto Ramírez Córdoba. Expediente
N° 21-001223-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de julio
del 2021.—Lic. Tadeo Solano
Alfaro, Juez.—( IN2021569699 ).
En
este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
331-05375-01-0902-001, obligaciones ref:1992-194- 002 citas: 331-05375-01-0908-001,
servidumbre de paso citas: 2014- 160921-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número 209216-000. Que se describe así:
naturaleza: terreno de charral lote primero situada en el distrito 4-Tempate cantón
3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona
catastrada Linderos: norte, La Montaña de Oro de Penca S. A. sur, Luis Diego
Lara Barrantes este, Luis Diego Lara Barrantes oeste: Luis Diego Lara Barrantes
Mide: cinco mil metros cuadrados, plano: G-1743984-2014. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas treinta minutos del once de octubre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintiuno con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno con la base de
dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Obeimar Rodríguez
Andrade contra 3-102-690686 S.R.L, Denia del Rosario Sanchez
Rojas. Expediente N° 19- 001087-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: diecinueve horas con ocho
minutos del dieciséis de Julio del dos mil veintiuno.—Víctor Hugo Martínez
Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021569724 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
novecientos once mil seiscientos
veinticuatro colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BHR946, Marca:
Toyota, Estilo: Yaris, Categoría: automóvil, capacidad:
5, Serie: JTDBT923X71096414, carrocería: Sedan, 4 puertas tracción: 4x2, número de chasis:
JTDBT923X71096414, año
fabricación: 2007. Para tal
efecto se señalan las siete horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno, con
la base de dos millones ciento
ochenta y tres mil setecientos dieciocho colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del once de octubre de
dos mil veintiuno, con la base de setecientos
veintisiete mil novecientos
seis colones con seis céntimos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Marvin Antonio Mondragón
Porras contra Carolina Castro Valverde. Expediente N°
21-002303-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas
del diecinueve de julio del
dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—(
IN2021569737 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones
setecientos noventa mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas:
0322-3619-01-0082-001; sáquese a remate la finca del partido de San Jose,
matrícula número doscientos setenta y tres mil trescientos cincuenta y seis,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno de pasto y monte.- Situada en el distrito 04 San Luis, cantón
16 Turrubares, de la provincia de San Jose.- Colinda: al norte, calle pública;
al sur, yurro y Sara María Porras Berrocal; al este, calle pública y Asrubal Rodríguez Alpízar y al oeste, Roberto Marín
Castillo. Mide: ciento treinta y nueve mil quinientos setenta y seis metros con
cero decímetros metros cuadrados.. Para tal efecto, se
señalan las diez horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero
minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno con la base de siete
millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Agropecuaria El Inversiones Brenes y Murillo B
& M Limitada, Mainor Enrique Brenes Murillo, Víctor Hugo Brenes Murillo.
Expediente N° 21-001043-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
16 de julio del año 2021.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—(
IN2021569754 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este despacho, 1) con una base de ciento
cinco millones novecientos cuarenta y un mil ochocientos ochenta y ocho colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
doscientos quince mil ciento
dieciocho, derecho cero cero
cero, la cual es terreno Lote 6 Sección B para
construir. Situada en el distrito
Zapote, cantón San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública con 16 metros
11 centímetros; al sur lote
56 con 8,3 metros; al este, lote
7 con 18 metros 50 centímetros, y al oeste, lote 5 con 21 metros 50 centímetros. Mide: doscientos cuarenta metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintiuno, con la base de setenta
y nueve millones cuatrocientos cincuenta y seis
mil cuatrocientos dieciséis
colones con treinta y siete céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de veintiséis millones
cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos colones con doce céntimos (25% de la base
original), 2) con una base de sesenta y ocho millones trescientos
treinta y un mil doscientos
sesenta colones con seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número doscientos quince
mil ciento veinte, derecho
cero cero cero, la cual es terreno Lote siete Sección B para construir
con una casa. Situada en el distrito Zapote, cantón San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública con 12 metros
01 centímetros; al sur, lote
55 con 8 metros 92 centímetros; al este lote 8 con 16 metros 37 centímetros, y al oeste, lote 6 con 18 metros 50 centímetros.
Mide: ciento ochenta y dos metros con sesenta
y dos decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintiuno, con la base de cincuenta
y un millones doscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones con cuatro céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de diecisiete millones
ochenta y dos mil ochocientos
quince colones con un céntimo
(25% de la base original), y 3) con una base de sesenta
y nueve millones ochocientos treinta y nueve mil doce colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
doscientos veinticinco mil quinientos setenta, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir
con una casa y dos apartamentos. Situada
en el distrito
Pozos, cantón Santa Ana, de
la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Fulvio Fallas Quesada, vivienda de concreto, y al oeste, Fulvio Fallas
Quesada, vivienda de concreto,
Adrián Navarro Navarro Álvarez, vivienda
de concreto. Mide: doscientos ochenta y siete metros con cincuenta y seis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintiuno, con la base de cincuenta
y dos millones trescientos setenta y nueve mil doscientos cincuenta y nueve colones con veintiocho céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta y tres colones con nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Miguel Enrique Zamora Azofeifa. Expediente Nº 21-003586-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 24 de mayo del 2021.—Licda.
Heilim María Badilla
Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021569784 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
mil dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de San José
(1), matrícula N° 512325, derechos: 001 y 002, la cual es terreno para construir, lote 85 C. Situada en el
distrito 03-La Trinidad, cantón
14-Moravia de la provincia de San José (1). Colinda: al norte: lote 86 C; al sur: lote 84 C; al este: lote 96 C; y al oeste: calle pública con 8 metros. Mide: doscientos doce metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos
(02:15 p. m.) del diecisiete de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas quince minutos
(02:15 p. m.) del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos
(02:15 p. m.) del dos de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de doce
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Irene Acuña
Quesada, José Eduardo de San Martin
Jiménez Vásquez. Expediente N°
20-013071-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2021.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2021569815 ).
En
este Despacho, con una base de seis mil trescientos diecisiete dólares con
ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo Placa SLZ007, Marca: Nissan, Estilo: March, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año: 2012, color: gris, Vin:
3N1CK3CD8ZL357694, cilindrada: 1600 c.c, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos
del cuatro de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del doce de
octubre de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil setecientos treinta y
ocho dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco
minutos del veinte de octubre de dos mil veintiuno con la base de mil
quinientos setenta y nueve dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A contra Rocío
del Pilar Gómez González. Expediente N°
20-004613-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del I Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cinco
minutos del nueve de Julio del dos mil veintiuno.—Elizabeth Rodríguez Pereira,
Jueza.—( IN2021569825 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil doscientos cincuenta y
un dólares con noventa
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BPJ882, Marca: Hyundai, Estilo:
Elantra GLS, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, serie: 5NPDH4AE4DH388547, Carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número de Chasis: 5NPDH4AE4DH388547, año fabricación: 2013, color: café número
Motor: G4NBDK263752, cilindrada: 1800 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintiuno, con la base de tres
mil novecientos treinta y ocho dólares con noventa y tres centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de mil trescientos doce
dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Wilba del Sur S. A. contra Cynthia Vargas Barboza. Expediente Nº 21-001931-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con once minutos del veintitrés de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez
Tramitador.—(
IN2021569902 ).
En este Despacho,
con una base de treinta millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ochenta y ocho mil ochocientos quince, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el
distrito 04 Germania, cantón
03 Siquirres, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
camino; al sur, camino público; al este, Victoriano Cedeño Araya y camino público y al oeste, camino público. Mide:
cuatro mil cuatrocientos
once metros con setenta y siete
decímetros cuadrados.
Plano: L-0119093-1993. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del veintitrés
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno con
la base de veintidós millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Maureen Yorleni Núñez
Hernández. Expediente Nº 19-010096-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 23 de junio del año 2021.—Jeffrey
Thomas Daniels, Juez Decisor.—(
IN2021569912 ).
En este Despacho, con una base de once mil ciento
veinticuatro dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BQJ193; marca: Geely; estilo: GC2; categoría: automóvil: capacidad: 5 personas; año: 2018;
color: blanco; Vin: LB37122SXJX508304; N° motor: MR479QH2L100155, cilindrada: 1300 cc., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de ocho
mil trescientos cuarenta y tres dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos
mil veintiuno, con la base de dos mil setecientos ochenta y un dólares con veinte centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria
de MB Créditos S. A., contra Esteban
Gerardo Céspedes
Gómez. Expediente N°
20-000929-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial De San José, 19 de julio del 2021.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021569935 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
309-09487-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 470496, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación y solar. Situada en el
distrito 9-Pavas, cantón
1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Junta de Protección Social; al sur, Inversiones
Galicia Sociedad Anónima; al este;
calle pública; y al oeste, Inversiones Galicia
Sociedad Anónima. Mide: setecientos setenta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veintidós de noviembre
de dos mil veintiuno con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del tres de diciembre de
dos mil veintiuno con la base de siete
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopecaja R. L. contra Luis Vernor
Chaves Cantillano. Expediente
N° 20-006857-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2021.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2021569960 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil quinientos sesenta y tres dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: BMR472,
marca: Suzuki, estilo:
Swift D Zire GL, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
MA3ZF62S2HAA00255, N° chasis: MA3ZF62S2HAA00255, año
fabricación: 2017, color: bronce,
vin: MA3ZF62S2HAA00255, N° motor: K12MN1843661, modelo:
ZI13C2C00019600, cilindrada: 1200 cc, cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta minutos del
seis de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de siete mil ciento
setenta y dos dólares con treinta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos mil trescientos noventa dólares con setenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A., contra German Alberto Jiménez Calderón.
Expediente N° 21-005611-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de mayo del 2021.—Jenny María Corrales Torres, Jueza
Decisora.—( IN2021569970 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y nueve mil ochenta y siete dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas:
359-13425-01-0900-001); sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula
número 23061-F, derecho 000, la cual
es terreno filial veinte de
dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón: 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
área común de vía vehicular con un frente de 17 metros 98 centímetros;
al sur, Alberto Campos Rodríguez; al este, filial 21;
y al noroeste, filial 19. Mide:
novecientos setenta y dos
metros con dieciséis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veinticinco
de abril de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del diez de mayo de dos mil veintidós,
con la base de veintinueve mil trescientos
quince dólares con cuarenta
y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del dieciocho de mayo de dos mil veintidós,
con la base de nueve mil setecientos
setenta y un dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Condo Harmonicus
Sociedad Anónima, Gustavo Alonso Mayorga Salazar. Expediente 21-005567-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veintiún horas
con cuarenta minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(
IN2021569971 ).
En este Despacho, con una base de ciento veintiocho mil cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con treinta centavos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando Servidumbre de paso, citas:
0374-00018053-01-0908-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 376553-000, la cual
es naturaleza: pastos tacotal lote número
2. Situada en el distrito 07 Patarra, cantón 03 Desamparados,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle y lote 1; al sur, Luis Arturo Naranjo Gamboa;
al este, Luis Arturo Naranjo Gamboa
y al oeste, Napoleón Muñoz Gamboa. Mide: tres
mil ciento ochenta y seis
metros con ochenta decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0752287-1988. Para tal efecto, se señalan las once horas diez minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas diez minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de noventa y seis mil trescientos
sesenta y tres dólares con veintidós centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas diez minutos del seis
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de treinta y dos mil ciento
veintiún dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Doris María Mayela
Solís Delgado, Solís y Melgar S. A. Expediente Nº 21-005668-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de mayo del año
2021.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2021569973 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
y cuatro mil ochocientos noventa y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 339763-000, la cual es terreno para construir, lote 28 K. Situada en el
distrito 10 Desamparados, cantón
1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 29 K; al sur, lote 27 K;
al este, avenida primera; y al oeste, El Pasito Ltda. Mide: ciento cincuenta y un metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de mayo de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de sesenta
y tres mil seiscientos setenta y un dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del uno de junio de dos
mil veintidós con la base de veintiún
mil doscientos veintitrés dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Pool Robin Valverde Chinchilla. Expediente 20-011766-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, catorce horas con diez minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza.—(
IN2021569974 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y un mil ochocientos treinta
y seis dólares con siete
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 300049-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
11-San Rafael Abajo, cantón 3-Desamparados de la provincia de San José. Colinda:
al norte: María De Los Ángeles Valverde y otro;
al sur: calle con 9 m. 76 cm. y otro;
al este: Luz Miriam López y otro; y al oeste: calle con 9 m. 76 cm. y otro. Mide: mil ciento siete metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos (02:45 p. m.) del ocho de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos (02:45 p.m.) del veinte
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de treinta y un mil trescientos
setenta y siete dólares con cinco centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos (02:45 p. m.) del veintiocho de setiembre de dos
mil veintiuno, con la base de diez
mil cuatrocientos cincuenta
y nueve dólares con dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Lafise S. A., contra Leonara
Lucía Valverde Abarca,
Michael Thomas La Rosa. Expediente N° 20-017827-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de julio del 2021.—Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—(
IN2021569975 ).
En este Despacho, con una base de once mil trescientos
cincuenta y ocho dólares con once centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: FGC321 / marca: Mitsubishi
/ estilo: Mirage / categoría:
automóvil / capacidad: 5
personas / año fabricación:
2017 / color: gris / vin: MMBXTA03AHH000690 / cilindrada: 1193 c.c / N° motor:
3A92UDG1037. Para tal efecto
se señalan las diez horas cuarenta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cuarenta minutos del
dos de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de ocho mil quinientos
dieciocho dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta minutos del diez de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de dos mil ochocientos treinta y nueve dólares con cincuenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Doris Marcela Rodríguez Zúñiga.
Expediente Nº 21-005613-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de mayo del 2021.—Mariela Iveth
Cortés García, Juez/a Decisor/a.—( IN2021569976 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones con citas 403-16375-01-0824-001, reservas
y restricciones con citas
403-16375-01-0835-001, condiciones ref.: con citas 403-16375-01-0888-001, condiciones
ref.: con citas 403-16375-01-0889-001, reservas y restricciones con citas 403-16375-01-0892-001, reservas
y restricciones con citas
403-16375-01-0893-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta
y cinco mil ochocientos treinta y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de potrero y bosque ,quebrada y acequia. Situada en el
distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Raymundo Enríquez
Delgadillo y Felicia Salazar Peralta; al sur, 3102616253 Sociedad de Responsabilidad Limitada; al este, Banco de Costa Rica y al oeste,
calle pública con un frente de 64,60
metros y Felicia Salazar Peralta. Mide: treinta y dos mil quinientos
metros cuadrados. Plano: L-1799352-2015. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de quince millones de colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de octubre de
dos mil veintiuno con la base de cinco
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Marvin Gerardo Alvarado Delgado, Mercedes del Socorro Delgado Sánchez. Expediente
Nº 20-003083-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 22 de julio
del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021569999 ).
En este Despacho, con una base de noventa
y tres mil setecientos sesenta y siete dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
25211-F-000, la cual es terreno
Filial veintinueve, terreno
para construir destinado a uso habitacional. Situada en el
distrito 3-San Francisco, cantón
1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Lote Veintiocho y área común; al sur, calle pública y Lote Treinta; al este, Lote Veintiocho; y al oeste, Lote Treinta. Mide: ciento setenta
y dos metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con la base de setenta
mil trescientos veinticinco
dólares con veinticinco
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de veintitrés mil cuatrocientos
cuarenta y un dólares con setenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Condominio Avicenia Número Veintinueve Jirofle S. A. Expediente N° 04-018394-0170-CA.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de julio
del año 2021.—Susana Murillo Alpízar,
Jueza Tramitadora.—( IN2021570000 ).
En la puerta exterior de este Despacho; remataré las siguientes fincas:
1) Con una base de tres mil cuatrocientos
noventa y un dólares, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos cincuenta y cuatro, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil seiscientos dieciocho dólares con cincuenta y cinco centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de ochocientos setenta y dos dólares con ochenta y cinco centavos de dólar (25% de
la base original). 2) con una base de dos mil novecientos
sesenta dólares con treinta un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil doscientos veinte
dólares con veintitrés
centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de setecientos cuarenta
dólares con cero siete
centavos de dólar (25% de la base original). 3) con
una base de cuatro mil quinientos
cincuenta y un dólares con
cero siete centavos de dólar,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos cincuenta y seis,
derecho cero cero cero,
para lo cual se señalan las
quince horas del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de tres mil cuatrocientos trece dólares con treinta centavos de dólar (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de mil ciento treinta y siete dólares con setenta y seis centavos de dólar (25% de la base
original). 4) con una base de tres mil cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos de dólar, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos cincuenta y siete, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil doscientos noventa
y cuatro dólares con cero seis
centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de setecientos sesenta
y cuatro dólares con sesenta y ocho centavos de dólar (25% de la base original). 5) con una base de tres mil setecientos ochenta y tres dólares con cincuenta y ocho centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos cincuenta y ocho, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil ochocientos treinta y siete dólares con sesenta y ocho centavos de dólar (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de novecientos cuarenta
y cinco dólares con ochenta y nueve centavos de dólar (25% de la base original). 6) con una base de tres mil cuatrocientos noventa y tres dólares con cincuenta y un
centavos de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de dos mil seiscientos sesenta dólares con trece centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de ochocientos setenta y tres dólares con treinta y siete centavos de dólar (25% de la base original). 7) con una base de dos mil
quinientos veinticuatro dólares con setenta y tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos sesenta y uno, derecho
cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos noventa y tres dólares con cincuenta y cuatro centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de seiscientos treinta y un dólares con dieciocho
centavos de dólar (25% de la base original). 8) con
una base de tres mil trescientos
setenta y seis dólares con
cero ocho centavos de dólar,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos sesenta y dos, derecho
cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de dos mil quinientos treinta y dos dólares con cero seis centavos de dólar
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de ochocientos cuarenta y cuatro dólares con cero dos
centavos de dólar (25% de la base original). 9) con
una base de tres mil doscientos
treinta y un dólares con treinta y nueve centavos de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta y tres, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con cincuenta y cuatro centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de ochocientos siete dólares con ochenta y cuatro centavos de dólar (25% de la base original). 10) con una base de tres mil ciento ochenta y un dólares con setenta y siete centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento noventa mil doscientos sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de dos mil trescientos ochenta y seis dólares con treinta y dos
centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de setecientos noventa
y cinco dólares con cuarenta y cuatro centavos de dólar (25% de la base original). 11) con una base de dos
mil novecientos cuarenta dólares con sesenta y dos
centavos de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos sesenta y cinco, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos mil doscientos cinco
dólares con cuarenta y cinco centavos de dólar (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de setecientos treinta y cinco dólares con quince centavos
de dólar (25% de la base original). 12) Con una
base de mil quinientos ochenta
y cuatro dólares con cincuenta y nueve centavos de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y uno, derecho
cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de mil ciento ochenta y ocho dólares con cuarenta y cuatro centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de trescientos noventa y seis dólares con catorce centavos de dólar (25% de la base original). 13) Con una
base de mil seiscientos veintinueve
dólares con treinta y tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa mil doscientos setenta y dos, derecho
cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de mil doscientos veintiún dólares con noventa y nueve centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos siete dólares con treinta y tres centavos de dólar (25% de la
base original). 14) Con una base de dos mil novecientos
once dólares con veintiséis centavos de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil ciento ochenta
y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos de dólar (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de setecientos veintisiete dólares con ochenta y un centavos
de dólar (25% de la base original). 15) Con una
base de mil trescientos veintitrés
dólares con ochenta y siete centavos de dólar, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil doscientos setenta y nueve, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de novecientos noventa
y dos dólares con noventa
centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de trescientos treinta dólares con noventa y
seis centavos de dólar (25% de la base original). 16)
Con una base de mil trescientos noventa
y siete dólares con noventa y siete centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil novecientos setenta y seis, derecho cero cero
cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de mil cuarenta y ocho
dólares con cuarenta y siete centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de trescientos cuarenta y nueve dólares con cuarenta y nueve centavos de dólar (25% de la base original). 17) Con una base de dos
mil cuatrocientos cincuenta
y nueve dólares con setenta y dos centavos de dólar,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos setenta y siete derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos cuarenta y cuatro dólares con setenta y nueve centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de seiscientos catorce dólares con noventa y tres centavos de dólar (25% de la
base original). 18) Con una base de dos mil ochocientos
cincuenta y tres dólares con veinticinco centavos
de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil novecientos setenta y ocho derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de dos mil ciento treinta y nueve dólares con noventa y tres centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de setecientos trece dólares con treinta y un centavos
de dólar (25% de la base original). 19) Con una
base de trece mil veintidós dólares con cero tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil novecientos setenta y nueve derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil setecientos sesenta y seis dólares con cincuenta y dos centavos de dólar
(75% de la base original). 20) Con una base de seis mil doscientos
treinta y tres dólares con cincuenta y dos
centavos de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil novecientos ochenta, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro mil seiscientos
setenta y cinco dólares con catorce centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de mil quinientos cincuenta y ocho dólares con treinta y ocho centavos de dólar (25% de la base original). 21) Con una base de cuatro mil doscientos cincuenta y cinco dólares con cuarenta y un
centavos de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil novecientos ochenta y uno, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de tres mil ciento
noventa y un dólares con cincuenta y cinco centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de mil sesenta y tres dólares con ochenta y cinco centavos de dólar (25% de
la base original). 22) Con una base de cinco mil ciento tres dólares
con noventa y seis centavos de dólar,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y dos derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de tres mil ochocientos
veintisiete dólares con noventa y siete centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de mil doscientos setenta y cinco dólares con noventa y nueve centavos de dólar (25% de la base original). 23) Con una base de cinco mil trescientos ochenta dólares con setenta y seis centavos de dólar,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y tres derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil treinta y cinco dólares con cincuenta y siete centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de mil trescientos cuarenta y cinco dólares con diecinueve centavos de dólar (25%
de la base original). 24) Con una base de doce mil quinientos cuarenta y un dólares con ochenta y tres centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y cuatro derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil cuatrocientos seis dólares con treinta y siete centavos de dólar (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de tres mil ciento treinta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos de dólar (25% de
la base original). 25) Con una base de veintidós mil ochocientos
ochenta y tres dólares con veintiocho centavos
de dólar, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil novecientos ochenta y cinco, derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de diecisiete mil ciento sesenta y dos dólares con cuarenta y
seis centavos de dólar (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas del veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cinco mil setecientos
veinte dólares con ochenta y dos centavos de dólar
(25% de la base original). 26) Con una base de cuatro
mil seiscientos cuarenta y tres dólares con treinta y cuatro centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento noventa mil doscientos setenta y ocho derecho cero cero cero, para lo cual se señalan las quince horas
del veinticinco de agosto
de dos mil veintiuno. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con cincuenta centavos de dólar (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de mil ciento sesenta dólares con ochenta y tres centavos de dólar (25% de la
base original). Se remata por ordenarse
así en proceso
de ejecución hipotecaria de
la LAAD Americas N.V., contra José
Enrique Brenes Vargas y otro.
Expediente N° 20-002075-1207-CJ.—Juzgado Agrario de
Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora,
Juez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021570009 ).
En este Despacho, con una base de
tres millones novecientos veintiocho mil novecientos ocho colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
397-03227-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número setenta y nueve mil seiscientos veinticinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1
casa. Situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Gerónima García García; al
sur, Río San Blas; al este, calle pública con 286,68 metros y
otro, y al oeste, Río San Blas. Mide: dos mil trescientos setenta y cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos
de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones novecientos
cuarenta y seis mil seiscientos
ochenta y un colones con dieciséis céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de novecientos
ochenta y dos mil doscientos
veintisiete colones con cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Emmanuel Vega Castillo, Expediente
Nº 19-002999-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cincuenta minutos del veintinueve de julio del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza tramitadora.—( IN2021570016 ).
En este Despacho, con una base de setenta mil
dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula número 130973-000, la cual es terreno de
solar con una casa. Situada en el distrito 2-San Isidro, cantón 8-El Guarco, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Deyanira Cordero Camacho; al sur,
Mario Cordero Camacho; al este, calle pública y al oeste, Norman Coto
Gutiérrez. Mide: novecientos setenta y nueve metros con ochenta y ocho
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta
minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta y uno
de agosto de dos mil veintiuno con la base de cincuenta y dos mil quinientos
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Raquel Mariana Diaz Pardo contra Asdrúbal
Fernando Cordero Camacho. Expediente N°
20-015928-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 08 de julio del año 2021.—Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2021570069 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones
doscientos dieciséis mil ciento ochenta y nueve colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Prohibiciones Articulo 16 Ley 7599 bajo citas:
471-02513-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta y ocho mil novecientos veinte, derecho 000, la cual es terreno para Vivienda Proyecto Limón 034 Lote 336028. Situada en el distrito
Limón, cantón Limón, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
calle; al sur, José Pomares; al este,
Alex Vigil; y al oeste, Isidro Ordóñez.
Mide: cuatrocientos tres metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintiuno con la base de dos millones
cuatrocientos doce mil ciento cuarenta y dos colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de ochocientos cuatro
mil cuarenta y siete colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ernesto Ramón Valverde Padilla. Expediente N° 21-003161-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de julio del año 2021.—Yorlenny de los Ángeles Mosquera Rodríguez, Jueza
Decisora.—( IN2021570082 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y un millones setecientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando condiciones ref.: 00047139 000 citas:
407-02703-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento veintiséis
mil veintinueve, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Guápiles, cantón
2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 13 metros de frente;
al sur, Luis Alfaro Vargas; al este, David Fallas Valenciano y al oeste, RRJ
Jomanro Internacional S.A. Mide: doscientos noventa y tres metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: L-1278511-2008. Para tal
efecto, señalan las trece horas treinta minutos del quince de setiembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cero minutos
del veintitrés de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de veintitrés millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cero minutos del uno
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de setecientos noventa
y dos mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Con una base de seis
millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 00047139 000 citas:
407-02703-01-0900-001, condiciones ref.: 00047139 000
citas: 407-02703-01-0901-001, condiciones
ref.: 00047139 000 citas: 407-02703-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento cuarenta mil ciento diez, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Guápiles, cantón
2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle publica con 10 metros y 50 centímetros
de frente; al sur, Luis Alfaro Vargas; al este, RRJ Jomanro S.A. y al oeste, RRJ Jomanro S.A. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano:
L-1279275-2008. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos
mil veintiuno con la base de cinco
millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil veintiuno con
la base de un millón seiscientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Con una base de seis millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.:
00047139 000 citas: 407-02703-01-0900-001 y condiciones ref.: 00047139 000 citas:
407-02703-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta
y dos mil novecientos cincuenta
y uno, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente
de 10.50 metros; al sur, Luis Alfaro Vargas; al este,
R R J Jomandro S.A y al oeste, R R J Jomandro
S.A. Mide: doscientos treinta y dos metros cuadrados.
Plano: L-1278509-2008. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del uno de octubre de dos
mil veintiuno con la base de un millón
seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Hernán Quesada Solano. Expediente
Nº 20-003081-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 15
de julio del año
2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021570097 ).
En este Despacho con una base de ocho millones quinientos diecinueve mil colones libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo B Q G cuatrocientos tres, marca Chevrolet, estilo Beat LTZ, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie, chasís y vin número M A seis C H cinco
C D uno J T cero cero uno tres
nueve ocho, año dos mil dieciocho, carrocería Sedán cuatro puertas, color negro, tracción 4x2, número de ejes dos, número de motor B uno
dos D uno Z dos uno siete tres
tres tres H N siete X cero dos cuatro seis, marca motor Chevrolet, cilindrada
1200 c.c., cilindros cuatro,
combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del veintidós
de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del treinta de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de seis millones trescientos ochenta y nueve mil doscientos cincuenta colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del ocho
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones ciento
veintinueve mil setecientos
cincuenta colones (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica contra Marjorie Solís Rendon. Expediente
Nº 19-007792-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 junio
2021.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021570118 ).
En este Despacho,
con una base de ciento veinticinco
mil colones exactos, sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número setenta y un mil setecientos tres, derecho, la cual es terreno. Situada en el distrito,
cantón, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte;
al sur; al este y al oeste.
Mide: metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos
mil veintiuno, con la base de ciento
ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de octubre de
dos mil veintiuno, con la base de treinta
y seis mil doscientos cincuenta
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Jemco S. A. contra Yunimar S.A.. Expediente
Nº 21-002829-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 13 de julio del año 2021.—Licda. Yorlenny de Los Ángeles Mosquera Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021570126 ).
En este Despacho, con una base de once millones
trescientos ochenta y un
mil setecientos diecisiete colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FTD780, marca: Fiat, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas: Vin:
ZFA323000G6B79655, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: plateado, número de motor 198A40001234994, cilindrada:
1368 c.c, potencia: 88.00
kw, combustible: gasolina, cilindros:
04. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de ocho millones
quinientos treinta y seis
mil doscientos ochenta y ocho colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones ochocientos
cuarenta y cinco mil cuatrocientos veintinueve colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo Granados Hernández. Expediente Nº 18-008749-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de julio del 2021.—Licda. Gabriela
Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021570152
).
En este Despacho, con una base de nueve millones setecientos cincuenta y ocho mil treinta y seis colones con setenta y seis céntimos, que corresponde a la fijada en sentencia, sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 97237, derechos
001, 004, 006, 007, 008, 009, 010, 011, 012, 013, libre de gravámenes
de garantías mobiliarias, hipotecarios, prendarios, pero soportando, lo siguiente: Soportan: Reservas y Restricciones citas: 400-13064-01-0902-001 finca referencia
5081448 000 Cancelaciones Parciales:
No hay. Anotaciones del Gravamen: No hay. La finca es
de naturaleza: Terreno con
una casa. Situada en el: distrito: 1-hojancha, cantón: 11-Hojancha, provincia:
Guanacaste. Colinda al norte:
Quebrada Huacas y Maylid
Pérez Rodríguez; sur: calle pública;
este: Quebrada Huacas y Maylid Pérez Rodríguez; oeste:
Ana Belle Pérez. Tiene una medida de: seiscientos metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano:
G-0251002-1995. Para lo cual se señalan
las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil veintiuno. Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el
edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario de Jimmy Edwin Pérez Gutiérrez contra
Bolívar Efraín de la Trinidad Pérez Rodríguez, Luz
Marina Pérez Rodríguez, Margarita María Gerarda Pérez
Rodríguez, Sandra Gina Sandoval Pérez. Expediente N°
16-000022-0873-CI.—Tribunal Colegiado
Primera Instancia Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya). Nicoya, 20 de
julio del año 2021.—M.Sc.
José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—( IN2021570179 ).
En este Despacho,
con una base de cincuenta y nueve
millones trescientos ochenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
19408, derechos 005, 006, 008, la cual es terreno para construir con un negocio comercial. Situada en el
distrito Puntarenas, cantón
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Emilio Álvarez
Castrillo; al sur, Carretera Interamericana;
al este, Emilio Álvarez Castillo y al oeste, Emilio Álvarez Castillo. Mide:
mil setecientos cuarenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del treinta y uno de agosto de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas del ocho de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y cuatro millones quinientos cuarenta mil setecientos cuarenta y ocho colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de catorce millones
ochocientos cuarenta y seis
mil novecientos dieciséis colones (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución de sentencia de
Sally Ethel Gerardina Navarro Suarez contra Guiselle Suarez Cascante, Jorge Manrique Mora Villagra. Expediente Nº 18-000110-0642-CI.—Tribunal
Colegiado Primera Instancia
Civil de Puntarenas, 24 de junio del año 2021.—Licda. Xinia Patricia González Grajales,
Jueza Tramitadora.—( IN2021570220 ).
De conformidad con lo ordenado en auto de las diez horas un minuto del
cinco de julio de dos mil veintiuno, se convoca a todos los acreedores de Land Business Sociedad Anónima (CASABLANCA), cédula
jurídica 3-101-353186, a la celebración de junta de acreedores, expediente N° 17-000001-0958-CI, que se realizará a las nueve horas
del miércoles dieciocho de agosto del dos mil veintiuno.
La cual, de conformidad con los artículos 24.4 y 25.1 del Código Procesal Civil
(Ley 9342), en relación con el numeral 19 del Reglamento del expediente
electrónico y la circular 93-2020 de la Corte Plena denominada “Protocolo para
la realización de audiencias orales por medios tecnológicos en materia civil”;
la junta de acreedores se desarrollará por medios tecnológicos, específicamente
mediante la aplicación denominada “Microsoft Teams”.
Las personas que deban asistir a esta audiencia podrán acceder en la siguiente
dirección electrónica: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/
19%3ameeting_YzYyYTYzMWEtY2E3ZS00MjcyLWE4YzQtMWRiZmJjOWYyZWMy%40t hread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2239444c37-187e-4904-a13d-cdeeb03600c7% 22%2c%22Oid%22%3a%22658bcc64-9eb0-44ff-b0ed-b78c87dc7fca% 22%7d. Expediente 17-000001-0958-CI. Convenio
Preventivo. 05 de junio del 2021.—Juzgado Concursal.—Lic. Sergio Huertas Ortega, Juez
Decisor.—1 vez.—( IN2021570289 ).
Yo, Alex Adolfo Leitón
Miranda, notario público
con oficina en San José, calle cuarenta y dos, avenida las Américas, hago constar que, ante mi notaría, se tramita la sucesión de Didier Hernández Badilla,
quien fue mayor de edad, viudo una vez, pensionado, vecino de
Heredia, del Castillo carretera a Barva,
cincuenta metros al norte y
setenta y cinco metros al este, portador de la cédula de identidad número: siete cero cero veinticuatro cero quinientos ochenta y nueve. Emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en
la dirección indicada a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el
plazo indicado, aquella pasará a quien corresponda.—San José, a las doce horas del veintisiete de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Alex Adolfo Leitón Miranda, Notario Público.—1
vez.—( IN2021569131 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Jorge Roberto
Meléndez Conejo, mayor, estado
civil soltero, nacionalidad
costarricense, con documento
de identidad 0502590418 y vecino
de Heredia, San Rafael. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente
21-000761-0504-CI-6.—Juzgado Civil de
Heredia, catorce horas con treinta
y seis minutos del veintitrés
de julio del dos mil veintiuno.—M.Sc. Victoria
Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—1
vez.—( IN2021569136 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Grettel
Priscilla Romero Lamicq, mayor, casada
en terceras nupcias, costarricense, con
cédula de identidad 6-0216-0737 y vecina
de Heredia, San Antonio de Belén. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente: 21-000666-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, trece
horas con veintidós
minutos del veinte de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2021569145 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría en fecha
trece de julio del dos mil veintiuno, se declara abierto el proceso
sucesorio en vía notarial.
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Mayra Monge Muñoz, quien en vida fue
mayor, divorciada de sus primeras
nupcias, educadora pensionada, portadora de la
cédula de identidad número uno-cero doscientos setenta y dos-cero ciento cincuenta y dos, vecina de San José,
Goicoechea, de las oficinas
de la Compañía Nacional
de Fuerza y Luz, seiscientos
veinticinco metros al este,
Condominio La Maravilla, apartamento número siete. Comprobado
el fallecimiento el veintiuno de setiembre del dos mil veinte en San José,
Central, Hospital, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados
a partir de la publicación de este
edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos bajo los apercibimientos de que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda.
Esta notaría se ubica San José, Guachipelín de Escazú, Edificio
Atrium Centro Corporativo, cuarto
piso, Daremblum &
Herrera, Abogados. Sucesión notarial de Mayra Monge Muñoz. Expediente
N° 001-2021.— San José, 27 de julio
del 2021.—Nicole Herrera Fallas, Notaria.—1 vez.—( IN2021569169 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue: Rafael Ángel de la Trinidad González Marín,
mayor, casado una vez, peón, cédula
de identidad número tres-ciento cinco-doscientos cincuenta y cinco, falleció el día dieciséis de abril del dos mil dieciséis, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar, sus derechos y se les apercibe
a todos los interesados que
de no apersonarse en el mencionado plazo
la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior
por ordenarse así en sucesorio número
cero cero cero cero cero uno-dos mil veintiuno, sucesión en sede notarial. Notario Alejandro Argüello Leiva, con oficina abierta en Limón, Siquirres, ciento veinte metros al norte del Banco
Nacional de Costa Rica.—Siquirres,
veinticinco de mayo del dos mil veintiuno.—Lic. Alejandro Argüello Lena, Notario Público.—1 vez.—( IN2021569198 ).
Comprobado el fallecimiento
de Juan Amado Retana Agüero, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San
Francisco de Heredia, Urbanización la Victoria, casa G nueve,
con cédula: siete-cero cero cuarenta y uno-cero ochocientos nueve, se declara abierto proceso sucesorio Ab-Intestato en sede notarial. Se designa como albacea
a Digna Erlinda Araya Mora, cédula: uno-cero trescientos
veinticuatro-cero setecientos
veintiséis.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que se
apersonen a hacer valer sus derechos dentro del plazo
de treinta días hábiles, a partir
de esta publicación.—Heredia,
a las catorce horas del veintisiete
de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Lourdes Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—( IN2021569208 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jorge Eduardo Rojas Troyo, mayor, estado
civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0104060290 y vecino
de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000619-0504-CI-1.—Juzgado
Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciséis minutos
del veintidós
de julio del dos mil veintiuno.
M.Sc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—1 vez.—( IN2021569512 ).
Se convoca por medio de edicto que
se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de la persona menor
Susana Anchia Álvarez, por haber
sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir
de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente N° 20-000353-0673-NA. Proceso
de tutela. Promovente: Patronato
Nacional de la Infancia.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de
San José, 22 de julio de 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—O.C.
N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021569104 ). 3 v. 2.
Se avisa
que, en este Despacho Randall Gerardo Gómez Fonseca, solicita
se apruebe la Adopción
Individual de las personas menores de edad Ariana De Los Ángeles
Corrales Cascante y Valeria De Los Ángeles Corrales
Cascante. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
20-000921-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 20 de julio del 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021569141 ).
Se avisa a los señores Merlyn
Silva Gutiérrez y Guillermo Hidalgo Barrientos, de domicilio y demás calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el
expediente 21-000436-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de
Depósito Judicial, promovidas Por Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Adriana Chiquinkira Hidalgo Silva y Adriano Oreste Guevara Silva.
Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su
conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de
julio de dos mil veintiuno.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021569142 ).
Se avisa,
al señor Samuel Jonatan Sánchez, mayor, de domicilio desconocido, mismo representado por el curador procesal
licenciado Alfonso Altamirano Suarez, se le hace saber que existe proceso N°
19-000763-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores
de edad Jonathan Samuel Sánchez García y Cindy
Mariella Sánchez García establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Samuel
Jonatan Sánchez, que en resolución
dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del tres de diciembre de dos mil diecinueve,
que en lo conducente dice:
se le concede el plazo de cinco días a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y
privada conforme con el artículo 123 del Código de
Familia y una vez recibida
la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licenciada Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de julio del 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021569249 ).
Se avisa a la señora Treicy Picado Obando, mayor, con demás
calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Randall Enrique Salas Alvarado, hace saber que existe proceso N° 19-000859-0673-NA, de suspensión
de patria potestad de la persona menor
de edad: Deyphril Denysse Picado Obando, establecido
por el Patronato Nacional
de la Infancia en contra de
Treicy Picado Obando, que en
este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 2021000220. Juzgado
de Familia, de Niñez y Adolescencia,
a las trece horas siete minutos del doce de mayo de dos
mil veintiuno. Resultando:
I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos
probados: … II. Sobre el fondo:… Por tanto: por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de Deyphril Denysse Picado Obando.
Se suspende a la señora: Treicy Picado Obando en el ejercicio de la patria potestad. Se confiere el depósito de la niña Deyphril Denysse
en el hogar
de Jesús Picado Arias. Dentro de los ocho
días posteriores a la firmeza
de este fallo deberá el señor
Jesús Picado Arias comparecer a este juzgado
a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en el
Registro Civil en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, para Deyphril Denysse al tomo: 2280, folio:
309, asiento: 618 de la provincia de San José. Se resuelve sin especial condena en costas.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 22
de julio de 2021.—Licda.
Grace Cordero Solórzano, Juez Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021569250 ).
Se avisa, a los señores Ronel
Gerardo Enrique Marín Bonilla y Shirley Lucía Vargas Morales, mayores, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciado Luis Alberto Sáenz Zumbado, se le hace saber que existe proceso N° 20-000077-0673-NA
de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad
Joselyn Melissa Marín Vargas establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ronel
Gerardo Enrique Marín Bonilla y Shirley Lucía Vargas Morales, que en resolución dictada
por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas y uno minutos del nueve de marzo de dos mil veinte, que en lo conducente dice: se le
concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y
privada conforme con el artículo 123 del Código de
Familia y una vez recibida
la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de julio de 2021.—Licda. Grace Cordero
Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021569251 ).